BOLETÍN Nº 55 - 6 de mayo de 2002

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cinco de Sant Feliú de Llobregat

E D I C T O

La Secretaria Judicial, Nuria Barcones Agustín del Juzgado Primera Instancia número Cinco de Sant Feliú de Llobregat.

Hago saber: Que en el juicio ejecutivo declarativo menor cuantía número 109/2000-M, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"Sentencia. Magistrado, Juez, Alejandra Gil Llima. En Sant Feliú de Llobregat, a doce de noviembre de dos mil uno. Vistos por mí, doña Alejandra Gil Llima, Magistrado, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Sant Feliú de Llobregat y su Partido, los presentes autos de juicio de menor cuantía seguidos ante este Juzgado bajo el número 109/2000-M, instancia de Central de Maquinaria Usada, S.A. (C.I.F. número A-08751836), con domicilio en Sant Feliú de Llobregat, Carretera Laureano Miró, números 403-405, representada por el Procurador señor Martí Gellida y bajo la asistencia letrada de don Javier Igualada, contra don Francisco Javier Ortiz Moreno, declarado en rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo: Estimo la demanda interpuesta por Central de Maquinaria Usada, S.A., representada por el Procurador señor Martí Gellida, contra don Francisco Javier Ortiz Moreno, declarado en rebeldía procesal y condeno al citado demandado a abonar a la parte actora la suma de cinco millones de pesetas (5.000.000 de pesetas), más los intereses legales de dicha cantidad (intereses legales de 2.500.000 pesetas devengados a partir del día 4 de diciembre de 1997, e intereses legales de 2.500.000 pesetas devengados a partir del día 3 de enero de 1998) y al pago de las costas procesales causadas en el procedimiento número 28/1998 del Juzgado de Primera Instancia número Dos de esta Ciudad, a instancias de Central de Maquinaria Usada, S.A., contra Representaciones Volatín, S.L., que se acrediten en ejecución de sentencia. Todo ello, con expresa condena en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que no es firme ya que, contra la misma, cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días, a partir del siguiente al de su notificación.

Asimismo, cabe interponer recurso de aclaración para corregir algún concepto oscuro o suplir cualquier omisión que contenga o corregir errores materiales manifiestos o aritméticos, recurso a formular ante este Juzgado, dentro de los dos días siguientes al de notificación de la presente resolución, a tenor de lo dispuesto en el artículo 267 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de junio, del Poder Judicial. Asimismo, podrá instar la parte, si a su derecho conviniere y hubiere motivo para ello, se declare la nulidad de todas las actuaciones o de alguna en particular, conforme a lo dispuesto en el artículo 240 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, según modificación operada por la Ley Orgánica 13/1999, derecho a ejercitar en el plazo de veinte días, contados desde la notificación de la sentencia.

Así por esta mi sentencia, que por la rebeldía del demandado se le notificará en los Estrados del Juzgado, y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, caso de que no se solicite su notificación personal, lo pronuncio, mando y firmo".

Para que sirva de notificación de sentencia al demandado Francisco Javier Ortiz Moreno, se expide el presente edicto, que se introducirá en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

En Sant Feliú de Llobregat, a veinte de marzo de dos mil dos. La Secretaria Judicial, Nuria Barcones Agustín.1355

Código del anuncio: 1355