BOLETÍN Nº 32 - 13 de marzo de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

NOAIN (VALLE DE ELORZ)

Aprobación definitiva de la Normativa sobre utilización del espacio dedicado a la elaboración de graffitis, en Noáin (Valle de Elorz)

El Pleno del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en sesión celebrada el día 6 de noviembre de 2001, aprobó inicialmente una serie de modificaciones a introducir en las Ordenanzas Municipales, cuyo anuncio fue publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 144, de 28 de noviembre de 2001.

Habiendo transcurrido el plazo de treinta días desde su publicación, sin que se hayan presentado reclamaciones, reparos u observaciones a dicho expediente, el Pleno del Ayuntamiento de Noáin (Valle de Elorz), en sesión celebrada el día 5 de febrero de 2002, acordó con el quórum reglamentario su aprobación definitiva, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

NORMATIVA PARA LA UTILIZACION DEL ESPACIO DEDICADO A LA ELABORACION DE GRAFFITIS

1.-Materiales.

Como norma general los botes de spray correrán por cuenta de los pintores, salvo que el trabajo a realizar sea encargado por el Ayuntamiento para algún lugar determinado. Sólo en este segundo caso, los sprays los proporcionaría el Ayuntamiento.

La pintura blanca con la que se repinte la pared cuando se vayan a borrar los trabajos realizados, la proporcionará el Ayuntamiento, así como el material para aplicarla. La aplicación correrá a cargo de los propios pintores, que a su vez serán quienes soliciten a Cultura el permiso para repintar de blanco.

Las mascarillas de protección así como los guantes de látex los proporcionará el Ayuntamiento, por medio de la Casa de Cultura.

El uso de estos elementos de seguridad es obligatorio para los pintores, pudiendo retirarse el permiso temporal o definitivamente desde Casa de Cultura, a aquel o aquellos que incumpliesen esta norma.

2.-Obligaciones de los pintores.

Son obligaciones de los pintores:

Avisar en Casa de Cultura de su intención de realizar un trabajo, debiendo presentar un pequeño croquis del trabajo a realizar así como de sus datos personales.

Haber obtenido el permiso para realizarlo.

Deberán recoger los elementos de seguridad en la Casa de Cultura, después de haber sido concedido el permiso para pintar.

La utilización de todos los elementos de seguridad. (Guantes de látex y mascarilla).

La conservación de la zona a pintar en perfecto estado de limpieza (sprays vacíos, papeles, latas vacías, etcétera).

La realización de sus trabajos dentro de la zona destinada a ello y nunca en un lugar no autorizado.

El incumplimiento de cualquiera de estas normas, será motivo de la no concesión del permiso para pintar, temporal o definitivamente, sin perjuicio de las responsabilidades legales que el incumplimiento conlleve.

3.-Prohibiciones.

Queda terminantemente prohibido realizar trabajos que puedan herir la sensibilidad de quien pudiera contemplarlos.

Queda terminantemente prohibido realizar trabajos que hagan alusión a personas concretas de cualquier índole, que directa o indirectamente, pudieran sentirse ofendidas por éstos.

Queda terminantemente prohibido realizar trabajos que hagan alusión a temas religiosos, políticos, así como la representación de cualquier tipo de bandera o insignia.

ANEXO I

Lugares autorizados

Túnel de paso, entre Polígono Talluntxe y Carretera Tajonar.

Pared de entrada en Plaza San Francisco Javier.

Pared de Calle Real, enfrente de cabina de telefónica.

Túnel paso Plaza San Francisco Javier con Calle Camino de la Fuente.

Muro hormigón campo fútbol Bidezarra, en Carretera Salinas.

Pared zona Suroeste Plaza Batalla de Noáin.

Lo que se publica para su general conocimiento.

Noáin (Valle de Elorz), a seis de febrero de dos mil dos. EL Alcalde Presidente, Miguel Elizari Reta.

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