BOLETÍN Nº 95 - 6 de agosto de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

O L Z A

Convocatoria para la provisión, por sistema de concurso oposición, de una plaza de Coordinador Cultural y Deportivo, con carácter fijo, al servicio del Ayuntamiento de la Cendea de Olza

1.-Normas generales.

1.1. Es el objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de concurso-oposición de la plaza de Coordinador Cultural y Deportivo del Ayuntamiento de la Cendea de Olza.

1.2. El nombramiento conferirá a la persona designada, a todos los efectos, el carácter de empleado laboral fijo desde la fecha de toma de posesión y se le asignará el nivel retributivo B del Estatuto de personal para las administraciones públicas de Navarra.

1.3. El régimen será de jornada completa de trabajo y se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado por los órganos administrativos competentes.

1.4. La personan designada desempeñará las siguientes funciones:

-Representar al Ayuntamiento en las comisiones técnicas de ámbito intermunicipal o autonómico que existan en la actualidad o puedan crearse.

-Formar parte de la Junta Rectora de la Unidad Orgánica Deportiva y Cultural, que corresponda en su caso, de acuerdo con los estatutos.

-Formar parte de la Junta Rectora del Patronato de la Escuela de Música Cendea de Olza-Orcoyen.

-Planificación de las competencias deportivas y culturales de la Administración Local.

-Gestión de los elementos que integran el Sistema Deportivo y Cultural local: Los actuales, entre ellos Frontón en Asiáin, Polideportivo Berokizelaia de Arazuri, Frontón de Ororbia, y los que se vayan generando en el futuro.

-Organización, administración y coordinación de programas y actividades deportivas y culturales.

-Responsabilizarse de la ejecución de los diferentes programas y actividades deportivas y culturales y realizar las labores de seguimiento y evaluación de éstas.

-Elaboración de estudios e informes técnicos dentro de su ámbito.

-Asesoramiento al Ayuntamiento en temas relacionados con su ámbito de actuación.

-Coordinación de las actividades deportivas y culturales con las de otros servicios municipales, (propios y ajenos), y con las promovidas por la administración de la Comunidad Foral de Navarra y otras entidades públicas y privadas de la localidad.

-Conexión y coordinación con los Concejos, organizaciones, grupos, sociedades, estamentos, entidades y asociaciones deportivas y culturales del Municipio.

-Todas aquellas funciones que se deriven de los posibles Convenios de colaboración establecidos con otros Ayuntamientos.

-Asunción y desarrollo de las actuaciones derivadas de su pertenencia a órganos municipales de representación y/o gestión.

-Cuantas funciones le sean encomendadas dentro de su nivel y categoría.

2.-Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que se finalice el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano de la Comunidad Europea.

b) Ser mayor de edad.

c) Estar en posesión, como mínimo, de título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Formación Profesional de tercer grado.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondiente funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Hallarse en posesión de permiso de conducción, al menos de categoría B, y disponer de vehículo.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por los aspirantes en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.-Solicitudes.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de la Cendea de Olza, en el plazo de 30 días naturales y consecutivos a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas solicitudes deberán ajustarse al modelo publicado como anexo I.

3.2. El plazo para presentación de solicitudes será improrrogable.

3.3. Se adjuntarán a la solicitud los documentos siguientes:

a) Documento Nacional de Identidad o asimilado.

b) Declaración jurada o prometida de cumplir las condiciones de la base 2.

c) Curriculum Vitae y documentación acreditativa, original o autentificada de cuantos méritos sean alegados a los efectos del baremo. Los títulos presentados deberán estar homologados y reconocidos oficialmente por la autoridad educativa competente.

4.-Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Corporación Municipal dictará resolución aprobando la lista provisional de las personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.2. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente de la Corporación Municipal dictará resolución aprobando la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de aspirantes incluidos y excluidos se determinará lugar, día y hora para el comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Cendea de Olza.

Suplente: Presidente de la Comisión de cultura y deporte del Ayuntamiento de la Cendea de Olza.

Vocal y suplente: Técnico designado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

Vocal y suplente: Técnico designado por el Instituto Navarro de Deporte y Juventud.

Vocal y suplente: Técnico designado por el departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra.

Vocal y suplente: Designado por el personal del Ayuntamiento de la Cendea de Olza.

Secretario del Tribunal: Actuará como Secretaria, con voz y sin voto, la que lo es del Ayuntamiento de la Cendea de Olza y como suplente el Secretario del Ayuntamiento de Orcoyen.

El tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia al menos de la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en ésta convocatoria.

5.4. La actuación calificación del Tribunal exigirá la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros y las puntuaciones numéricas se obtendrán por promedio aritmético de los presentes.

5.5. El Tribunal calificador podrá recabar asesoramiento de personas con especial conocimiento técnico en las materias que sean objeto de las pruebas. Dichos asesores carecerán de voto.

6.-Desarrollo del concurso oposición.

En la resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

7.-Fase de concurso.

El tribunal procederá valorar los méritos alegados y justificados por los aspirantes de acuerdo con el baremo de méritos adjunto a la convocatoria. (Anexo V).

Todos los méritos deberán ser alegados y probados por los aspirantes en el momento de presentar la instancia solicitando tomar parte en el concurso-oposición, con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario.

Una vez concluida la valoración de los méritos se harán públicos los resultados en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

8.-Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de los ejercicios que se citan y su puntuación máxima será de 75 puntos. Los ejercicios se realizarán en castellano. El Plazo máximo para la realización de cada una de las pruebas será determinado por el Tribunal estableciéndose que el tiempo para la realización del segundo ejercicio no podrá ser superior a cuatro horas.

Las pruebas de esta fase serán las siguientes:

Primer ejercicio: Ejercicio teórico.

Este ejercicio se dividirá en tres partes:

-Primera parte: Consistirá en el desarrollo de un tema de los incluidos en el anexo II de la convocatoria. El ejercicio tendrá una puntuación máxima de 10 puntos y quedarán eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

-Segunda parte: Consistirá en el desarrollo de un tema de los incluidos en el anexo III de la convocatoria. El ejercicio tendrá una puntuación máxima de 10 puntos y quedarán eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

-Tercera parte: Consistirá en la respuesta a 20 preguntas tipo test relacionadas con los temas del anexo IV de la convocatoria. Cada respuesta correcta será puntuada con 0,5 puntos. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 10 puntos. Quedarán eliminados aquellos que no obtengan un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio: Ejercicio práctico. Consistirá en la ejecución por escrito de un proyecto de planificación, coordinación y gestión municipal deportiva y cultural escogido por el Tribunal. Este ejercicio tendrá una puntuación máxima de 35 puntos. Quedarán eliminados aquellos que no obtengan una puntuación de 17,5 puntos.

Este ejercicio será leído en acto público por los propios concursantes, con eliminación en caso de no hacerlo. En la lectura el tribunal podrá solicitar aclaraciones de los concursantes.

Tercer ejercicio: Prueba práctica de los aspirantes que demuestre su conocimiento del programa de tratamiento de texto Word. Esta prueba tendrá una valoración máxima de 5 puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la puntuación de 1 punto.

Cuarto ejercicio: Ejercicio psicotécnico. Esta prueba será realizada por el I.N.A.P., tendrá una valoración máxima de 5 puntos y no tendrá carácter eliminatorio.

8.2. Cada miembro del Tribunal efectuará la calificación por separado y la puntuación de cada ejercicio será la media aritmética de las calificaciones del ejercicio de que se trate.

8.3. Finalizada la corrección de cada ejercicio y realizada la apertura de plicas en acto público, el Tribunal hará pública en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento de la Cendea de Olza la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio, con una antelación mínima de 48 horas.

8.4. Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad debiendo exhibirlo cuando sea necesario o requerido al efecto, bajo pena de expulsión o eliminación, salvo acreditación suficiente de la personalidad en el mismo acto por cualquier medio hábil en derecho.

8.5. La puntuación final se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en todas las fases por los aspirantes que hubieran superado las calificaciones mínimas necesarias.

8.6. El Tribunal confeccionará la lista de aprobados y excluidos con la puntuación y por orden de la misma. En caso de empate, se formularán pruebas complementarias de oposición.

9.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará publica, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de la Cendea de Olza la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, y elevará al Ayuntamiento de la Cendea de Olza la propuesta de nombramiento a favor del aspirante que haya obtenido mayor calificación final.

9.2. Dicha propuesta será publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.3. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar en el Registro General del Ayuntamiento la siguiente documentación:

a) Certificado de nacimiento.

b) Documentación acreditativa de la titulación exigida en la base 2.c).

c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

d) Informe acreditativo de la aptitud física, expedido por el colegiado competente mediante certificado médico.

e) Copia compulsada del permiso de conducción, al menos de categoría B.

9.4. Si el aspirante designado dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado. El no cumplimiento, en el plazo señalado, supondrá la pérdida total de los derechos, sin perjuicio, si procediera de acciones por responsabilidades en las declaraciones de presentación de pruebas.

9.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Ayuntamiento de la Cendea de Olza cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

10.-Nombramiento y toma de posesión.

10.1. El Ayuntamiento nombrará, mediante acuerdo, empleado fijo en régimen laboral del Ayuntamiento de la Cendea de Olza, para desempeñar el puesto de trabajo de Coordinador Cultural y Deportivo, al aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en la base anterior.

Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de empleado fijo en régimen laboral del Ayuntamiento de la Cendea de Olza. En tal supuesto, se estará a lo dispuesto en la Base anterior.

11.-Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma, cabe interponer optativamente los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de ésta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

b) Recurso contencioso - administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

c) Recurso de alzada ante el tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

ANEXO I

Don/Doña ..............., provisto de Documento Nacional de Identidad número ............., nacido el día ........, de ..............., de ..........., natural de ............... y con domicilio en ..................., calle ................, C.P. .........., teléfono .................

Expone:

Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2.c) de la convocatoria.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria para la provisión de una plaza de coordinador cultural y deportivo, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número ........ de fecha .................., referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que f si f no desea someterse a las pruebas de euskera.

Por lo expuesto:

Solicita, que teniendo por presentada esta instancia en tiempo y forma, se admita al/la que suscribe a las pruebas de la convocatoria para la provisión de una plaza de Coordinador Cultural y Deportivo, publicada en BOLETIN OFICIAL de Navarra número ......, de fecha ................

Cendea de Olza, a .... de .......... de 2001.

(Firma)

ANEXO II

Temas específicos relacionados con la gestión cultural

Tema 1.-La evolución de las políticas culturales europeas a partir de los años 60: Líneas generales. Las declaraciones de la Unesco y del Consejo de Europa sobre políticas culturales: Orientaciones programáticas.

Tema 2.-La intervención de la administración pública en la dinámica cultural.

Tema 3.-Marco constitucional de la cultura. Normativa aplicada al sector cultural. Derechos de autor.

Tema 4.-La articulación de la acción cultural municipal con otros ámbitos de gestión: organismos estatales, autonómicos, entidades privadas.

Tema 5.-Actualidad cultural en el municipio.

Tema 6.-El teatro y las artes escénicas en la cultura contemporánea. Situación en Navarra.

Tema 7.-Fases de elaboración de proyectos y programas.

Tema 8.-Programas europeos: Cultura 2000.

Tema 9.-Diseño de políticas culturales. Elementos y estrategias de intervención. Criterios y tendencias.

Tema 10.-Estructura y funcionamiento de las organizaciones culturales. Forma jurídica de éstas organizaciones.

ANEXO III

Temas específicos relacionados con la gestión del deporte

Tema 1.-Estamentos públicos y privados que inciden en el desarrollo del deporte. La Administración Pública. Las Entidades privadas. Instituto Navarro de deporte y juventud: organigrama.

Tema 2.-Significado e investigación social del deporte. Hábitos deportivos y consumo: Deporte para todos y deporte profesional. El cliente usuario. Asociacionismo y voluntariado: Elementos colaboradores de los programas deportivos.

Tema 3.-Municipio y deporte: Competencias, elementos intervinientes. Los pequeños municipios en el marco de las leyes deportivas autonómicas.

Tema 4.-La gestión del servicio deportivo municipal: Principios y tendencias. Modelos de gestión. La dirección-gerencia del deporte municipal.

Tema 5.-La planificación deportiva en la administración municipal. Fines, objetivos y metas. Tipos y niveles. Proceso planificador.

Tema 6.-El deporte en el desarrollo socioeconómico del municipio. Necesidad de la intervención de la administración en la rentabilidad del mundo del deporte. Gestión de la calidad en la organización deportiva local.

Tema 7.-Elaboración del diagnóstico. Toma de decisiones. Desarrollo metodológico. Ejecución. Evaluación.

Tema 8.-El deporte en Navarra. Análisis socio-cultural. Características generales de la práctica deportiva. El sistema deportivo local. Elementos que lo integran.

ANEXO IV

Temas de derecho administrativo

Tema 1.-El municipio. Concepto y elementos. Competencias. Organización necesaria y complementaria. Otras entidades locales de Navarra.

Tema 2.-Procedimiento Administrativo y régimen jurídico de las Administraciones Públicas. Actos Administrativos y disposiciones de carácter general. Características de los actos administrativos.

Tema 3.-El procedimiento administrativo. Iniciación del procedimiento. Régimen del silencio administrativo. Instrucción, ordenación y finalización. Régimen de notificaciones. Los recursos de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra.

Tema 4.-Contratos de las administraciones públicas. Normativa aplicable. Clases de contratos administrativos. Actuaciones preparatorias. Procedimientos y forma de adjudicación. Especial referencia a los contratos de asistencia técnica.

Tema 5.-El personal al servicio de las entidades locales de Navarra. Clases. Normativa aplicable. Ambito de aplicación.

Tema 6.-Recursos de las entidades locales de Navarra según la Ley Foral 2/1995 de las Haciendas Locales. Nociones generales de los mismos.

Tema 7.-Presupuestos municipales. Concepto y contenido. Estructura. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 8.-Ejecución y liquidación de los presupuestos. Fases de ejecución. Liquidación.

ANEXO V

Baremo de méritos

Valoración máxima de 25 puntos sin carácter eliminatorio. Las valoraciones máximas parciales serán:

a) Conocimiento de Euskera: Puntuación máxima a obtener en éste apartado 5,25 puntos.

Se otorgará 5,25 puntos a los aspirantes que acrediten el conocimiento mediante aportación de titulo E.G.A. o título oficial equivalente.

Se otorgará una puntuación de entre 0 y 5,25 puntos a los aspirantes que se sometan a las pruebas de conocimiento oral y escrito que realice y califique el personal técnico designado por el Departamento de política lingüística del Gobierno de Navarra.

b) Conocimiento de Inglés, Francés o Alemán: Puntuación máxima a obtener en éste apartado 5 puntos.

Se otorgará 5 puntos a los aspirantes que acrediten el conocimiento de uno de estos idiomas mediante aportación de Certificación de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente.

Se otorgará 1,5 puntos a los aspirantes que acrediten el conocimiento de uno de estos idiomas mediante aportación del Ciclo Elemental expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente.

c) Experiencia en gestión cultural y/o deportiva en Administración Pública, 1,5 puntos por año y en jornada completa (la puntuación se fraccionará por meses de trabajo efectivo acreditado). Se valorará los trabajos prestados como mínimo a media jornada en su proporción correspondiente. Máximo 6 puntos. Deberá acreditarse el mérito mediante presentación de contrato o certificación.

d) Experiencia en gestión cultura y/o deportiva en entidades privada, 1 punto por año y en jornada completa, (la puntuación se fraccionará por meses de trabajo efectivo acreditado). Se valorará los trabajos prestados como mínimo a media jornada en su proporción correspondiente. Máximo 3 puntos. Deberá acreditarse el mérito mediante presentación de contrato.

e) Cursos relacionados con la gestión cultural y deportiva: Máximo 3,75 puntos.

-Por masters realizados en materia de deporte y cultura superiores a 300 horas, por cada master 1 punto. Máximo 2 puntos.

-Cursos de postgrado relacionados con cultura o deporte superiores a 180 horas. Por cada curso 0,5 punto. Máximo 1 punto.

-Por cada curso relacionado con cultura o deporte impartidos por entidades oficiales o reconocidos por ellas con un mínimo de 30 horas, 0,25 puntos. Máximo 0,75 punto.

f) Titulo de grado superior relacionadas con la plaza a cubrir, a valorar por el Tribunal. Por cada título 1,5 puntos. Máximo 1,5 puntos.

g) Publicaciones realizadas sobre temas de cultura o deporte, a valorar por el tribunal. Máximo 0,5 puntos.

Cendea de Olza, a diecinueve de junio de dos mil uno. La Alcaldesa, Miriam Berastegui.

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