BOLETÍN Nº 96 - 8 de agosto de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

T A F A L L A

E D I C T O

En la sesión que el Pleno del muy ilustre Ayuntamiento de Tafalla celebró con carácter de Ordinaria el día 29 de mayo de 2001, entre otros, se adoptó el siguiente acuerdo:

Habiéndose aprobado inicialmente, en sesión del Pleno de fecha 15 de diciembre de 2000, la modificación del Plan General de Ordenación Urbana para la Unidad URM-4 y el Convenio Urbanístico entre el Ayuntamiento y P.B. Ereta, S.L., para la Urbanización de la Unidad URM-4 y el Sistema General SGU-3.

Sometido el expediente a información pública, mediante anuncio insertado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 22, de 16 de febrero de 2001, sin que se haya presentado alegación alguna al expediente.

Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley Foral 10/94, el informe técnico emitido por el Arquitecto asesor municipal, don José Martín Errea, el informe de asesoría jurídica e intervención y el dictamen favorable emitido por la Comisión de Urbanismo, se acuerda:

Primero.-Aprobar provisional y definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana en la Unidad URM-4, promovida por P.B. Ereta, S.L., ordenando la remisión del expediente debidamente diligenciado al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra.

Segundo.-Aprobar definitivamente el Convenio Urbanístico entre el Ayuntamiento y P.B. Ereta, S.L., para la Urbanización de las Unidades URM-4 y SGU-3, ordenando la publicación el BOLETIN OFICIAL de Navarra y la inscripción en el Registro de Convenios Urbanísticos del Ayuntamiento.

Tercero.-Notificar el acuerdo a los interesados, Intervención y Servicios Urbanísticos a los efectos oportunos.

Lo que notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicho acuerdo cabrá interponer:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso - administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o,

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Tafalla, a seis de junio de dos mil uno. El Alcalde, firma ilegible. La Secretaria, firma ilegible.

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