BOLETÍN Nº 79 - 29 de junio de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

C A R C A S T I L L O

Convocatoria para la provisión, mediante oposición, de un puesto de Empleado de Servicios Múltiples

1.-Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria pública, la provisión de una plaza de Empleado de Servicios Múltiples, por el sistema de oposición, al servicio del Ayuntamiento de Carcastillo.

1.2. El nombramiento conferirá al designado, a todos los efectos, el carácter de trabajador con contratación indefinida desde la suscripción del contrato sin perjuicio del período de prueba previsto en la Legislación Laboral y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado de las retribuciones correspondientes al nivel "E" de las establecidas en el Decreto Foral 251/1993, Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y demás disposiciones aplicables y para su desempeño, tendrá todos los derechos y deberes que señalan las disposiciones vigentes como empleado laboral por tiempo indefinido del Ayuntamiento de Carcastillo.

1.4. El régimen de jornada de trabajo se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

1.5. La persona designada tendrá el deber de residir en Carcastillo.

2.-Funciones.

Corresponderá al designado las siguientes funciones, a las que se le puede añadir cualquier otra labor propia del Ayuntamiento:

-Mantenimiento y conservación del alumbrado público y de la red municipal de abastecimiento y saneamiento.

-Limpieza y mantenimiento de bienes muebles e instalaciones municipales.

-Labores de jardinería y arbolado de calles y plazas.

-Riego y barrido de calles y plazas.

-Labores con trabajadores.

-Otras similares que se le pudieran encomendar, que sin precisar una especialización concreta, exijan un cierto conocimiento o pericia de oficio. Todas ellas, en el ámbito de su competencia y dentro de su nivel y categoría.

3.-Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitidos a la presente oposición, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano de la Unión Europea y tener 18 años cumplidos.

b) Tener capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

c) Estar en posesión del Certificado de Escolaridad o equivalente.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del Servicio de una Administración Pública.

e) Estar en posesión del carnet de conducir B.

3.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de oposición hasta el momento del nombramiento.

4.-Solicitudes.

4.1. Las solicitudes para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Carcastillo, dentro de los treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes, para ser admitidos, deberán presentar la siguiente documentación:

a) Instancia en modelo oficial, con todos los extremos cumplimentados, según Anexo I de la presente convocatoria y fotocopia del D.N.I. o documento equivalente de identificación.

b) Copia autentificada o fotocopia (que se presentará con el original para su compulsa) del título exigido y del Carné de Conducir o justificación de hallarse en condiciones de obtenerlo al plazo establecido en el apartado 3.2. o declaración prometida o jurada a respecto.

4.3. El plazo señalado para la presentación de las instancias y documentos será improrrogable.

5.-Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el señor Alcalde Presidente, dictará resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.2. Los aspirantes excluidos podrán interponer, dentro de los diez días hábiles siguientes a dicha publicación, las reclamaciones o formular las subsanaciones oportunas.

5.3. Transcurrido el plazo señalado y resueltas las reclamaciones en su caso, el Alcalde Presidente dictará resolución aprobando la lista definitiva de admisiones y exclusiones y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

6.-Tribunal:

Presidente: Don Constantino Alfaro Cortés, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Carcastillo.

Suplente: Don Javier Igal Iguaz, Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Carcastillo.

Vocal: Don Juan Antonio Jiménez Gabari, Concejal del Ayuntamiento de Carcastillo.

Suplente: Doña María Angeles Cortés Compains, Concejala del Ayuntamiento de Carcastillo.

Vocal: Representante designado por el grupo U.P.N., Concejal del Ayuntamiento de Carcastillo.

Suplente: Representante designado por el grupo U.P.N., Concejal del Ayuntamiento de Carcastillo.

Vocal: Doña María Mar Valdemoros Remón. Concejala del Ayuntamiento de Carcastillo.

Suplente: El designado por ella.

Vocal: Don Mariano Bonel Laguardia, representante Sindical del Ayuntamiento.

Suplente: Don Alberto Sanz Sopeña, empleado del Ayuntamiento.

Secretaria: Doña Begoña San Martín Amor, Secretaria del Ayuntamiento de Carcastillo.

Suplente: El designado por ella.

6.2. El Tribunal se constituirá antes del inicio de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. Las decisiones serán adoptadas por mayoría de los miembros presentes, decidiendo los empates el voto de calidad del Presidente.

6.4. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

6.5. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención presentes en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal, cuando concurran las aludidas circunstancias en la forma y condiciones previstas en la misma Ley.

Si por recusación, abstención u otras causas, aún con suplentes, no pudiera constituirse el Tribunal por falta de miembros, queda facultado el señor Alcalde para designar a los nuevos miembros y los suplentes precisos para solventar tal situación sin perjuicio de que el Pleno de la Corporación pueda hacerlo en su totalidad.

6.6. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal exclusivamente en el ámbito de aquéllas.

7.-Comienzo y desarrollo de la oposición.

7.1. De conformidad con el artículo 16.J de Reglamento de Ingreso de Administraciones Públicas de Navarra, la oposición dará comienzo como mínimo a partir de los dos meses de la fecha de publicación de la convocatoria. En la resolución aprobatoria de la lista de admitidos y excluidos, se determinará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas.

7.2. La oposición constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio. Constará de dos pruebas, consistentes en contestar por escrito a cuestionarios preparados al efecto por el Tribunal, que versarán sobre:

a) Realización de un dictado de unas 200 palabras aproximadamente.

Valor de la prueba: 10 puntos. Las faltas de ortografía descuentan 0,50 puntos. El error en acentuación descuenta 0,10 puntos. La puntuación mínima para pasar al siguiente ejercicio ha de ser de 4 puntos.

b) Resolución de 5 problemas de matemáticas de nivel básico. Para la realización de esta prueba no podrán utilizar máquinas calculadoras.

Valor de la prueba: 10 puntos. El planteamiento correcto del problema, aunque la solución sea errónea será de 1 punto. El problema bien planteado con la solución correcta serán 2 puntos. La puntuación mínima para pasar al siguiente ejercicio ha de ser de 4 puntos.

Segundo ejercicio. Consistirá en la realización de dos pruebas de carácter práctico y una teórica relacionadas con el trabajo a realizar y que serán las siguientes:

a) Prueba práctica en relación con trabajos de albañilería, electricidad, fontanería y soldadura. Valor total de la prueba 20 puntos, con un máximo de 5 puntos en cada especialidad. La puntuación mínima para pasar al siguiente ejercicio ha de ser de 2,5 puntos en cada una de las especialidades.

b) Prueba práctica en relación con el mantenimiento y manejo de retroexcavadora. Valor de la prueba 10 puntos. La puntuación mínima para pasar al siguiente ejercicio ha de ser de 5 puntos.

c) Conocimientos de jardinería y arbolado. Valor de la prueba 5 puntos. La puntuación mínima para pasar al siguiente ejercicio ha de ser de 2,5 puntos.

Tercer ejercicio. Consistirá en pruebas psicotécnicas encaminadas a evaluar la aptitud e idoneidad de los aspirantes para el ejercicio del puesto de trabajo a realizar por personal del Servicio de Sicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública, atendiendo al perfil que previamente haya sido determinado por la Alcaldía. La puntuación máxima es de 25 puntos.

Cuarto ejercicio. Consistirá en contestar a 20 preguntas en relación con el término municipal. Valor de la prueba 20 puntos, dándose una puntuación máxima de 1 puntos por cada una de las respuestas.

7.3. No será obligatoria la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de fechas, horas y lugar de los sucesivos anuncios de pruebas, si bien deberán hacerse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Carcastillo, con un mínimo de cuarenta y ocho horas de antelación o veinticuatro si se trata de la continuación de alguna prueba inicial.

El llamamiento será único para cada ejercicio, quedando eliminados aquellos aspirantes que no se presenten en las fechas, horas y lugares anunciados por cualquier motivo.

Podrá anunciarse conjuntamente la celebración de varias pruebas y tener lugar más de una en la misma fecha.

7.4. Todos los aspirantes deberán acudir a las pruebas provistos de Documento Nacional de Identidad o asimilado legalmente y exhibirlo cuando sean requeridos al efecto, so pena de expulsión y eliminación, salvo acreditación suficiente de la personalidad en el mismo acto por cualquier medio hábil en Derecho.

El copiar de notas y otros fraudes en las pruebas serán causa de exclusión inmediata, sin perjuicio de actuaciones penales, si procediese.

7.5. Las pruebas serán realizadas por especialistas que las valorarán y puntuarán e informarán de dichas puntuaciones al Tribunal, el cual podrá proceder a revisar las mismas si así lo estiman oportuno.

7.6. Una vez terminado y valorado cada ejercicio, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en los locales donde se hayan celebrado las pruebas, la lista de los aspirantes, y asimismo el lugar, la fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

8.-Relación de puntuaciones y propuesta del Tribunal.

8.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal confeccionará y hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, una lista con las puntuaciones de mayor a menor.

8.2. El Tribunal elevará la propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación al órgano competente. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

9.-Presentación de documentos.

9.1. Dentro de los treinta días naturales, siguientes a la publicación en el Tablón de Anuncios de la Corporación y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá presentar en el Registro General municipal, los siguientes documentos:

a) Certificado del acta de nacimiento.

b) Copia autenticada o fotocopia (a compulsar con el original que se presentará en las oficinas municipales) de la titularidad exigida y carnet de conducir.

c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

d) Certificado médico, acreditativo de que el interesado no parece enfermedad o defecto físico o psíquico para el ejercicio de las funciones propias del cargo.

9.2. Quien dentro del plazo indicado y salvo los casos de fuerza mayor, suficientemente justificados, no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad de su instancia.

9.3. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la baja se cubrirá con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 8.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

10.-Nombramiento y toma de posesión.

10.1. Concluido el proceso selectivo y aportados por el aspirante aprobado los documentos a que se refiere la base 9.1., el Pleno del Ayuntamiento, procederá a su nombramiento como Empleado de Servicios Múltiples, al servicio del Ayuntamiento de Carcastillo.

El aspirante nombrado deberá suscribir el contrato en el plazo de un mes, a contar desde la notificación del nombramiento, con incorporación inmediata a su trabajo. Si en dicho plazo, salvo por causas de fuerza mayor, no firmara el contrato y no se incorporara a su puesto de trabajo, perderá todos sus derechos y se cubrirá la plaza con el aspirante que conste a continuación en la relación de aprobados.

11.-Recursos.

Contra la convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de las mismas cabe interponer los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes, contando a partir del día siguiente a la notificación.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación.

c) Recurso contencioso - administrativo ante el Juzgado o Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de la notificación.

Carcastillo, a veintisiete de abril de dos mil uno. El Alcalde, Constantino Alfaro Cortés.

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