BOLETÍN Nº 25 - 23 de febrero de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Autoridades y Personal

CONVOCATORIA de concurso-oposición para la confección de una lista para contrataciones administrativas temporales de técnicos traductores de vascuence al servicio del Parlamento de Navarra.

La Mesa del Parlamento de Navarra, en sesión celebrada el día 29 de enero de 2001, adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo.

Primero.-Aprobar la convocatoria de concurso-oposición para la confección de una lista para contrataciones administrativas temporales de Técnicos Traductores de vascuence cuya selección se ajustará a las bases que se adjuntan.

Segundo.-Ordenar su publicación en el "Boletín Oficial del Parlamento de Navarra".

Pamplona, doce de febrero de dos mil uno.-El Presidente, José Luis Castejón Garrués.

Convocatoria de concurso-oposición para la confección de una lista para contrataciones administrativas temporales de Técnicos Traductores de vascuence al servicio del Parlamento de Navarra

Base 1.ª 1. Se convoca concurso-oposición para la confección de una lista para contrataciones administrativas temporales de técnicos traductores de vascuence que sean precisas durante los años 2001-2004, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento sobre contratación de personal, con carácter temporal, al servicio del Parlamento de Navarra ("Boletín Oficial del Parlamento de Navarra" número 30, de 19 abril 1999).

2. La relación entre la Cámara y las personas seleccionadas se efectuará mediante contrato administrativo temporal conforme a lo previsto en el artículo 2 del citado Reglamento. Los contratados desempeñarán las funciones a que hace referencia el artículo 8.º2 del Estatuto del Personal del Parlamento de Navarra y el artículo 20.2 del Reglamento de organización de la Administración del Parlamento de Navarra.

3. El régimen de prestación de servicios será el establecido para los técnicos traductores de vascuence de la Cámara.

Base 2.ª Para optar a este proceso de selección será imprescindible reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española.

b) Ser mayor de edad.

c) Hallarse en posesión del título universitario de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.

d) Estar en posesión del título oficial de euskera oficialmente reconocido (E.G.A., Escuela Oficial de Idiomas o Euskaltzaindia).

e) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el desempeño de sus funciones.

f) No estar inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Base 3.ª 1. Las solicitudes para tomar parte en este concurso-oposición deberán dirigirse al excelentísimo Señor Presidente del Parlamento de Navarra y se presentarán, en forma de instancia, según modelo oficial anexo, en el Registro General del Parlamento en días hábiles de nueve a catorce treinta horas y de diecisiete a diecinueve horas, en un plazo que expirará a los quince días naturales de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

2. Los candidatos consignarán en la instancia su nombre y apellidos, edad, domicilio a efectos de notificación y teléfono, en su caso, así como que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda, referidos siempre a la fecha en que expire el plazo señalado para la presentación de solicitudes, y que, en caso de que fuere contratado, presentará los documentos justificativos de los requisitos exigidos.

3. Asimismo, se acompañará a la instancia la relación de méritos alegados y documentación acreditativa de los mismos, clasificados conforme a lo establecido en la base 6.ª de la presente convocatoria.

Base 4.ª 1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente del Parlamento aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, la cual se hará pública en el Tablón de Anuncios del Parlamento de Navarra. En esta lista constará el nombre y apellidos de los candidatos admitidos.

2. Los interesados podrán interponer, en el plazo de dos días hábiles, las reclamaciones que consideren oportunas contra la lista provisional.

3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y, en su caso, resueltas éstas, el Presidente del Parlamento aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Parlamento de Navarra.

Base 5.ª 1. El tribunal que realizará el proceso de selección estará formado por:

Presidente: Ilustrísimo señor don José M.ª Aierdi Fernández de Barrena, Secretario Segundo del Parlamento de Navarra.

Suplente: Ilustrísima señora doña Amelia Salanueva Murguialday, Vicepresidenta Primera del Parlamento de Navarra.

Vocal: Don Ander Arana Bareño, del Cuerpo de Traductores del Parlamento de Navarra, designado por la Junta de Personal del Parlamento de Navarra.

Suplente: Don Mikel Iriarte Cilveti, del Cuerpo de Traductores del Parlamento de Navarra, designado por la Junta de Personal del Parlamento de Navarra.

Vocal: Don Mikel Vilches Plaza, Traductor de la Sección de Traducción del Gobierno de Navarra.

Suplente: Don Luis M.ª Igartua Dominguez, Traductor de la Sección de Traducción del Gobierno de Navarra.

Vocal: Don Aingeru Epaltza Ruiz de Alda, Traductor de la Sección de Traducción del Gobierno de Navarra

Suplente: Don Juan José Petrirena Irazoqui, Traductor del Servicio de Traducción del Gobierno de Navarra.

Vocal: Don Ander Irizar Apaolaza, del Cuerpo de Traductores del Parlamento de Navarra, que actuará como secretario del tribunal.

Suplente: Don Xabier Arirteguieta Oquiñena, del Cuerpo de Traductores del Parlamento de Navarra.

2. El tribunal se constituirá dentro del mes de marzo de 2001. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

3. El tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

4. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Mesa, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común.

Base 6.ª En la fase de concurso, los méritos alegados se clasificarán y puntuarán del siguiente modo:

A) Méritos académicos.

Por la Licenciatura de Filología Vasca: 2 puntos.

Por el grado de Licenciatura: 0,50 puntos.

Por el grado de Doctor: 1 punto.

Por premio extraordinario o de honor en el doctorado: 0,50 puntos.

Por cada matrícula de honor o sobresaliente en los cursos monográficos de doctorado: 0,10 puntos.

Por otras Licenciaturas: 1 punto por cada una.

B) Servicios prestados en Instituciones Parlamentarias o en la Administración Pública.

1. Servicios prestados o reconocidos en Instituciones Parlamentarias o en la Administración en plaza de Traductor de vascuence para la que se haya exigido el título de euskera oficialmente reconocido (E.G.A., Escuela Oficial de Idiomas o Euskaltzaindia). Por cada año 1 punto.

2. Servicios prestados o reconocidos en instituciones parlamentarias y en las Administraciones Públicas en plaza para la que se haya exigido el título de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, no pudiendo computarse los servicios prestados simultáneamente. Por cada año se otorgarán 0,50 puntos.

C) Currículum profesional:

En este apartado se valorará el historial profesional de los candidatos: Puestos de trabajo y actividades realizadas.

El tribunal enjuiciará el historial profesional teniendo especialmente en cuenta la categoría e importancia de los puestos de trabajo ocupados, la dificultad en el acceso a los mismos y el desempeño real de funciones idénticas o análogas a las que el Reglamento del Parlamento de Navarra y su Estatuto de Personal asigna a los técnicos traductores de vascuence.

Los candidatos deberán presentar su currículum profesional, junto con la solicitud de admisión al concurso-oposición.

D) Otros méritos:

En este apartado se valorarán las publicaciones, ponencias y conferencias impartidas, idiomas, asistencia a cursos de perfeccionamiento y cualesquiera otros méritos que se hayan aducido y acreditado por los candidatos y el tribunal estime oportuno calificar.

La calificación de la fase de concurso se realizará asignando a cada candidato una puntuación entre 0 y 20 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo de puntuación respecto de cada epígrafe:

A) Hasta 5 puntos.

B) Hasta 5 puntos.

C) Hasta 5 puntos

D) Hasta 5 puntos.

Base 7.ª 1. Concluida la fase de concurso, el tribunal hará público en el Tablón de Anuncios del Parlamento de Navarra el resultado de la valoración efectuada, con expresión de la puntuación obtenida por cada candidato. Asimismo, y con tres días hábiles de antelación, como mínimo, se anunciará el día en que tendrán lugar las pruebas de la fase de oposición. Los aspirantes deberán acudir a dichas pruebas provistos del Documento Nacional de Identidad.

2. Las pruebas de la fase de oposición consistirán en los siguientes ejercicios:

1.º El primer ejercicio serán dos pruebas prácticas, una consistente en la traducción de dos textos en vascuence facilitados por el tribunal, uno de contenido literario y el otro de contenido jurídico-político, y otra, en la traducción de dos textos en castellano facilitados por el Tribunal, uno de contenido literario y el otro de contenido jurídico-político.

Para la redacción de este ejercicio práctico dispondrán los señores opositores de un tiempo máximo de tres horas, y podrán disponer para su realización de diccionario.

2.º El segundo ejercicio será una prueba práctica que consistirá en la traducción simultánea al castellano de una intervención parlamentaria en vascuence.

3. La calificación de la fase de oposición se realizará en la forma siguiente:

1.º Ejercicio primero de carácter práctico: Hasta 25 puntos (12,5 puntos cada una de las dos pruebas).

2.º Ejercicio segundo de carácter práctico: 25 puntos.

Cada uno de los ejercicios de la oposición serán eliminatorios, quedando eliminados aquellos opositores que no alcancen, al menos, diez puntos en cada uno de los ejercicios.

Base 8.ª 1. El desarrollo de los ejercicios se efectuará a través del sistema de plicas cerradas. La apertura de las mismas se realizará en acto público, anunciado con un mínimo de veinticuatro horas de antelación en el Tablón de Anuncios del Parlamento.

2. El tribunal hará públicos en el Tablón de Anuncios del Parlamento de Navarra los resultados de los ejercicios.

Base 9.ª 1. Valorados los méritos y calificadas las pruebas de la fase de oposición, el tribunal confeccionará una lista de aprobados, ordenados de mayor a menor puntuación.

2. El tribunal hará pública, a través del Tablón de Anuncios del Parlamento de Navarra, la relación de candidatos aprobados.

3. En caso de que al confeccionar esta lista se produjeran empates en el total de las puntuaciones, los citados empates se resolverán en favor del candidato que hubiese obtenido mayor puntuación en la fase de oposición.

Base 10. 1. En el caso de procederse a una contratación, la Mesa seguirá el orden de la lista de aprobados. A tal efecto el aspirante aprobado propuesto para contratación presentará en el Registro General del Parlamento, dentro del plazo de diez días naturales a partir de la comunicación de la contratación, los siguientes documentos:

a) Certificación del acta de nacimiento o fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Declaración jurada de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública, ni hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas.

c) Copia autenticada o fotocopia (que deberá presentarse acompañada del original para su compulsa) de los títulos exigidos o certificación académica de los estudios realizados o justificantes de haber abonado los derechos para su expedición.

d) Asimismo, deberá presentarse certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones, expedido por el facultativo o institución que señale la Mesa.

2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos expresados en los apartados anteriores, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones exigidas en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admitida en Derecho.

3. Si dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentase la documentación, no podrá ser contratado, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiese incurrido por falsedad en la solicitud inicial. En este caso, se formulará propuesta de contratación a favor de quien, en la lista a que se refiere la base 9.ª de la convocatoria, hubiese obtenido la siguiente mayor puntuación.

Base 11. Contra la presente convocatoria, sus bases y demás acuerdos que adopte la Mesa del Parlamento de Navarra en relación con el procedimiento de selección podrá interponerse, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la publicación o notificación de los mismos, pudiendo interponerse, potestativamente, con carácter previo, recurso de reposición ante la Mesa de la Cámara, en el plazo de un mes.

Contra los demás actos de aplicación de la presente convocatoria podrá interponerse recurso de alzada ante la Mesa del Parlamento de Navarra en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación o notificación. Contra el acuerdo resolutorio del recurso de alzada procederá recurso contencioso-administrativo ante el tribunal Superior de Justicia de Navarra.

ANEXO I

D/D.ª ........................, de ......... años de edad, provisto/a de D.N.I. ............, con domicilio en .............., calle .............., núm. ..., piso ....., código postal ....... y teléfono ..........., con el debido respeto,

EXPONE:

Que habiendo tenido conocimiento de la convocatoria de concurso-oposición para la confección de una lista para contrataciones administrativas temporales de técnicos traductores de vascuence al servicio del Parlamento de Navarra (publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número ......... de fecha ..................... ) y deseando tomar parte en la misma, relaciona en documento anexo, de conformidad con lo establecido en la base tercera, debidamente ordenados, los méritos que se alegan, así como la documentación acreditativa de los mismos y acompaña el currículum profesional correspondiente.

Que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, en el momento en que expira el plazo señalado para la presentación de solicitudes.

Que se compromete, caso de ser nombrado para ello, a entregar en el momento de la formalización del contrato los documentos a que hace referencia la base décima de la convocatoria.

En virtud de lo cual, a V.E.,

Suplica, que habiendo por presentado este escrito, se digne tenerlo por admitido en el concurso-oposición para la confección de una lista para contrataciones administrativas temporales de Técnicos Traductores de vascuence al servicio del Parlamento.

Pamplona, ................ de ............................. 2001

(Firma)

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