BOLETÍN Nº 109 - 9 de septiembre de 2002

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

B E R R I O P L A N O

Aprobación definitiva de Modificación Puntual, de la Ordenanza Fiscal Número 4

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El Pleno del Ayuntamiento de Berrioplano, en Sesión Ordinaria celebrada el día 30 de abril de 2002, aprobó inicialmente una modificación puntual a la Ordenanza Fiscal número 4, reguladora de las tasas por expedición y tramitación de documentos, en lo relativo al Anexo de Tarifas.

El anuncio de aprobación se publico en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 69, de fecha 7 de junio de 2002.

Finalizado el período de exposición pública, la citada modificación se entiende aprobada definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones, reparos u observaciones al contenido de la misma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de Julio, de la Administración Local de Navarra, y se procede a continuación a publicar íntegramente su texto. La presente modificación de la Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 262 de la Ley Foral 6/1990.

Berrioplano, a dieciocho de julio de dos mil dos. El Alcalde-Presidente, José Larrañeta Ilundáin.

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR EXPEDICION Y TRAMITACION DE DOCUMENTOS

ANEXO DE TARIFAS

Epígrafe I.-Certificaciones.

1.-Certificación de datos existentes en bases informáticas del Ayuntamiento: 0,60 euros.

2.-Certificación de acuerdos o documentos existentes en expedientes administrativos o que requieran consultar los archivos municipales: 1,50 euros.

3.-Certificación que para su emisión requiera la previa realización de informes técnicos: 9,02 euros.

4.-Las certificaciones obtenidas a través de Infolocal (teléfono 012) serán totalmente gratuitas.

En los casos en que la certificación vaya acompañada de plano y/o fotocopias diligenciadas o no, se exigirá igualmente la tasa correspondiente de los epígrafes III Compulsa de documentos y IV Fotocopias.

Epígrafe II.-Copias diligenciadas

1.-Copia diligenciada de documentos existentes en expedientes administrativos: 2,40 euros.

2.-Copia diligenciada de datos existentes en bases informáticas del Ayuntamiento: 3,01 euros.

A efectos de aplicación de la tarifa, se considera una única diligencia la que se haga de los documentos y datos obrantes en un expediente para la misma persona. A la tasa establecida en los números anteriores se sumará la correspondiente de los Epígrafes I Certificaciones y IV Fotocopias, por los planos y/o fotocopias que se diligencien.

Epígrafe III.-Compulsa de documentos

1.-Por cada compulsa: 0,15 euros.

A efectos de aplicación de la tarifa, se considera compulsa cada hoja o folio por una sola cara.

Epígrafe IV.-Fotocopias de documentos interesadas por particulares

1.-Por cada fotocopia que se realice a petición expresa del particular:

-DIN A3: 0,15 euros.

-DIN A4: 0,06 euros.

Epígrafe V.-Convocatorias de plazas de personal

1.-Acceso a los niveles A y B (según el Estatuto de la Función Pública), por inscripción: 12,02 euros.

2.-Acceso al nivel C, por inscripción: 9,02 euros.

3.-Acceso a los niveles D y E, por inscripción: 6,01 euros.

Si las plazas convocadas lo fueran en régimen laboral, la tasa aplicable sería la correspondiente al nivel funcionarial al que se asimilasen las remuneraciones previstas en la convocatoria.

Epígrafe VI.-Informes y contestaciones a consultas

1.-Por emisión de informe solicitado para cada descalificación de viviendas: 21,04 euros.

2.-Por emisión de otros informes y contestaciones a consultas: 9,02 euros.

Epígrafe VII.-Bastanteo de poderes

1.-Por cada bastanteo: 0,60 euros.

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