BOLETÍN Nº 112 - 16 de septiembre de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

Y E R R I

Aprobación inicial de la modificación de la delimitación de la UE1 de Murillo

De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.j) de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local 7/1985, modificada por el Ley 11/99 de 21 de abril, el Alcalde de este Ayuntamiento dictó la siguiente.

Resolución:

Primero.-Aprobar inicialmente el proyecto de modificación de la delimitación de la UE1 de Murillo en dos unidades UE1A y UE1B, condicionada a que durante el periodo de información pública los promotores rectifiquen su solicitud en el siguiente sentido:

Deberá mantenerse la posición y anchura de 6 metros del vial planteado en el Plan tomando como límite hacía el norte la línea recta que es muga entre las parcelas 30 y 31.

Además el ámbito de la unidad UE1A deberá abarcar toda la anchura de este vial. De esta forma la unidad UE1A estará formada mayoritariamente por las parcelas 31 y 32 y una pequeña parte de las parcelas 32, 34 y espacio público y, por consiguiente, requerirá la posterior presentación de un proyecto de reparcelación".

Segundo.-Someter el proyecto de delimitación de la UE1A a información pública durante un periodo de 15 días hábiles, para que los interesados y el Concejo de Murillo, puedan formular alegaciones. El expediente se encuentra en la secretaria del Ayuntamiento.

Tercero.-Se proceda a la notificación individualizada a los propietarios afectados para que durante este mismo periodo de información pública puedan formular alegaciones.

Cuarto.-Requerir a los promotores que presenten anexo al proyecto en el que se incluyan las modificaciones señaladas en el punto primero de este acuerdo antes de la aprobación provisional.

En cumplimiento de esta resolución y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.2 de la Ley Foral 10/94 de 4 de julio, de ordenación del Territorio y Urbanismo, se somete a información pública el citado proyecto de modificación de la delimitación de la UE1 de Murillo por plazo de 15 días hábiles, durante los cuales podrá ser examinado, en la Secretaria del Ayuntamiento, junto con el expediente que se instruye al efecto, por cuantas personas se consideren afectadas y formularse las alegaciones pertinentes.

Valle de Yerri, a once de julio de dos mil dos. El Alcalde Presidente, Pedro Jesús Lizarraga Lezáun.

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