BOLETÍN Nº 62 - 21 de mayo de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL de 9 de mayo de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regula el traslado a pastos de animales de las especies sensibles a la fiebre aftosa.

Mediante Orden Foral de 27 de abril de 2001 se establecieron medidas complementarias para la protección de la prevención de la fiebre aftosa.

La disposición final de la citada Orden Foral establece la aplicación de las medidas hasta que las circunstancias sanitarias de la evolución de la fiebre aftosa en la Unión Europea hagan posible el fin de su aplicación.

Mediante Orden de 7 de mayo de 2001, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, relativa a las restricciones al movimiento de animales de especies sensibles a la fiebre aftosa, se permiten movimientos de animales hasta ahora limitados o condicionados.

Procede, por tanto, regular únicamente el traslado a pastos de las especies sensibles, suprimiendo el resto de medidas complementarias.

En consecuencia, y en ejercicio de la potestad reglamentaria que me otorga el artículo 36.2 de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y la Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

Artículo único.-El traslado a pastos de animales sensibles a la fiebre aftosa estará sujeto a autorización previa del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.

En todo caso, continuará prohibido el traslado de animales de la especie porcina para aprovechamiento de pastos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Queda derogada la Orden Foral de 27 de abril de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se regulaban determinadas medidas complementarias de protección para la prevención de la fiebre aftosa.

Segunda.-Esta Orden Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y se aplicará desde el 9 de mayo hasta que las circunstancias sanitarias de la evolución de la fiebre aftosa en la Unión Europea hagan posible el fin de su aplicación.

Pamplona, nueve de mayo de dos mil uno.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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