BOLETÍN Nº 148 - 7 de diciembre de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de lo Social número Uno de Navarra

Cédula de notificación

Don Antonio Fernández Ayesa, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número Uno de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 495/2001 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de don Josu Sánchez Jarero contra la empresa Yalpusa, S.L., Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

Que estimando la demanda en reclamación de cantidad formulada por don Josu Sánchez Jarero contra Yalpusa, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a Yalpusa, S.L. a abonar al actor la cantidad de 1.517.694 pesetas por el concepto al que se contrae la reclamación, cuantía que devengará el interés del 10%, condenando al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por esta declaración.

Contra esta sentencia cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su abogado o representante en el momento de la notificación, pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 25.000 pesetas en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, procedimiento 3158 0000 65 0495 01 en la Sucursal del Banco Bilbao Vizcaya de la calle Monasterio de Urdax, 45 de Pamplona y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3158 0000 69 0495 la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia letrado que dirija el recurso, y si no se hace, lo nombrará de oficio el Juzgado si se trata de trabajador 0 empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de éste último.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Yalpusa, S.L., que estuvo domiciliada en calle Zabalgaina, Oficina 3 15 de Cizur Mayor (Navarra) y hoy en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, a veinte de noviembre de dos mil uno. El Secretario Judicial, Antonio Fernández Ayesa.3742

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