BOLETÍN Nº 24 - 25 de febrero de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

DECRETO FORAL 9/2002, de 14 de enero, por el que se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 7.461 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Baztan, para su posterior permuta por 7.461 metros cuadrados de propiedad particular.

El Ayuntamiento de Baztan solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 7.461 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de las parcelas 235 y 237 del polígono número 9, en el paraje "Mendiur".

Se pretende la permuta de los terrenos referidos por 7.461 metros cuadrados, propiedad de don Martín Laurnagaray Saldias, correspondientes al total de las parcelas 197 y 198 del polígono número 84, en el paraje "Berastegi".

El objeto de dicha permuta es la adquisición para el comunal de las dos fincas particulares que están dentro de una gran masa común.

Por el Ayuntamiento de Baztan se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día catorce de enero de dos mil dos,

DECRETO:

Artículo 1.º Se declara de utilidad pública y se aprueba la desafectación de 7.461 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Baztan, correspondientes a parte de las parcelas 235 y 237 del polígono número 9, en el paraje "Mendiur".

Artículo 2.º Se autoriza al Ayuntamiento de Baztan a permutar el terreno desafectado por 7.461 metros cuadrados, propiedad de don Martín Laurnagaray Saldias, correspondientes al total de las parcelas 197 y 198 del polígono número 84, en el paraje "Berastegi".

El objeto de dicha permuta es la adquisición para el comunal de las dos fincas particulares que están dentro de una gran masa común.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento de Baztan, en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación. Dicha cláusula deberá reflejarse en el documento público que formalice el contrato y en la posterior inscripción en el Registro de la Propiedad.

Artículo 4.º El Ayuntamiento de Baztan deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente, reflejándolo en la cartografía catastral oficial y dando cuenta de la modificación al Servicio de Riqueza Territorial de la Hacienda Tributaria de Navarra y al Servicio de Estructuras Agrarias del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, catorce de enero de dos mil dos.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

Código del anuncio: A0200783