BOLETÍN Nº 40 - 1 de abril de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

V I L L A T U E R T A

Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de las parejas estables no casadas

El Pleno del Ayuntamiento de Villatuerta, en sesión de fecha 8 de febrero de 2002, acordó el siguiente acuerdo:

Habiéndose formulado reclamaciones durante el período de información pública abierto con ocasión de la aprobación inicial, con fecha 2 de octubre de 2001, de la "Ordenanza de parejas estables no casadas", el Pleno acuerda por unanimidad:

1.-Aprobar definitivamente la "Ordenanza de parejas estables no casadas".

2.-Ordenar la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Villatuerta, catorce de febrero de dos mil dos. La Alcaldesa Presidenta, Silvia Larraona Urra.

ORDENANZA DE PAREJAS ESTABLES NO CASADAS

Artículo 1.º El Registro municipal de parejas estables no casadas del Ayuntamiento de Villatuerta, tiene carácter administrativo y en él podrán inscribirse las uniones no matrimoniales de convivencia, así como su terminación en la forma y con los requisitos que se establecen en la presente Ordenanza.

Art. 2.º Podrán instar su inscripción en el Registro todas aquellas parejas, independientemente de su sexo, que por su libre y pleno consentimiento hayan constituido una unión de convivencia no matrimonial.

Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado en Villatuerta, por su condición de residente habitual del mismo.

Asimismo ambos miembros deberán presentar declaración jurada de no estar casados ni inscritos en otro Registro de parejas estables no casadas.

Art. 3.º La primera inscripción de cada pareja se producirá mediante la comparecencia personal y conjunta de las dos personas ante el Secretario del Ayuntamiento, para declarar la existencia entre ellas de una unión de convivencia no matrimonial.

No se procederá a practicar inscripción alguna si alguno de los comparecientes es menor de edad no emancipado o si son entre sí parientes de consanguinidad o adopción en línea recta o por consanguinidad en segundo grado colateral.

Tampoco podrá llevarse a efecto la inscripción si alguno de los comparecientes estuviese afectado por deficiencias o anomalías psíquicas. En este caso deberá aportar dictamen médico de su aptitud para consentir en la constitución de una unión de convivencia no matrimonial.

Asimismo se denegará la inscripción si alguno de los comparecientes estuviese ligado por vínculo matrimonial o declarado incapaz para contraer matrimonio.

Art. 4.º En ese primer asiento, podrán hacerse constar cuantas circunstancias relativas a su unión manifiesten los comparecientes. También podrán anotarse, mediante trascripción literal, los convenios reguladores de las relaciones personales y patrimoniales entre los miembros de la unión.

Los contenidos indicados en el párrafo anterior podrán ser objeto de inscripción en ulteriores comparecencias conjuntas de la pareja.

No obstante, las anotaciones que se refieran a la terminación o extinción de la unión, podrán practicarse a instancia de uno solo de los miembros de la misma.

Art. 5.º El registro estará residenciado en la Secretaría General del Ayuntamiento.

Art. 6.º El Registro se materializará en un Libro General en el que se practicarán las inscripciones a que se refieren los artículos precedentes. El Libro estará formado por hojas móviles, foliadas y selladas y se encabezará y terminará con las correspondientes diligencias de apertura y cierre.

Art. 7.º La primera inscripción de cada pareja tendrá el carácter de inscripción básica y al margen de la misma se anotará todo otro asiento que se produzca con posterioridad en el Libro General principal relativo a la unión.

Art. 8.º El Registro tendrá también un Libro Auxiliar ordenado por apellidos de los inscritos, en el que se expresará el número de las páginas del Libro General en las que existan anotaciones que les afecten.

Art. 9.º Con el fin de garantizar la intimidad personal y familiar de los inscritos en el Registro, no se dará publicidad alguna al contenido de los asientos, salvo las certificaciones que expida el Secretario a instancia exclusivamente de cualquiera de los miembros de la unión interesada o de los Jueces y Tribunales de Justicia.

Art. 10. Todas las inscripciones que se practiquen serán totalmente gratuitas.

Art. 11. En el Ayuntamiento de Villatuerta, todas las uniones no matrimoniales de convivencia inscritas en el Registro, recibirán el mismo tratamiento que las uniones matrimoniales.

DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA

Esta Ordenanza será revisada si se produjera cualquier cambio legislativo que afecte a la materia sobre la que versa.

ANEXO I

En la Secretaria del Ayuntamiento de Villatuerta, el día .........., comparecen conjuntamente:

Don/doña ..................., natural de ................., con domicilio y empadronamiento en ................, mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número ..........., y

Don/doña ................, natural de ..........., con domicilio y empadronamiento en ............, mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número ..........

Y manifiestan:

Que desean ser inscritos como "pareja estable no casada" en el Registro correspondiente de este Ayuntamiento y, conforme a la Ordenanza reguladora y a tal efecto,

Declaran:

Primero: Que como consecuencia de la convivencia prevista en dicha Ordenanza, fijan su domicilio común en ............. (se recuerda a don/doña ............. la obligación de empadronarse en el municipio del domicilio más habitual de conformidad con el artículo 15 L.B.R.L.)

Segundo: Que ninguno de ellos está unido por vínculo matrimonial ni entre los mismos ni con otras personas.

Tercero: Que entre los comparecientes no existe parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta ni por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive colateral.

Cuarto: Que ninguno de ellos está afectado por deficiencias o anomalías psíquicas ni declarado incapaz para contraer matrimonio.

Quinto: Que no/sí desean se anoten en el Registro convenios reguladores de relaciones personales y patrimoniales entre ellos.

Sexto: Que autorizan la comprobación de datos en el Padrón Municipal de Villatuerta a estos efectos.

Y declaran bajo juramento que ninguno de ellos está inscrito en el Registro de Villatuerta ni en ningún otro de similar contenido y objeto en localidad alguna.

Por todo lo cual,

Solicitan sean inscritos en el referido Registro municipal de parejas estables no casadas en este Ayuntamiento de Villatuerta.

Firmado: ............... Firmado: ...............

ANEXO II

En el Ayuntamiento de Villatuerta, el día ............, comparecen:

Don/doña ........................................., con D.N.I. número .................. y don/doña ..............., con D.N.I. número ...........

Y manifiestan que, de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Municipal reguladora de la organización y funcionamiento del Registro municipal de parejas estables no casadas, desea dar fin o extinguir la relación de pareja estable que fue incorporada al Registro municipal de referencia, según consta en el mismo.

Por todo lo cual solicita se dé por terminada o extinguida la referida inscripción de unión.

Firmado: ............... Firmado: ...............

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