BOLETÍN Nº 108 - 6 de septiembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

DEPARTAMENTO DE OBRAS PUBLICAS, TRANSPORTES Y COMUNICACIONES. Resolución de expedientes sancionadores.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones Sancionadoras de Transportes que se relacionan a continuación, se procede a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley.

"RESOLUCION sancionadora número 2047/2002, de 28 de mayo, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0764/02 a Fonseca Bus, S.L., con D.N.I. B31558554.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2109-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 05/03/2002 por no presentar a la Inspección los discos diagrama correspondientes a los días 25, 26 y 28 de octubre de 2001, del vehículo matrícula NA-9794-AY, faltando de justificar 77, 77 y 293 kilómetros, respectivamente.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Fonseca Bus, S.L., con D.N.I. B31558554, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintiocho de mayo de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2048/2002, de 28 de mayo, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0765/02 a Fonseca Bus, S.L., con D.N.I. B31558554.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2110-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 05/03/2002 por no presentar a la Inspección los discos diagrama correspondientes a los día 1, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 12, 13, 14, 15, 17, 19, 20, 21, 22 y 23 de noviembre de 2001, del vehículo matrícula NA-9794-AY y, faltando de justificar 42, 42, 32, 36, 36, 36, 157, 36, 40, 35, 42, 82, 34, 37, 50, 50 y 104 kilómetros, respectivamente.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Fonseca Bus, S.L., con D.N.I. B31558554, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintiocho de mayo de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2049/2002, de 28 de mayo, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0766/02 a Fonseca Bus, S.L., con D.N.I. B31558554.

Recibida en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el acta de inspección número 2111-A extendida por la Inspección de Transporte con fecha 05/03/2002 por no presentar a la Inspección los discos diagrama correspondientes a los días 7, 9, 12, 13, 15, 16, 20 y 22 de noviembre de 2001, del vehículo matrícula BI-4521-U, faltando de justificar 29, 56, 30, 30, 34, 29 y 29 kilómetros, respectivamente.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Fonseca Bus, S.L., con D.N.I. B31558554, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, veintiocho de mayo de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2079/2002, de 3 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0796/02 a Transportes Lardesilla, S.L., con D.N.I. B31537038.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 219318 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 18/01/2002 al vehículo matrícula 7019-BMW en el kilómetro 53 de la carretera N-121, por circular transportando mercancías perecederas, desde Mallen hasta Pamplona, con distintivos relacionados con el certificado de mercancías perecederas válido hasta 12-2002, careciendo de ATP el vehículo reseñado.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Lardesilla, S.L., con D.N.I. B31537038, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, tres de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2095/2002, de 3 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0812/02 a González Iñurrieta, Damian con D.N.I. 16269941V.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 123139 extendido por la Policía Foral de Navarra con fecha 19/02/2002 al vehículo matrícula VI-2822-P en el kilómetro 103 de la carretera A-15, por utilizar dos discos un sólo conductor. En el momento de la Inspección lleva colocados en primer conductor el disco de fecha 19-02-02 y en segundo conductor 18-02-02, los dos a nombre de Luis Alberto Martín. Se adjunta copia de discos.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a González Iñurrieta, Damian con D.N.I. 16269941V, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Luisa Mengíbar Pérez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, tres de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2096/2002, de 3 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0813/02 a López Alvarez, Josefa con D.N.I. 30622692.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 212800 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 02/02/2002 al vehículo matrícula 8399-BLD en el kilómetro 29,000 de la carretera A-15, por presentar disco diagrama correspondiente a la jornada 30-31/01/02 en el cual finaliza la conducción con 431.807 kilómetros, presentando disco posterior en el cual inicia la conducción con 432.850 de fecha 1-2/02-02, faltando por registrar 1.043 kilómetros.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a López Alvarez, Josefa con D.N.I. 30622692, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Luisa Mengíbar Pérez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, tres de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2133/2002, de 4 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0850/02 a Transportes Pérez Payo, S.L., Sdad. Unipersonal con D.N.I. B11423613.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 218694 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 13/02/2002 al vehículo matrícula CA-04111-R en el kilómetro 108,000 de la carretera N-232, por circular con un vehículo provisto de limitador de velocidad en mal estado, no funcionando correctamente. Se adjunta copia disco.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Pérez Payo, S.L., Sdad. Unipersonal con D.N.I. B11423613, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, cuatro de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2149/2002, de 5 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0866/02 a Transportes Pérez Payo, S.L., Sdad. Unipersonal con D.N.I. B11423613.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 218695 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 13/02/2002 al vehículo matrícula MU-9011-CG en el kilómetro 108,000 de la carretera N-232, por circular careciendo de los discos diagrama de la semana en curso y del último de la semana anterior en la que condujo.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Transportes Pérez Payo, S.L., Sdad. Unipersonal con D.N.I. B11423613, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, cinco de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2150/2002, de 5 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0867/02 a Taxi Portes Iruña, S.L., con D.N.I. B31479363.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 211200 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 13/02/2002 al vehículo matrícula NA-3083-AX en el kilómetro 6,000 de la carretera N-240, por circular de Pamplona a Lumbier transportando un palo con material de construcción, careciendo de tarjeta de transporte y ostentando distintivos MDL-N.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Taxi Portes Iruña, S.L., con D.N.I. B31479363, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Carmen Machiñena Solera, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, cinco de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2161/2002, de 5 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0878/02 a Autocares Felix Gaston, S.L., con D.N.I. B31423601.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 123449 extendido por la Policía Foral de Navarra con fecha 14/02/2002 al vehículo matrícula NA-4082-AM en el kilómetro 107,000 de la carretera A-15, por circular con el limitador de velocidad en mal estado, comprobado mediante tester marca KIENZLE número 2890. Se adjunta copia del disco.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Autocares Felix Gaston, S.L., con D.N.I. B31423601, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, cinco de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2162/2002, de 5 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0879/02 a Hormigones Leizaran, S.L., con D.N.I. B31388887.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 123284 extendido por la Policía Foral de Navarra con fecha 20/02/2002 al vehículo matrícula SS-2773-AF en el kilómetro 3 de la carretera NA-130, por carecer en el vehículo de los discos diagrama de la semana en curso y el último de la semana anterior en la que condujo.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Hormigones Leizaran, S.L., con D.N.I. B31388887, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Luisa Mengíbar Pérez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, cinco de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2194/2002, de 6 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0911/02 a Frilac, S.A., con D.N.I. A31066210.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 124306 extendido por la Policía Foral de Navarra con fecha 01/02/2002 al vehículo matrícula NA-9978-AY en el kilómetro 40,300 de la carretera N-111, por circular realizando transporte con la revisión del tacógrafo fuera de plazo. Presenta placa de instalación de fecha 02/03/99.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Frilac, S.A., con D.N.I. A31066210, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, seis de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2220/2002, de 6 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0937/02 a Cerezo Hernández, José Antonio con D.N.I. 22450794.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 219485 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 16/02/2002 al vehículo matrícula MU-7337-BS en el kilómetro 51 de la carretera N-121-A, por circular con un aparato tacógrafo que no funciona correctamente ya que viene circulando y el estilete de velocidad le marca una línea vertical y el estilete de los kilómetros no le marca. Se adjunta copia de disco.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Cerezo Hernández, José Antonio con D.N.I. 22450794, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Luisa Mengíbar Pérez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, seis de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2236/2002, de 7 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0951/02 a Minoritario Del Transporte S.C.L con D.N.I. F46209409.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 107040 extendido por la Policía Foral de Navarra con fecha 11/02/2002 al vehículo matrícula V-5471-HL en el kilómetro 75,500 de la carretera A-15, por llevar el reloj del tacógrafo marcando una hora distinta a la real. El reloj marca las 18:00 hs. siendo las 3:30 hs. Se adjunta copia del disco.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Minoritario Del Transporte S.C.L con D.N.I. F46209409, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Jesús Gutiérrez Gutiérrez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, siete de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

Resolución de expediente sancionador

"RESOLUCION sancionadora número 2242/2002, de 7 de junio, del Director General de Transportes y Telecomunicaciones, por la que se acuerda la incoación del expediente sancionador número NA 0957/02 a Logigas, S.A., con D.N.I. A01124676.

Recibido en el Servicio de Transportes del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, el boletín de denuncia número 220099 extendido por la Guardia Civil de Tráfico con fecha 22/02/2002 al vehículo matrícula M-1487-LG en el kilómetro 75,000 de la carretera A-15, por circular con una cisterna vacía sin desgasificar desde Tudela hasta Pamplona, ultima mercancía transportada 19,986 litros de UNI202 Gasóleo clase 3, 31.º C ADR, careciendo los extintores número 311494 y 361102 de los precintos reglamentarios.

Cumplimentados los trámites reglamentarios y demás disposiciones aplicables, con arreglo a lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 3912/1999, de 7 de octubre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, esta Dirección General,

HA RESUELTO:

Primero.-Incoar expediente de sanción a Logigas, S.A., con D.N.I. A01124676, como consecuencia de la denuncia recogida en la parte expositiva.

Segundo.-Nombrar Instructor/a del procedimiento a M.ª Luisa Mengíbar Pérez, comunicando al interesado que puede proponer su recusación por las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tercero.-Notificar la presente Resolución al Servicio de Transportes, al denunciante y al interesado, haciéndoles saber que el plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses contados desde la fecha de la presente Resolución, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 42.5 y 44 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Pamplona, siete de junio de dos mil dos.-El Director General de Transportes y Telecomunicaciones, Angel Sanz Barea."

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