BOLETÍN Nº 63 - 23 de mayo de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

E G Ü E S

II Concurso de Pintura

El Pleno del Ayuntamiento del Valle de Egüés, en sesión celebrada el día 19 de abril de 2001, acordó aprobar el II Concurso de Pintura con las siguientes Bases:

BASES DEL II CONCURSO DE PINTURA DEL AYUNTAMIENTO DEL VALLE DE EGÜES

I.-Objeto del concurso.

1.ª Es objeto del II Concurso de Pintura del Ayuntamiento del Valle de Egüés la promoción de la actividad artística, concretamente la de pintura, la difusión de los distintos aspectos de la naturaleza y sociedad del municipio y la adquisición de obras que enriquezcan el patrimonio artístico del mismo.

II.-Participantes.

2.ª Pueden participar en el concurso cualesquiera artistas empadronados en cualquier municipio de Navarra, sin límite alguno de edad.

3.ª No obstante, se establece un premio especial para el que sea considerado como el mejor artista del Valle entre los concurrentes. Este premio se adjudicará a aquél de los concursantes designado por el Jurado que se encuentre empadronado en el Valle de Egüés en el momento de aprobación por el Pleno del Ayuntamiento de las presentes Bases.

4.ª Cada participante podrá presentar un máximo de una sola obra.

III.-Las obras.

5.ª Las obras que se presente tendrán como motivo necesario y principal los paisajes o lugares del Valle de Egüés.

6.ª Las obras a presentar serán de técnica libre. Deberán ser inéditas y no presentadas en ningún otro concurso o exposición.

IV.-Técnica y presentación.

7.ª Las obras que se presenten se ejecutarán en la técnica que libremente elijan los concursantes.

8.ª El formato de las obras respetará las dimensiones mínimas de 65x50 y máximas de 130x89.

Se presentarán en listón de madera de 3 centímetros de ancho como máximo en el frente, sin cristal.

IV.-Lugar, forma y plazo de presentación de las obras.

9.ª Las obras se presentarán en el Ayuntamiento del Valle de Egüés.

10. Las obras se identificarán con un lema en su dorso. A cada una de ellas se acompañará un sobre cerrado. En su exterior se expresará el lema de la obra a que corresponda. Y en su interior se incluirán los datos personales del artista: Nombre y dos apellidos, dirección, D.N.I., número de teléfono, como mínimo.

Si los participantes deseasen presentar su obra al premio por mejor artista local, en el lema del sobre se hará constar la expresión "Artista Local".

V.-Jurado.

11. El Jurado será designado por el Pleno del Ayuntamiento del Valle de Egüés, antes del último día de presentación de obras.

12. El Jurado se constituirá válidamente con la mitad más uno de sus componentes y adoptará acuerdos por mayoría de presentes.

13. El Jurado emitirá su fallo dentro del plazo de dos meses, desde el día siguiente al último de presentación de obras.

VI.-Premios.

14. Se establecen los siguientes premios:

A) Generales:

1.º Primer premio, dotado con la cantidad de 250.000 pesetas y diploma.

2.º Segundo premio, dotado con la cantidad de 150.000 pesetas y diploma.

3.º Tercer premio, dotado con la cantidad de 100.000 pesetas y diploma.

B) Premio especial al mejor artista local: Dotado con 150.000 pesetas y placa.

A las citadas cantidades se practicarán las retenciones que legalmente procedan.

15. No podrán concederse a la misma persona el primero de los generales y el especial al mejor artista local.

16. El Jurado podrá declarar desierto cualquiera o todos los premios.

17. El fallo del jurado será inapelable.

VII.-Propiedad de las obras premiadas.

18. Las obras premiadas pasarán a propiedad del Ayuntamiento del Valle de Egüés, quien dará a las mismas el destino que considere oportuno.

19. Los participantes no premiados podrán retirar las obras presentadas dentro del plazo de seis meses siguientes desde el momento en que el Jurado adopte el fallo. Transcurrido este tiempo sin que su autor las haya retirado de las dependencias municipales, pasarán igualmente a propiedad municipal.

20. El Ayuntamiento podrá organizar, tras conocerse el fallo del Jurado, una exposición con todas las obras presentadas al concurso que, como máximo tendrá una duración de un mes. Los participantes están obligados a prestar sus obras a dicho fin siempre que no haya transcurrido el plazo de seis meses desde el fallo del Jurado.

VIII.-Pérdidas o deterioros

21. El Ayuntamiento del Valle de Egüés no responde de las pérdidas o deterioros de las obras que pudieran producirse, y declina cualquier responsabilidad por tales hechos.

No obstante, velará por la buena conservación de las obras durante el tiempo que estén bajo su custodia.

IX.-Aceptación de las presentes Bases

22. La presentación de obras al concurso supondrá la aceptación de todas y cada una de las presentes Bases y la aceptación del fallo del jurado.

Egüés, veinticuatro de abril de dos mil uno. El Alcalde, Ignacio Galipienzo Jiménez.

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