BOLETÍN Nº 108 - 6 de septiembre de 2002

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Autoridades y Personal

RESOLUCION de 5 de agosto de 2002, del Director General de Función Pública, por la que se aprueba la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Jefe de Silo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos.

Por Resolución de 5 de agosto de 2002, del Director General de Función Pública, se ha aprobado la convocatoria para la provisión, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Jefe de Silo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos.

1.-Normas generales

1.1. Es objeto de la presente convocatoria, que se desarrollará con sujeción a lo dispuesto en el Texto Refundido del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, aprobado por el Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto -BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 107, de 1 de septiembre de 1993-, en el Reglamento de ingreso dictado para su desarrollo y ejecución, demás normas de aplicación y en las bases de la convocatoria, la provisión en turno libre, mediante oposición, de una plaza del puesto de trabajo de Jefe de Silo, de régimen funcionarial y nivel C, número de plantilla 5515, adscrita al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación, con destino en Estella.

1.2. El nombramiento conferirá al designado el carácter de funcionario de nómina y plantilla con todos los derechos y deberes que señalen las disposiciones vigentes en materia del personal funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las remuneraciones correspondientes al nivel C, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones aplicables.

1.4. El aspirante que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas y resultar nombrado para la plaza convocada, ingrese en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y adquiera la condición de funcionario, será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

Si el funcionario que resulte nombrado se encontrara afiliado al Régimen de Derechos Pasivos y Asistencia Sanitaria y Social al que se refiere el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones complementarias, podrá optar por mantenerse en el mismo o afiliarse al mencionado régimen de la Seguridad Social.

1.5. El aspirante nombrado tendrá el deber de residir en el lugar de su destino, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en el correspondiente término municipal. El destino podrá ser variado por los órganos administrativos competentes.

1.6. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

2.-Requisitos de los aspirantes

2.1. Para ser admitidos a la oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes y en el momento en que finalice el plazo de presentación de documentos al que se refiere el apartado 7.2. de la convocatoria y hasta la toma de posesión de la plaza, los siguientes requisitos, a excepción del exigido en la letra f), cuya posesión será precisa en el plazo al que se refiere el citado apartado 7.2.:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España en que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores; también podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión del Título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Estar en posesión del permiso de conducir vehículos de la clase B.

2.2. Los requisitos anteriores deberán acreditarse por los aspirantes que obtengan plaza, en el plazo y forma previstos en el apartado 7.2. de la convocatoria.

3.-Instancias

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, Avenida de Carlos III, 2, de Pamplona, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado en la Oficina de Información del Gobierno de Navarra, Avenida Carlos III, 2, vestíbulo, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

3.2. Los aspirantes con discapacidad reconocida de grado igual o superior al 33 por 100 podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar acreditación de la condición legal de discapacitado expedida por órgano competente.

3.3. A la instancia deberá acompañarse el justificante de haber abonado en cuenta de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la cantidad de 12 euros en concepto de pago de tasa por formalización de expediente y derechos de examen o documentación acreditativa de estar exento del pago.

Salvo que se acredite causa de exención, la falta de pago de la tasa por derechos de examen determinará la exclusión del aspirante.

Estarán exentos de la tasa:

a) Las personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento.

b) Las personas que figurasen inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el periodo de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, lo que se acreditará mediante certificación de los extremos señalados expedida por la correspondiente Oficina de Empleo.

4.-Admisión de aspirantes y reclamaciones

4.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes al de publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que hubieran incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Director General de Función Pública dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.-Tribunal calificador

El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

-Presidente: Don Joaquín Miguel Sanz de Galdeano Equiza, Director del Servicio de Industrias Agroalimentarias y Alimentación del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Suplente: Don José Luis Morón García, Técnico Facultativo Superior de la Sección de Regulación e Intervención en mercados agrarios del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

-Vocal: Doña Belén Pérez Larrea, Jefe de Silo de la Sección de Regulación e Intervención en mercados agrarios del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Suplente: Don Jesús Malo Galilea, Jefe de Silo de la Sección de Regulación e Intervención en mercados agrarios del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación

-Vocal: Don Manuel Echarri Carasusan, Jefe de Negociado de Sanidad Vegetal del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Suplente: Don Enrique Labiano Zabalza, Ingeniero Técnico Agrícola del Negociado de Sanidad Vegetal del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

-Vocal: Un representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, designado por la misma.

Suplente: Un representante de la Comisión de Personal de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, designado por la misma.

-Vocal-Secretaria: Doña María Pilar García García, Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica) del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

Suplente: Doña Marta Alvarez Alonso, Jefa de la Sección de Acción Normativa y Coordinación Jurídica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

El Tribunal deberá constituirse antes del comienzo de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

Asimismo, para la válida constitución y actuaciones del órgano colegiado se requerirá la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan.

5.3. Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

5.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal, limitándose al ejercicio de sus especialidades técnicas.

6.-Desarrollo de la oposición

6.1. La oposición dará comienzo en el mes de enero de 2003. En la misma Resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinarán el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición. Posteriormente, el Tribunal publicará oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de los restantes ejercicios en la forma reglamentaria.

6.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: De carácter teórico, consistirá en contestar, durante el tiempo máximo de 1 hora, a un cuestionario tipo test sobre la materia incluida en las partes primera y segunda del temario.

Segundo ejercicio: De carácter teórico, consistirá también en contestar, durante el tiempo máximo de una hora, a un cuestionario tipo test sobre la materia comprendida en las partes tercera y cuarta del temario.

Tercer ejercicio: De carácter práctico, versará sobre los aspectos que determine el Tribunal en relación con la materia incluida en el temario de la oposición. La duración de este ejercicio, que constará de 2 casos prácticos, se fijará por el Tribunal en el momento de su realización.

6.3. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar un máximo de 70 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Primer ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos. Quedarán eliminados los aspirantes que obtengan menos de 14 puntos.

Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos, quedando eliminados quienes obtengan menos de 14 puntos.

Tercer ejercicio: Hasta un total de 30 puntos. Cada caso práctico se calificará hasta un máximo de 15 puntos, quedando eliminados de la oposición los aspirantes que obtengan menos de 7'5 puntos en cualquiera de los casos prácticos.

6.4. En el tercer ejercicio, los miembros del Tribunal efectuarán la calificación de las pruebas por separado y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación de la parte de que se trate.

Si existiese una diferencia igual o superior al 30 por 100 de la puntuación total de la prueba entre el valor máximo y el mínimo otorgado por los miembros del Tribunal, se descartarán el mayor y el menor de los valores dados, siempre que la nota resultante sea producto de mediar, al menos, tres puntuaciones de miembros del Tribunal.

6.5. Finalizada la calificación de cada ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra y en el del lugar de su celebración la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, asimismo, el lugar, fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

6.6. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, debiendo los aspirantes acudir provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan o no acrediten su personalidad mediante alguno de los documentos mencionados.

6.7. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán para los aspirantes con discapacidad que lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles de tiempos y medios para su realización.

7.-Relación de aprobados, propuesta de nombramiento y presentación de documentos

7.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Gobierno de Navarra y en el del lugar de su celebración, la relación de aprobados por orden de puntuación alcanzada, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios de la oposición, y elevará al Director General de Función Pública, junto con el expediente completo, dicha relación y propuesta de nombramiento en favor del aspirante aprobado con mayor puntuación. La referida propuesta se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán en favor de quienes obtengan mayor puntuación en el tercer ejercicio. Y si persistieran, se tomarán en consideración, sucesivamente y por su orden, las puntuaciones de los restantes ejercicios.

7.2. Dentro de los 30 días naturales siguientes al de publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar a la Dirección General de Función Pública los siguientes documentos:

7.2.1. Si el aspirante no ostentara la condición de personal fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente acreditativo de la nacionalidad e identidad del aspirante.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

c) Fotocopia compulsada del permiso de conducir vehículos de la clase B.

d) Informe expedido por la Sección de Prevención de Riesgos Laborales que corresponda, justificativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

Si el aspirante hubiera alegado una discapacidad, deberá aportar, además, una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

e) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

Si el aspirante ostentara la condición de personal fijo de Administración Pública de Navarra distinta de la convocante, deberá aportar, además, certificación acreditativa de cuantas circunstancias y antecedentes consten en el expediente personal de su Administración anterior, relativas al ingreso, antigüedad, nivel, situaciones administrativas, etc.

7.2.2. Si el aspirante ostentara la condición de personal fijo de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o de sus organismos autónomos:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria y del permiso de conducir vehículos de la clase B.

b) La documentación que para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de sus organismos autónomos sea requerida por la Dirección General de Función Pública.

Si el aspirante hubiera alegado una discapacidad, deberá aportar, además, una acreditación de la compatibilidad de la misma con el puesto de trabajo objeto de convocatoria, extendida por los equipos de valoración y orientación competentes.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, el aspirante propuesto no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Director General de Función Pública cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8.-Nombramiento, adjudicación de la vacante y toma de posesión

8.1. El Director General de la Función Pública nombrará funcionario de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra para desempeñar el puesto de trabajo de Jefe de Silo y adjudicará la vacante, mediante Resolución, al aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en las bases anteriores.

8.2. Dicho nombramiento se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.3. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de funcionario de la Administración de la Comunidad Foral. En tal supuesto, se estará a lo dispuesto en el apartado 7.4.

8.4. En el caso de que el aspirante que adquiera la condición de funcionario y, sin desempeño efectivo del puesto de trabajo, sea declarado, a petición suya, en situación de excedencia voluntaria con efectos desde el mismo día de la toma de posesión, por encontrarse en esa fecha prestando servicios en otra Administración Pública, la vacante se cubrirá también según lo dispuesto en el mencionado apartado 7.4.

9.-Recursos

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación o notificación del acto recurrido, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Pamplona, cinco de agosto de dos mil dos.-El Director General de Función Pública, Ignacio Bandrés Urriza.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña ......................, mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ...................., (o carta de identidad equivalente) y nacido/a el día........... de ...................... de ............ natural de ................. (.......................) nacionalidad ....................... con domicilio actual en ................... (........................) calle ....................., código postal ........................ teléfono .................. teléfono trabajo ....................

Comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante ......................., de .................. plazas del puesto de trabajo de ..................... al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ............, de fecha ..................., en el turno que se indica:

f Turno libre

f Turno promoción*

f Turno restringido minusválidos*

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación exigida en la convocatoria.

Que ha abonado los derechos de examen en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención del pago de la tasa.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

f Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

f Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

f Que aporta certificado de aptitud en vascuence o titulación reconocida oficialmente como equivalente*

f Que solicita realizar prueba de conocimiento de vascuence*

Por lo expuesto,

Solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante ................., de ......... plazas del puesto de trabajo de ................... al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra.

Pamplona,............... de .............. de .............

(Firma)

(*) Unicamente cuando proceda.

GOBIERNO DE NAVARRA. DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR.

ANEXO II

Temario

Parte primera

1. La incorporación de Navarra a la Corona de Castilla: historia, naturaleza y consecuencias. El Régimen Constitucional del Reino de Navarra. Las Cortes de Navarra. El virrey. El Consejo Real. La Diputación del Reino.

2. La Ley Paccionada de 16 de agosto de 1841. Génesis, negociaciones y conclusiones del Pacto. Análisis de su contenido. Su carácter paccionado.

3. La Constitución española de 1978: estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales: su garantía y suspensión. Reforma de la Constitución.

4. La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. Proceso de elaboración. Naturaleza y significado. Estructura y sistemática. El Título Preliminar.

5. El Parlamento o Cortes de Navarra: composición y funciones; reglamento; funcionamiento: Pleno y Comisiones. La Cámara de Comptos.

6. La Diputación Foral o Gobierno de Navarra: composición y funciones. El Presidente del Gobierno de Navarra: elección; responsabilidad política ante el Parlamento de Navarra.

7. El Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación: organización y funciones. Sociedades públicas asociadas al Departamento.

8. La Ley Foral de Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra: estructura y análisis de contenido.

9. El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: estructura y análisis de su contenido.

10. El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA): Organismo autónomo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación; organización y funciones.

11. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: principios generales y ámbito de aplicación. Los procedimientos administrativos: fases del procedimiento administrativo general. Procedimientos especiales. Los recursos administrativos: concepto, principios generales y clases.

12. El Parlamento Europeo: composición y funciones. El Consejo de la Comunidad Europea: composición y funciones. La Comisión Europea: composición y funciones. Reglamentos y Directivas. El Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea. El Tribunal de Cuentas de la Comunidad Europea.

13. España y la Comunidad Europea. Integración de España en la Comunidad Europea. La Política Agraria de la CE y su evolución desde la entrada de España.

14. La regulación de mercados agrarios en la Comunidad Europea. Tipos de regulación. La intervención en mercados agrarios. Las ayudas directas al agricultor. Las ayudas indirectas al agricultor. La intervención en mercados ganaderos. Las ayudas al ganadero.

Parte Segunda

1. Geografía de Navarra: límites y extensión de Navarra; orografía; climatología. División de Navarra en zonas agronómicas. Demografía. Población agrícola Navarra y su evolución. Economía de Navarra: sectores primario, secundario y terciario. Vías de comunicación.

2. Sector agrario en Navarra: macromagnitudes, análisis por subsectores, superficies y producciones de las actividades más significativas. Evolución y tendencias.

3. Sistema Métrico Decimal. Unidades de longitud: múltiplos y submúltiplos, símbolos y equivalencias. Unidades de peso: múltiplos y submúltiplos, símbolos y equivalencias. Unidad de superficie y unidades agrarias. Unidades de volumen y de capacidad. Pesos específicos.

4. Razones trigonométricas en triángulos rectángulos. Resolución trigonométrica de triángulos rectángulos. Superficie de un triángulo en función de los lados. Fórmula de Heron. Determinación de superficies de figuras planas poligonales cerradas. Superficies y volúmenes de cuerpos de revolución.

5. Estadística: dato, población y muestra. Caracteres estadísticos: cualitativos y cuantitativos. Variables estadísticas: discretas y continuas. Frecuencia absoluta y frecuencia relativa. Representaciones gráficas: diagramas de barras, histogramas, diagramas de sectores, pictogramas, cartogramas, diagramas lineales. Medias de centralización: media aritmética, moda e intervalo modal, mediana. Medias de dispersión: recorrido, varianza, desviación típica.

6. Organos vegetativos de los vegetales superiores: definición, funciones y partes de que constan. La función clorofílica. El ciclo de carbono en la naturaleza. Reproducción de los vegetales superiores: forma sexual y asexual. La flor: definición, funciones y partes de la que consta. Polinización. Frutos y semillas: definición, funciones y partes de que constan.

7. Documentos comerciales: albaranes y facturas. El Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca en el IVA.

8. Comercialización agraria. Los operadores comerciales agrarios. Las cooperativas agrarias de comercialización. Su importancia en Navarra. Las organizaciones de productores y su implantación en Navarra. La intervención de la Administración en la comercialización agraria.

9. Informática: Word 97 para Windows. Conceptos básicos. Creación de documentos, tablas, gráficos.

10. Informática: Hoja de cálculo Excel 97 para Windows. Conceptos básicos. Libros. Introducción de datos, constantes y fórmulas. Gráficos.

Parte tercera

1. La Organización Común de Mercados de cultivos herbáceos. Las ayudas por superficie para los cultivos herbáceos. Cultivos herbáceos con ayudas por superficie. Las superficies de base españolas. El plan de regionalización de Navarra.

2. La Organización Común de Mercados de cereales. El mercado único de la CE en cereales. Régimen de precios y garantía e intervención. Los productos con derecho a la intervención. Calidad tipo. Precios de compra en la intervención: inicial, incremento mensual, precio de compra.

3. Compras por intervención de cereales. Periodo hábil. Modalidades: a) en almacenes de la intervención; b) sobre almacén del oferente; c) en los almacenes de entidades de servicios. Condiciones cualitativas mínimas de intervención. Bonificaciones y depreciaciones.

4. Las ventas de cereal en poder de la intervención. Calidad tipo y calidad real. Los operadores comerciales en las ventas del cereal intervenido. El régimen de intercambios en cereales. Las importaciones de cereal. Los Acuerdos del GATT para España después de la entrada en la CE. Las exportaciones. Las restituciones a la exportación de cereales.

5. Las compras de arroz cáscara a la intervención. Condiciones mínimas que ha de cumplir el arroz cáscara para su compra en intervención. La toma de muestras de arroz cáscara. Mecánica operativa en la toma de muestras de arroz cáscara. La calidad tipo de arroz cáscara, bonificaciones y depreciaciones en las compras de intervención. Definiciones de los granos y de los granos partidos que no son de calidad irreprochable. Principales grupos y variedades de arroz cáscara.

6. La ayuda a la utilización de almidón. Su inclusión dentro de la OCM de los cereales. Fabricantes autorizados. Productos objeto de ayuda. Los certificados de restitución en almidón: períodos de validez, importes de la restitución, garantías.

7. Las compras de intervención de carne de vacuno. Productos objeto de compra de intervención en carne de vacuno. Condiciones mínimas de intervención. La congelación de la carne de vacuno. Las ventas de carne de vacuno de la intervención. Su importancia en Navarra.

8. La Organización Común de Mercados de productos hortofrutícolas frescos. Productos que regula. Las OPFH de Navarra y los productos hortofrutícolas frescos. Las retiradas de productos hortofrutícolas frescos con compensación financiera de retirada. Calidades mínimas para la retirada de productos hortofrutícolas frescos. Su importancia en Navarra.

9. Las ayudas indirectas al agricultor en forrajes desecados, forrajes secados al sol y forrajes deshidratados. Ayudas a las industrias transformadoras de forrajes desecados. Condiciones mínimas de producto elaborado. La contratación de forrajes frescos entre el agricultor y la industria transformadora. Incidencia en Navarra de esta ayuda.

10. El cultivo de tabaco en Navarra. La OCM del tabaco: cuotas de producción, contratos y empresas transformadoras. Sistema de ayudas de la CE en el tabaco: primas, variedades de tabaco con derecho a ayuda. Compras de tabaco por las empresas transformadoras: humedad, inútil y materias extrañas; requisitos cualitativos mínimos del tabaco. Ayuda específica a las Agrupaciones de Productores. Su incidencia en Navarra.

11. La OCM de vinos y alcoholes. Declaraciones de producción y de existencias del sector vitivinícola. Destilaciones obligatorias de subproductos: materias primas a entregar, características y cantidades, graduaciones según zonas de producción. Destilaciones voluntarias de vino de mesa: características de la materia prima.

12. La OCM de productos hortofrutícolas transformados. El sistema de contratación de las industrias. Productos con derecho a ayuda. La industria transformadora de productos hortofrutícolas en Navarra: importancia económica y problemática actual.

13. Compra de intervención de mantequilla. Características de la mantequilla que se pueden comprar en régimen de intervención. Ofertas. Recepción y almacenamiento. Toma de muestras. Controles durante el período de almacenamiento. Su incidencia en Navarra.

Parte cuarta

1. Los silos para la intervención de cereales: tipos y clases. Silos de recepción. Silos de tránsito. Silos de puerto. Graneros para la intervención. Descripción de las características fundamentales de los silos y graneros mecanizados, así como de las instalaciones mecánicas y eléctricas de los mismos.

2. Secaderos de grano: fundamento y finalidad. Descripción somera de una instalación de secado de grano. Importancia y aplicaciones en la comercialización de los cereales. Su importancia en Navarra.

3. Motores en las instalaciones de intervención: clases y características. Finalidad de su empleo. Averías y engrases. Elevadores de grano. Tipo y elementos principales de que constan. Transportadores horizontales: clases. Elementos accesorios para el movimiento del gran o: tornillos helicoidales. Cintas transportadoras. Tubos telescópicos. Montacargas.

4. Instalaciones de antelimpia, limpia y selección. Su objeto. Clasificación de los granos por densidad. Clasificación por configuración y tamaño. Medios y elementos diversos empleados para efectuar dichas clasificaciones.

5. Organización del trabajo en silos de recepción, almacenamiento y salida de cereales a intervención. La estiba por celdas. Los aforos del cereal almacenado. Operaciones que han de realizarse y recorridos de los trigos en los distintos tipos de silos, desde la recepción hasta el almacenamiento en celdas y desde éstas hasta la báscula de pesaje de salida. Otras operaciones para el trasiego en los silos.

6. Limpieza y desinfección de los silos y almacenes, así como de sus instalaciones. Objeto y finalidad de estas operaciones. Cubicación de locales. Desinfección de gas sulfuroso. Desinfección de sulfato de carbono. Otros productos comerciales y dosis de empleo para la desinfección y desinsectación de silos y graneros. Fumigación cianhídrica de silos y almacenes. Medios de lucha contra los roedores.

7. Normas para la toma de muestras de cereales. Directivas de la CE sobre toma de muestras. La toma de muestras en la recepción del cereal: muestra parcial, muestra global y muestra final. Forma de operar. Toma de muestras global y final. Toma de muestras a la salida del cereal. Medios mecánicos para la toma de muestras: sondas y bastones toma muestras; descripción y manejo.

8. Aparatos para la clasificación comercial de los granos y semillas. Determinaciones de impurezas, determinaciones de peso del hectolitro. Determinadores rápidos de humedad, cortagranos, germinadores: descripción, manejo e interpretación de los resultados.

9. Conservación del grano almacenado. Factores que influyen en la conservación. Averías en el grano almacenado por una conservación deficiente. Accidentes, enfermedades e insectos perjudiciales en granos almacenados. Medidas para evitarlos y combatirlos. Desinsección y desinfección de los granos almacenados. Productos comerciales empleados: dosis en su utilización y práctica de la operación. Medios mecánicos utilizados.

10. La conservación del grano almacenado por ventilación y enfriamiento. El volteo del cereal almacenado. Sistemas de ventilación y enfriamiento en silos verticales y en almacenes-granero horizontales. Su utilización y manejo. Factores a tener en cuenta al efectuar la ventilación: temperatura aire exterior, humedad relativa del aire exterior. Acción del aire en la masa del grano. Duración de la ventilación. Variaciones de humedad y peso de los granos almacenados por influencia del medio. Los cereales almacenados y sus higroscopicidad.

11. Normas de Seguridad e Higiene en el trabajo en silos.

12. Técnicas de producción de cereales de invierno en Navarra. Especies, variedades, zonas productoras, superficies y rendimientos. Técnicas de cultivo. Control de plagas y enfermedades. Control de malas hierbas. Parámetros de calidad.

13. Técnicas de producción de cereales de verano en Navarra. Especies, variedades, zonas productoras, superficies y rendimientos. Técnicas de cultivo. Control de plagas y enfermedades. Control de malas hierbas. Parámetros de calidad.

Código del anuncio: A0208997