BOLETÍN Nº 52 - 29 de abril de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

B U R L A D A

Notificación de propuesta de resolución

Se adjunta la denuncia formulada por la Policía Municipal de este Ayuntamiento sobre infracción a la Ley de Tráfico y Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor, al objeto de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo previsto en el artículo 59 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, por haber resultado infructuosos los intentos de notificación.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 60 de la Ley 30/92, se hace pública notificación al denunciado Leonor Torrejón Galbano cuyo último domicilio conocido es calle Urzainqui, 4-2.º D y con expediente sancionador número 574/01 instruido por la Jefatura de Policía Municipal, por infracción al Reglamento General de Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial, R.D. 13/92, de 17 de enero.

Hecho que se considera probado: El día 31 de julio de 2001 y sobre las 13:20 horas, el vehículo NA-1014-AH fue denunciado por aparcar en parada de Bus en la calle Mayor, 37 bis, según artículo 91 del R.D. 13/92, infracción grave.

Trasladado pliego de cargos al interesado Leonor, con domicilio en Urzainqui, 4-2.º D de Pamplona, presenta en tiempo y forma alegaciones que en modo alguno desvirtúan el hecho cometido y denunciado, ya que se entiende que el estacionamiento en zona reservada al transporte público en horas de gran afluencia de tráfico, está perfectamente tipificado como prohibido en el Reglamento General de Circulación 13/92.

Por otro lado, se ha seguido el procedimiento y requisitos marcados en el Real Decreto 320/94.

Propuesta de sanción: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 en concordancia con el artículo 68.2 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial 339/90 se propone al ilustrísimo señor Alcalde, órgano competente en la materia, la sanción de 96 euros.

En el plazo de 12 días hábiles, el interesado, a la vista del expediente podrá formular alegaciones y proponer las pruebas que estime convenientes en su defensa.

Burlada, veinticinco de marzo de dos mil dos. El Alcalde, firma ilegible.

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