BOLETÍN Nº 109 - 9 de septiembre de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

PUENTE LA REINA

Convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Técnico/a de Euskera a tiempo parcial

Base 1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza, a media jornada, de Técnico de Euskera al servicio del Ayuntamiento de Puente La Reina.

1.2. Los términos de la contratación quedarán condicionados a su adecuación, en cada momento, a la pervivencia y condiciones contenidas en los convenios que pudieran suscribirse al respecto con el Gobierno de Navarra.

1.3. La persona aspirante que resulte nombrada en virtud de la presente convocatoria, tendrá la condición de contratado laboral del Ayuntamiento de Puente La Reina y será afiliada y dada de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, bajo la acción protectora prevista en este régimen.

1.4. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al Nivel B, y ello de forma proporcional al tiempo parcial contratado, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio y demás disposiciones que lo desarrollan o modifican. Si resultara nombrado un aspirante con titulación superior, la retribución sería la correspondiente a la titulación exigida para el puesto.

1.5. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el órgano administrativo competente.

1.6. El aspirante que resulte nombrado/a tendrá el deber de residir en Puente La Reina, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en este término municipal.

Base 2.-Funciones a desempeñar.

Las funciones a desempeñar serán las que le asigne el/la Alcalde/Alcaldesa o la instancia administrativa competente en quien aquel/aquella delegue, siempre referidas al desarrollo del vascuence en el término municipal y de acuerdo con la normativa legal vigente.

A tal efecto deberá:

a) Elaboración, seguimiento y evaluación del Programa anual de actividades, en orden a s aprobación por el Pleno de la Corporación, efectuando las propuestas de contratación que se deriven del citado programa en orden a su contratación por el órgano municipal competente.

b) Realizar las traducciones castellano/vascuence y vascuence/castellano que se le encomienden.

c) Elaborar los informes y estudios relativos al vascuence y su desarrollo que se le soliciten.

d) Asesorar, a petición del responsable administrativo correspondiente, en aquellos temas y actividades que se le soliciten.

e) Realizar las actividades relacionadas con el desarrollo del vascuence en el término municipal que se le encomienden.

f) Prestar ayuda técnica a las Entidades ciudadana que reglamenatriamente lo soliciten en sus actividades relacionadas con el fomento del Euskera, y ello previa autrorización otorgada por la Alcaldía.

g) Cualquier otra que le sea encomendada por el Alcalde/Alcaldesa o instancia administrativa competente.

Base 3.-Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitidos/as a la presente oposición, los/las aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o la de cualquier Estado a que se refiere el artículo 1.º de la Ley Foral 27/1994, de 29 de diciembre y en las condiciones que en el mismo se determinan.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en la que termine el plazo de presentación de solicitudes. De acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considera equivalente el Título de Diplomado universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura.

d) Conocimiento del vascuence que se acreditará mediante el Certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas, una titulación reconocida oficialmente como equivalente o la superación de una prueba que determine si el aspirante tiene el nivel lingüístico suficiente.

Las titulaciones que presenten los aspirantes, serán informadas, en cuanto a su reconocimiento oficial por la Dirección General de Política Lingüística del Gobierno de Navarra.

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

f) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

3.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados en el plazo y forma previstos en la base décima de esta convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

Base 4.-Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Puente La Reina, en el plazo de 30 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y hasta las 13 horas del último día si es hábil o el siguiente que lo sea. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo en la presente convocatoria y será facilitado en las Oficinas Generales del Ayuntamiento de Puente La Reina.

4.2. A las instancias se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documentación equivalente de identificación.

b) Fotocopia compulsada del Certificado de aptitud o titulación que acredite el conocimiento del vascuence. Los aspirantes que no acrediten dicho conocimiento documentalmente, presentarán compromiso de someterse a las pruebas de aptitud que se determinen.

c) Certificados originales acreditativos de los méritos que el aspirante desee hacer valer en la fase de concurso, o, tratándose de extremos que no pueda acreditar por este conducto copia autentificada o fotocopia (que se presentará acompañada del original para su compulsa) de los títulos, justificantes u otros que pretenda sean valorados.

4.3. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

Base 5.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el señor Alcalde dictará Resolución aprobando la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.2. Los/Las aspirantes excluidos/as, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el señor Alcalde dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as y ordenará la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Base 6.-Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Doña Eva Erro Ochoa, Alcaldesa del Ayuntamiento de Puente La Reina.

-Suplente: Un Concejal del Ayuntamiento de Puente La Reina.

-Vocal: Técnico a designar por el Ayuntamiento de Puente La Reina.

-Suplente: Técnico a designar por el Ayuntamiento de Puente La Reina.

-Vocal: Un Concejal del Ayuntamiento de Puente La Reina.

-Suplente: Un Concejal del Ayuntamiento de Puente La Reina.

-Vocal: Un representante de la Dirección de Política Lingüística del Gobierno de Navarra.

-Suplente: Un representante de la Dirección de Política Lingüística del Gobierno de Navarra.

-Vocal: Representante de los órganos de representación sindical del Ayuntamiento de Puente La Reina.

-Suplente: Representante de los órganos de representación sindical del Ayuntamiento de Puente La Reina.

-Vocal-Secretario: Don Fco. Javier Sánchez-Ostiz, Secretario del Ayuntamiento de Puente La Reina.

-Suplente: Un Secretario de la Administración Local de Navarra.

6.2. La relación nominal de los miembros del Tribunal será publicada junto al listado provisional de aspirantes a que se hace referencia en el apartado 5.1 del presente Condicionado.

6.3. El Tribunal habrá de constituirse mediante convocatoria de su Presidente, con anterioridad a la iniciación de las pruebas.

6.4. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.5. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

6.6. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención presentes en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Así mismo, los/las aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.7. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal con base exclusivamente en aquéllas.

Base 7.-Desarrollo del concurso.

7.1. La fase del concurso tendrá una valoración máxima de 3 puntos distribuidos de la siguiente forma:

a) Titulaciones académicas:

Las titulaciones académicas realizadas y debidamente acreditadas se valorarán con los siguientes criterios:

-Titulaciones diferentes de grado superior al requerido, en su caso, para acceder: 1 punto.

-Titulo de Doctor: 1 punto.

-Títulos de la Escuela Oficial de idiomas (Grado medio/ Grado superior), en idiomas oficiales de la Unión Europea: 1,5 puntos.

b) Experiencia:

Por haber trabajado en Administraciones Públicas, en puesto de Técnico de Euskera, o en puestos relacionados con el Euskera (profesor, traductor, etc.), por cada año 0,5 puntos, con un máximo de 2.

7.2. Concluida la fase de concurso se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Puente La Reina la puntuación obtenida por los aspirantes en esta fase.

Base 8.-Desarrollo de la oposición.

8.1. En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as, se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas. Posteriormente, el Tribunal hará públicos los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

8.2. La valoración máxima de los ejercicios de la oposición será de 8 puntos. Quedarán eliminados/as los/las aspirantes que no consigan en cada ejercicio la mitad de la puntuación asignada.

8.3. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer Ejercicio: Máximo 4 puntos.

Consiste en una prueba sobre dos temas, seccionados por sorteo de entre los que componen el Anexo II. Cada uno de los temas, será valorado con un máximo de 2 puntos, siendo necesario obtener 1 puntos, como mínimo, en cada uno de ellos para no ser eliminado y poder realizar el segundo ejercicio de la oposición.

Los temas serán desarrollados por escrito, en un tiempo máximo de 3 horas, para los dos temas, en vascuence.

El ejercicio será leído en público por el aspirante correspondiente, siendo la lectura necesaria, y eliminándose al aspirante en caso de no hacerlo.

En la lectura, el Tribunal podrá debatir y solicitar a los aspirantes cuantas aclaraciones considere convenientes.

Segundo Ejercicio: Máximo 4 puntos.

Consiste en una prueba escrita sobre dos temas elegidos al azar por sorteo entre los que formen el Anexo III. Cada uno de los temas será valorado con un máximo de 2 puntos, siendo necesario obtener 1 puntos, como mínimo, en cada uno de ellos para no ser eliminado.

La prueba será de 3 horas para los dos temas y se redactará en vascuence.

El ejercicio será leído de forma obligatoria por el aspirante, eliminándose automáticamente a los aspirantes que no lean su ejercicio.

En la lectura el Tribunal podrá debatir y solicitar a los aspirantes cuantas aclaraciones considere convenientes.

Tercer Ejercicio: Máximo 5 puntos.

Elaboración de un plan de normalización del Euskera, basado en la realidad sociolingüística de Puente La Reina.

Señalado documento será aportado por el aspirante antes de iniciarse los ejercicios contenidos en los dos apartados anteriores.

8.4. Las pruebas de la oposición se realizarán en euskera. No se permitirá llevar al examen material de consulta para la realización de ninguno de los ejercicios.

8.5. Las personas aspirantes serán convocadas mediante llamamiento único para cada ejercicio, al que deberán acudir provistos del Documento nacional de Identidad, quedando eliminados aquellos aspirantes que no se presenten en las fechas, horas y lugares anunciados por cualquier motivo.

Base 9.-Valoración de las pruebas.

9.1. Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará la calificación por separado y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación del ejercicio de que se trate.

En el supuesto de que entre las puntuaciones máxima y mínima emitidas por los miembros del Tribunal calificador, exista una diferencia superior al 30 por ciento de la puntuación prevista en el condicionado del ejercicio de que se trate, no se computarán ninguna de las puntuaciones extremas, obteniendo la media aritmética con el resto de las puntuaciones.

9.2. Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas, la lista de aspirantes aprobados/as con las calificaciones obtenidas y, así mismo, el lugar, la fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición.

Base 10.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

10.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios.

10.2. El Tribunal elevará al señor Alcalde propuesta de nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación, la cual será publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.3. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la propuesta de nombramiento, los aspirantes propuestos deberán aportar, en el Registro General del Ayuntamiento, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en las bases 3.1.c) de la convocatoria.

b) Informe médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo. Dicho Informe será expedido por el Centro médico que determine el Ayuntamiento.

c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

d) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

10.4. Quienes dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

10.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Alcalde cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere la Base 10.1 procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 11.-Nombramiento y toma de posesión.

11.1. El señor Alcalde nombrará, mediante resolución, funcionario del Ayuntamiento de Puente La Reina, para desempeñar el puesto de trabajo de Técnico de Euskera, al aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en la Base anterior.

Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

11.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario del Ayuntamiento de Puente La Reina. En tal supuesto, se estará a lo establecido en la Base anterior.

Base 12.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y actos de la misma podrá interponerse recurso contencioso- administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación o notificación del acto recurrido y optativamente recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación o notificación del acto recurrido.

Puente La Reina, a catorce de agosto de dos mil dos. La Alcaldesa, Eva Erro Ochoa.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña .................................., mayor de edad, con Documento Nacional de Identidad número .............., con domicilio en ..............., calle ........................................................., número .............., código postal ...................., teléfono ............................

Expone:

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria para la provisión de una plaza, a tiempo parcial, de Técnico de Euskera, con carácter funcionarial, del Ayuntamiento de Puente La Reina, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ........... de fecha ...........................

Que adjunta fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

Que adjunta fotocopia del Documento Nacional de Identidad y fotocopia del Certificado de Aptitud que acredita el conocimiento del vascuence o, que se compromete a someterse a las pruebas de aptitud para acreditar el conocimiento del vascuence que se determinen (Táchese lo que no proceda).

Por lo expuesto,

Solicita que teniendo por presentada esta instancia en tiempo y forma, ser admitido/a a las pruebas de la convocatoria.

(Fecha y firma del/de la solicitante)

SEÑORA ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE PUENTE LA REINA

ANEXO II

1.-Legislación sobre el Vascuence: Constitución Española, de 1978. La Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Fuero de Navarra, de 1982.

2.-Legislación sobre el Vascuence: La Ley Foral del Vascuence de 1986 y Disposiciones Legales que la desarrollan.

3.-Las Entidades Locales de Navarra. Municipios: Organización y Competencias. Relación con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

4.-Las Ordenanzas Municipales y el Vascuence.

5.-El Parlamento o Cortes de Navarra: Organización y Funcionamiento. Leyes Forales.

6.-La Diputación Foral o Gobierno de Navarra. Funciones. El Presidente. Los Consejeros. La Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

7.-La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

8.-Organización de la Comunidad Europea. La Comisión. El Parlamento. El Consejo. El Tribunal de Justicia.

9.-El Derecho Comunitario Europeo. Tratados, Reglamentos, Directivas, Decisiones.

10.-La Dirección General de Universidades y Política Lingüística. Organización y Funciones.

ANEXO III

1.-Conceptos fundamentales de sociolingüística.

2.-Planificación lingüística: Definición. Planificación formal, funcional y de la adquisición de una lengua.

3.-Planificación lingüística y cambio social.

4.-Políticas lingüísticas de Países plurilingües de la Unión Europea: Modelos jurídicos legales.

5.-Políticas lingüísticas en España: Modelos jurídicos autonómicos.

6.-El Vascuence y las variedades dialectales en Navarra: Características, evolución histórica y situación actual.

7.-Situación actual del Vascuence en Navarra.

8.-El Vascuence y los modelos lingüísticos en la enseñanza en Navarra: Análisis y estudio de los curriculum del Vascuence en dichos modelos.

9.-Planes de desarrollo del Vascuence: Objetivos, elementos que lo conforman y diseño.

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