BOLETÍN Nº 62 - 21 de mayo de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NAVARRA. Edictos de notificación.

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 5 de diciembre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 00-6280, interpuesto por don Francisco Gallego Sáez de Maturana, contra providencia de apremio dictada por la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de julio de 2000 (expediente municipal número 35374/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

En la ciudad de Pamplona, a cinco de diciembre de dos mil.

Por recibido el recurso de alzada número 00-6280, interpuesto por don Francisco Gallego Sáez de Maturana, contra providencia de apremio dictada por la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de julio de 2000 (expediente municipal número 35374/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Observada la omisión padecida, se requiere al recurrente señor Gallego Sáez de Maturana, a fin de que, en plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane la omisión en que ha incurrido realizando las siguientes actuaciones:

-Se persone en la Secretaría de este Tribunal, al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 2.172 de este Tribunal, de fecha 9 de noviembre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 00-2923, interpuesto por don Jorge Sánchez Valverde Amatriain, contra providencia de apremio dictada por la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 13 de septiembre de 1999 (expediente municipal número 22103/97), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 2.172.

Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

Vocales: Don Juan José Azcona Otano y doña María Asunción Erice Echegaray.

En la ciudad de Pamplona, a nueve de noviembre de dos mil.

Visto el expediente del recurso de alzada número 00-2923, interpuesto por don Jorge Sánchez Valverde Amatriáin, contra providencia de apremio dictada por la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 13 de septiembre de 1999 (expediente municipal número 22103/97), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Antecedentes de Hecho.

1.º El recurrente propuso la práctica de diligencias de instrucción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1 a) del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Fundamentos de Derecho.

Unico.-A tenor de lo dispuesto en el artículo 16.1 del referido Decreto Foral, "A instancia de parte, el Tribunal Administrativo de Navarra podrá acordar la apertura de un período de prueba, por plazo no superior a treinta días hábiles ni inferior a diez, a fin de que puedan practicarse cuantas juzgue pertinentes.(...)".

Por lo expuesto, el Tribunal,

Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Juan Andrés Ciordia. Juan José Azcona. María Asunción Erice. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 2.336 de este Tribunal, de fecha 13 de diciembre de 2000, dictada en los recursos de alzada números 00-1363 y 00-4475, interpuestos por don Eliseo López López, contra dos diligencias de embargo del Recaudador Ejecutivo del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fechas 30 de noviembre de 1999 y 13 de marzo de 2000 (expediente municipal número 11989/97), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 2.336.

Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

Vocales: Don Juan José Azcona Otano y doña María Asunción Erice Echegaray.

En la ciudad de Pamplona, a trece de diciembre de dos mil.

Vista la directa conexión existente entre los expedientes de los recursos de alzada números 00-1363 y 00-4475, interpuestos ambos por don Eliseo López López contra dos diligencias de embargo del Recaudador Ejecutivo del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fechas 30 de noviembre de 1999 y 13 de marzo de 2000 (expediente municipal número 11989/97), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Antecedentes de Hecho.

1.º Con fecha 1 de marzo de 2000 se interpuso por don Eliseo López López recurso de alzada contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 30 de noviembre de 1999 (expediente municipal número 11989/97), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico; recurso que se tramita en este Tribunal con el número 00-1363.

2.º Con fecha 19 de julio de 2000, don Eliseo López López interpuso recurso de alzada contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 13 de marzo de 2000 (expediente municipal número 11989/97), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico; tramitándose en este Tribunal con el número 00-4475.

Fundamentos de Derecho.

Unico.-Este Tribunal, a tenor de lo preceptuado en el artículo 14 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, puede disponer en cualquier estado del procedimiento la acumulación de los recursos cuando entre ellos exista una conexión directa.

Acuerda: Disponer la acumulación de los recursos de alzada relacionados en el encabezamiento de la presente Providencia Resolutoria, interpuestos por el señor que así mismo se expresa, para su decisión en una única resolución.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Juan Andrés Ciordia. Juan José Azcona. María Asunción Erice. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 22 de enero de 2001, dictada en el recurso de alzada número 01-0337, interpuesto por doña María Amaya San Gil Sorbet, contra resolución de la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 22 de diciembre de 2000, desestimatoria de recurso de reposición contra providencia de apremio (expediente municipal número 440056/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

En la ciudad de Pamplona, a veintidós de enero de dos mil uno.

Por recibido el recurso de alzada número 01-0337, interpuesto por doña María Amaya San Gil Sorbet, contra resolución de la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 22 de diciembre de 2000, desestimatoria de recurso de reposición contra providencia de apremio (expediente municipal número 440056/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Observada la omisión padecida, pues el escrito de recurso aparece sin firmar por la recurrente (firmado por orden), se requiere a la Sra. San Gil Sorbet, a fin de que, en plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane la omisión en que ha incurrido realizando las siguientes actuaciones:

-Se persone en la Secretaría de este Tribunal, al objeto de proceder a la firma del escrito de recurso.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 9 de febrero de 2001, dictada en el recurso de alzada número 01-0607, interpuesto por don José María Napal Anaut, contra resolución sancionadora del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expediente municipal número 34798/00), sobre sanción por infracción normas de circulación, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

En la ciudad de Pamplona, a nueve de febrero de dos mil uno.

Por recibido el recurso de alzada número 01-0607, interpuesto por don José María Napal Anaut, contra resolución sancionadora del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expediente municipal número 34798/00), sobre sanción por infracción normas de circulación.

Observadas las omisiones padecidas, se requiere al recurrente señor Napal Anaut, a fin de que, en plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido realizando las siguientes actuaciones:

1.º Remita a este Tribunal resolución o acuerdo que se recurre (expte. municipal número 34798/00).

2.º Indique por escrito su domicilio a efectos de notificaciones.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 19 de diciembre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 00-6567, interpuesto por don Víctor Echaide Goñi, contra notificación Agencia Ejecutiva del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre reclamación en vía ejecutiva, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

R.A. número 00-6567.

En la ciudad de Pamplona, a diecinueve de diciembre de dos mil.

Por recibido el recurso de alzada, interpuesto por don Víctor Echaide Goñi, contra notificación Agencia Ejecutiva del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre reclamación en vía ejecutiva.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

-Notificación Agencia Ejecutiva que se recurre (expte. municipal número 20560).

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 8 de noviembre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 00-5840, interpuesto por doña Miren Nekane Hualde Alfaro, contra notificación de la Agencia Ejecutiva, sobre reclamación en vía ejecutiva, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

R.A. número 00-5840.

En la ciudad de Pamplona, a ocho de noviembre de dos mil.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por doña Miren Nekane Hualde Alfaro, contra notificación de la Agencia Ejecutiva, sobre reclamación en vía ejecutiva.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

-Notificación Agencia Ejecutiva que se recurre (expte. municipal número 16642/99).

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 19 de diciembre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 00-6512, interpuesto por doña Cándida Romero López, contra notificación Agencia Ejecutiva del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre reclamación en vía ejecutiva, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

R.A. número 00-6512.

En la ciudad de Pamplona, a diecinueve de diciembre de dos mil.

Por recibido el recurso de alzada, interpuesto por doña Cándida Romero López, contra notificación Agencia Ejecutiva del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre reclamación en vía ejecutiva.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

-Notificación Agencia Ejecutiva que se recurre.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 2.370 de este Tribunal, de fecha 19 de diciembre de 2000, dictada en los recursos de alzada número 00-3783 y 00-3784, interpuestos ambos por don Cipriano Martín Razquin Urmeneta el primero contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 18 de abril de 2000 (expediente municipal número 5426/99) y el segundo contra providencia de embargo del citado Recaudador Ejecutivo de fecha 10 de abril de 2000 (expediente municipal número 5426/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 2.370.

Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

Vocales: Don Juan José Azcona Otano y doña María Asunción Erice Echegaray.

En la ciudad de Pamplona, a diecinueve de diciembre de dos mil.

Vista la directa conexión existente entre los expedientes de los recursos de alzada números 00-3783 y 00-3784, interpuestos ambos por don Cipriano Martín Razquin Urmeneta el primero contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 18 de abril de 2000 (expediente municipal número 5426/99) y el segundo contra providencia de embargo del citado Recaudador Ejecutivo de fecha 10 de abril de 2000 (expediente municipal número 5426/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Antecedentes de Hecho.

1.º Con fecha 19 de junio de 2000 se interpuso por don Cipriano Martín Razquin Urmeneta recurso de alzada contra diligencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 18 de abril de 2000 (expediente municipal número 5426/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico; recurso que se tramita en este Tribunal con el número 00-3783.

2.º Con fecha 19 de junio de 2000, don Cipriano Martín Razquin Urmeneta interpuso recurso de alzada contra providencia de embargo del Recaudador Ejecutivo del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 10 de abril de 2000 (expediente municipal número 5426/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico; tramitándose en este Tribunal con el número 00-3874.

Fundamentos de Derecho.

Unico. Este Tribunal, a tenor de lo preceptuado en el artículo 14 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, puede disponer en cualquier estado del procedimiento la acumulación de los recursos cuando entre ellos exista una conexión directa.

Acuerda: Disponer la acumulación de los recursos de alzada relacionados en el encabezamiento de la presente Providencia Resolutoria, interpuestos por el señor que así mismo se expresa, para su decisión en una única resolución.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Juan Andrés Ciordia. Juan José Azcona. María Asunción Erice. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 185 de este Tribunal, de fecha 7 de febrero de 2001, dictada en el recurso de alzada número 00-6238, interpuesto por don Francisco Javier Goñi Cía, contra providencia de apremio dictada por la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de julio de 2000 (expediente municipal número 540574/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 185.

Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

Vocales: Don Juan José Azcona Otano y doña María Asunción Erice Echegaray.

En la ciudad de Pamplona, a siete de febrero de dos mil uno.

Visto el expediente del recurso de alzada número 00-6238, interpuesto por don Francisco Javier Goñi Cía contra providencia de apremio dictada por la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de julio de 2000 (expediente municipal número 540574/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Antecedentes de Hecho.

1.º El recurrente propuso la práctica de diligencias de instrucción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1 a) del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Fundamentos de Derecho.

Unico. A tenor de lo dispuesto en el artículo 16.1 del referido Decreto Foral, "A instancia de parte, el Tribunal Administrativo de Navarra podrá acordar la apertura de un período de prueba, por plazo no superior a treinta días hábiles ni inferior a diez, a fin de que puedan practicarse cuantas juzgue pertinentes. (...)".

Por lo expuesto, el Tribunal,

Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Juan Andrés Ciordia. Juan José Azcona. María Asunción Erice. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 2.055 de este Tribunal, de fecha 24 de octubre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 00-1362, interpuesto por don Eduardo Ibiricu Urriza, contra diligencia de embargo del Jefe de la Sección de Recaudación Ejecutiva del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expedientes municipales números 24712/95, 11762/96 y 6028/97), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multas de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 2.055.

Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

Vocales: Don Juan José Azcona Otano y doña María Asunción Erice Echegaray.

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de octubre de dos mil.

Visto el expediente del recurso de alzada número 00-1362, interpuesto por don Eduardo Ibiricu Urriza, contra diligencia de embargo del Jefe de la Sección de Recaudación Ejecutiva del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona (expedientes municipales números 24712/95, 11762/96 y 6028/97), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multas de tráfico.

Antecedentes de Hecho.

Examinado el presente expediente, resulta:

1.º El recurrente acompañó a su escrito de recurso, como acto recurrido, fotocopia de una diligencia de "embargo de sueldos, salarios y pensiones" por importe de 45.800 pesetas. En dicha fotocopia no aparece reflejada la fecha de la diligencia.

2.º El Ayuntamiento de Pamplona, al remitir el expediente administrativo, remitió una diligencia, de fecha 3 de julio de 1998, que ordena el embargo de cantidad a devolver por la liquidación del IRPF 1187/1998, por importe de 7.708 pesetas.

3.º Dado que la diligencia recibida del Ayuntamiento no coincide con la recurrida, mediante Providencia de fecha 5 de junio se reclamó esta última al Ayuntamiento de Pamplona. La Corporación municipal remite una nueva diligencia de embargo, esta vez por importe de 30.402 pesetas, de fecha 29 de mayo de 2000, que embarga "Devoluciones Fiscales, Subvenciones...".

4.º Ninguna de las dos diligencias de embargo remitidas por el Ayuntamiento de Pamplona coincide con la aportada por el recurrente como acto recurrido. Y siendo necesario para la resolución del presente recurso, procede recabar del Ayuntamiento de Pamplona los documentos que se concretan en la parte dispositiva de la presente Providencia.

Fundamentos de Derecho.

Unico.-El artículo 18.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, el Tribunal Administrativo de Navarra podrá recabar de la entidad local cuyos actos o acuerdos se recurran, de la Administración de la Comunidad Foral y de otros organismos públicos, los antecedentes, informes técnicos o actuaciones que se considere necesarios para la resolución de los recursos.

Por todo lo expuesto, el Tribunal, para mejor proveer,

Acuerda: Requerir al Ayuntamiento de Pamplona a fin de que, en plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de la presente Providencia, remita a este Tribunal los siguientes documentos:

1.º Copia diligenciada completa de la diligencia de "embargo de sueldos, salarios y pensiones" por importe de 45.800 ptas. cuya fotocopia acompañó el recurrente a su escrito de recurso.

2.º Certificación acreditativa del concepto o conceptos a que corresponde tal importe de 45.800 ptas.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Juan Andrés Ciordia. Juan José Azcona. María Asunción Erice. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 4 de diciembre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 00-6255, interpuesto por doña Isabel Eraso Munárriz, sobre reclamación en vía ejecutiva, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

R.A. número 00-6255.

En la ciudad de Pamplona, a cuatro de diciembre de dos mil.

Por recibido el recurso de alzada interpuesto por doña Isabel Eraso Munárriz, sobre reclamación en vía ejecutiva.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

-Notificación Agencia Ejecutiva que se recurre.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 14 de diciembre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 00-6423, interpuesto por don José Manuel González del Río, contra resolución sancionadora del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre infracción normas de circulación, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

R.A. número 00-6423.

En la ciudad de Pamplona, a catorce de diciembre de dos mil.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don José Manuel González del Río, contra resolución sancionadora del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, sobre infracción normas de circulación.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

-Resolución o acuerdo que se recurre.

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 26 de diciembre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 00-6600, interpuesto por don Eduardo José Simón Liberal, contra notificación de embargo sobre reclamación en vía ejecutiva, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

R.A. número 00-6600.

En la ciudad de Pamplona, a veintiséis de diciembre de dos mil.

Por recibido recurso de alzada interpuesto por don Eduardo José Simón Liberal contra notificación de embargo sobre reclamación en vía ejecutiva.

Requiérase al recurrente a fin de que, en el plazo de diez días hábiles, que se contarán a partir del siguiente al de la notificación de esta Providencia, subsane las omisiones en que ha incurrido, remitiendo a este Tribunal los siguientes documentos:

-Notificación de embargo en que conste la entidad que ordenó el embargo (expte. municipal número 190866/99).

Todo ello a tenor de lo preceptuado en los artículos 11 y 12.1 del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo, significándole que, de no hacerlo en el expresado plazo, se ordenará el archivo de las actuaciones.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia de este Tribunal, de fecha 15 de febrero de 2001, dictada en el recurso de alzada número 01-0730, interpuesto por don Ignacio Lima Zabalegui, con entrada en el Registro General de la Delegación del Gobierno de Navarra el 10 de febrero de 2001, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia.

Señor Presidente: Don Roberto Rubio Torrano.

En la ciudad de Pamplona, a quince de febrero de dos mil uno.

Por recibido escrito formulado por don Ignacio Lima Zabalegui, con entrada en el Registro General de la Delegación del Gobierno de Navarra el 10 de febrero de 2001, y registrado en este Tribunal con el número 01-0730.

Dado que se ha producido un error en el lugar de presentación, procédase a remitir el referido escrito a la Dirección General de Tráfico, para que se le dé la tramitación que corresponda.

Notifíquese la presente providencia al interesado, para su conocimiento y demás efectos.

Lo manda y firma el señor Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, de que certifico".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 158 de este Tribunal, de fecha 2 de febrero de 2001, dictada en el recurso de alzada número 00-5561, interpuesto por don Ignacio Simón Liberal, contra providencia de apremio dictada por la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de julio de 2000 (expediente municipal número 38799/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 158.

Presidente: Don Juan Andrés Ciordia Segura.

Vocales: Don Juan José Azcona Otano y doña María Asunción Erice Echegaray.

En la ciudad de Pamplona, a dos de febrero de dos mil uno.

Visto el expediente del recurso de alzada número 00-5561, interpuesto por don Ignacio Simón Liberal, contra providencia de apremio dictada por la Alcaldía del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 27 de julio de 2000 (expediente municipal número 38799/99), sobre reclamación en vía ejecutiva importe multa de tráfico.

Antecedentes de Hecho.

1.º El recurrente propuso la práctica de diligencias de instrucción de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.1 a) del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, según la redacción dada al mismo por Decreto Foral 173/1999, de 24 de mayo.

Fundamentos de Derecho.

Unico. A tenor de lo dispuesto en el artículo 16.1 del referido Decreto Foral, "A instancia de parte, el Tribunal Administrativo de Navarra podrá acordar la apertura de un período de prueba, por plazo no superior a treinta días hábiles ni inferior a diez, a fin de que puedan practicarse cuantas juzgue pertinentes.(...)".

Por lo expuesto, el Tribunal,

Acuerda: Declarar pertinente la prueba documental propuesta por la parte recurrente, y para su práctica tener por reproducidos tanto los documentos acompañados al escrito de recurso como los integrantes del expediente administrativo remitido por el Ayuntamiento de Pamplona.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Juan Andrés Ciordia. Juan José Azcona. María Asunción Erice. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Edicto de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación al recurrente de la Providencia Resolutoria número 2.268 de este Tribunal, de fecha 24 de noviembre de 2000, dictada en el recurso de alzada número 99-2053, interpuesto por don José Luis Barbarin Avinzano, en nombre y representación de ICB Rehabilitación Promoción Construcción, S.L.", contra resolución de la Concejala Delegada de Planeamiento del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 22 de febrero de 1999, sobre denegación de licencia de obras para reforma de viviendas, cuyo texto, literalmente copiado, dice así:

"Providencia Resolutoria número 2.268.

Presidente: Don Juan Luis Beltrán Aguirre.

Vocales: Don Carlos Arroyo Izarra y doña María Jesús Moreno Garrido.

En la ciudad de Pamplona, a veinticuatro de noviembre de dos mil.

Visto el expediente del recurso de alzada número 99-2053, interpuesto por don José Luis Barbarin Avinzano, en nombre y representación de ICB Rehabilitación Promoción Construcción, S.L., contra resolución de la Concejala Delegada de Planeamiento del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona de fecha 22 de febrero de 1999, sobre denegación de licencia de obras para reforma de viviendas.

Antecedentes de Hecho.

1.º El recurrente, en su escrito de recurso y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.2 del Decreto Foral 57/1994, de 7 de marzo, por el que se da nueva redacción al Capítulo II del Reglamento de desarrollo de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, propuso las diligencias de instrucción de que intenta valerse.

2.º Este Tribunal, por medio de Providencia de su Presidente de fecha 29 de junio de 1999, y de conformidad con lo que establece el artículo 12.3 del referido Decreto, concedió a la Corporación recurrida un plazo de un mes a fin de que pudiera presentar escrito de informe o alegaciones; habiéndose emitido tal informe, sin que en el mismo se propusiera prueba alguna.

Fundamentos de Derecho.

Unico. El artículo 16.1 del mencionado Decreto Foral, dispone que "de oficio o a instancia de parte, cuando lo considere estrictamente necesario para dictar su resolución, el Tribunal Administrativo de Navarra podrá acordar la apertura de un periodo de prueba, por plazo no superior a treinta días hábiles ni inferior a diez, a fin de que puedan practicarse cuantas juzgue pertinentes.

Por todo lo expuesto, el Tribunal,

Acuerda: No haber lugar a la práctica de la prueba propuesta, por no considerarlo necesario para dictar resolución.

Lo mandaron y firman los señores del margen. Juan Luis Beltrán. Carlos Arroyo. María Jesús Moreno. Certifico. María Carmen Lorente, Secretaria".

Pamplona, veintidós de febrero de dos mil uno.-El Presidente del Tribunal Administrativo de Navarra, Roberto Rubio Torrano.

Código del anuncio: A0