BOLETÍN Nº 11 - 24 de enero de 2001

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

ALTSASU/ALSASUA

Resolución de Alcaldía número 50/2000

Visto el artículo 21.1 g) de la Ley de Bases de Régimen Local en el que se señala que el Alcalde tiene la siguiente atribución "Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la Plantilla aprobados por el Pleno, aprobar las bases de provisión de puestos de trabajo y distribuir las retribuciones complementarias que no sean fijas y periódicas"

El Pleno de la Corporación en sesión celebrada el día 12 de mayo de 2000 aprobó la plantilla orgánica correspondiente al año 2000 en la que aparecen como vacantes determinadas plazas, entre las que se encuentra la de coordinador o técnico de cultura.

Por resolución de Alcaldía número 48/2000 se aprobó la ampliación de la oferta pública de empleo aprobada en la resolución número 10/2000 en la que figura la plaza de coordinador o técnico cultural.

Visto el informe y las consideraciones que se hicieron desde la Comisión de Cultura y desde el Departamento de Cultura del Gobierno de Navarra, por lo que en ejercicio de las competencias que me otorga la legislación vigente en materia de régimen local,

Resuelvo:

Primero.-Aprobar las Bases de las Bases de la convocatoria para la provisión mediante concurso oposición de una plaza de Coordinador o Técnico de Cultura, en régimen laboral a jornada completa que se adjunta a esta resolución.

Segundo.-Remitir la presente resolución y las Bases de la Convocatoria al BOLETIN OFICIAL de Navarra para su publicación y efectos oportunos.

Tercero.-Ordenar la publicación de las Bases en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento".

Altsasu/Alsasua, once de diciembre de dos mil. La Alcaldesa, firma ilegible.

CONVOCATORIA PARA LA PROVISION MEDIANTE CONCURSO OPOSICION DE UNA PLAZA DE COORDINADOR O TECNICO DE CULTURA DEL AYUNTAMIENTO DE ALTSASU/ALSASUA

1.-Normas generales y definición de la plaza.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión mediante concurso oposición de una plaza de Coordinador o Técnico de Actividades Culturales con destino inicial a la Actividad de Cultura del Ayuntamiento de a jornada completa.

El nombramiento conferirá al designado, a todos los efectos, el carácter de empleado laboral desde la fecha de toma de posesión. Transcurrido el periodo de prueba de seis meses, si el Ayuntamiento tras valorar la labor desarrollada por el Coordinador Cultural, determina en sesión Plenaria que éste ha superado dicho periodo, adquirirá la condición de personal laboral fijo.

La plaza estará dotada con las remuneraciones equivalentes al nivel B a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio y demás disposiciones aplicables.

El régimen será de jornada completa de trabajo y se adaptará a las necesidades del servicio pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos administrativos competentes.

El/La designado/a desempeñará dentro de la Actividad Municipal de Cultura de Altsasu-Alsasua cuantas funciones le sean encomendadas, que sean propias del nivel de titulación exigido en la presente convocatoria y que se relacionan con la programación de actividades culturales y socio-culturales, así como la organización, administración coordinación, seguimiento y evaluación de los programas del Centro Cultural Domingo Lumbier.

2.-Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la presente oposición, los/as aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano de la Comunidad Europea.

b) Estar en posesión como mínimo de la titulación de Diplomado Universitario, Ingeniero o Arquitecto Técnico o Formación Profesional de tercer grado.

c) Tener la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por los/as opositores/as aprobados, en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.-Solicitudes.

Las solicitudes deberán ser presentadas en el Registro General del Ayuntamiento de Altsasu-Alsasua dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y hasta las 13 horas del último, si es hábil, o el siguiente que lo sea. Si el último día hábil fuera sábado se entenderá que el plazo finaliza a las 13 horas del lunes siguiente.

Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo 1 y en ella los/as aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Se adjuntaran a la solicitud los siguientes documentos:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o asimilado.

b) Declaración jurada o prometida de cumplir las condiciones de la base 2.

c) Curriculum vitae y documentación acreditativa, original o autentificada, de cuantos méritos sean alegados a los efectos del baremo.

El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4.-Admisión de candidatos.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Ayuntamiento aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y se procederá a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, señalándose el plazo de diez días hábiles desde el siguiente a la publicación para reclamaciones o alegaciones.

Resueltas en su caso, las reclamaciones o alegaciones, el Presidente del Ayuntamiento, ordenará nuevamente la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de las listas definitivas de admitidos/as y excluidos/as, señalando lugar, día y hora para el comienzo de las pruebas.

5.-Tribunal.

El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Doña Camino Mendiluze Arregi, Alcaldesa del Ayuntamiento.

Suplente: Doña Arantza Bengoetxea, Teniente Alcalde.

Vocal: Técnico propuesto por la Dirección General de cultura del Gobierno de Navarra.

Suplente: Técnico propuesto por la Dirección General de cultura del Gobierno de Navarra.

Vocal: Miembro de la Asociación Profesional de Técnicos Socio-Culturales de Navarra.

Suplente: Miembro de la Asociación Profesional de Técnicos Socio-Culturales de Navarra.

Vocal: Técnico designado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

Suplente: Técnico designado por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

Vocal: Técnico designado por los colectivos y asociaciones culturales de Altsasu-Alsasua.

Suplente: Técnico designado por los colectivos y asociaciones culturales de Altsasu-Alsasua.

Secretario, con voz y sin voto: El de la Corporación.

Suplente: El Asesor Jurídico municipal.

Las personas que formen parte del Tribunal deberán de tener conocimientos de euskera con el nivel suficiente que les permita valorar las pruebas teórico-prácticas que pudieran realizar en ese idioma los aspirantes.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

El Tribunal no podrá constituirse sin la asistencia de al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

Los suplentes actuarán en caso de ausencia justificada de los miembros titulares del Tribunal.

La actuación calificadora del Tribunal exigirá la asistencia de la mayoría absoluta de sus miembros y las puntuaciones numéricas se obtendrán por promedio aritmético de los presentes.

El Tribunal calificador podrá recabar asesoramiento de personas con especial conocimiento técnico en las materias que sean objeto de las pruebas. Dichos asesores carecerán de voto.

6.-Desarrollo del concurso oposición.

El concurso oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

El concurso oposición dará comienzo una vez transcurridos dos meses de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.1. Fase de concurso:

El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes de acuerdo con el siguiente baremo de méritos. Todos los méritos deberán ser alegados y probados por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en el concurso oposición, con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario.

Una vez concluida la valoración de los méritos se harán públicos los resultados en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Baremo de méritos.-Concurso con una valoración máxima de 17 puntos sin carácter eliminatorio. Las valoraciones máximas parciales serán:

a) Cursos reconocidos y realizados referentes a distintos aspectos de la gestión cultural, informática o administrativa, a valorar por el Tribunal.

-Valoración de los cursos:

De 20 horas a 50 horas: 0,25 puntos.

De 50 horas a 100 horas: 0,50 puntos.

De 100 horas a 150 horas: 0,75 puntos.

De 150 horas en adelante: 1,00 puntos.

-Valoración de los master:

Por cada master en relación con las tareas de Coordinador Cultural: 1 punto.

-Tanto los cursos como los master, deben ser impartidos por Organismos Públicos o dependientes de estos. Hasta un máximo de 4 puntos.

b) Experiencia tanto en la Administración Pública como en colectivos o asociaciones de iniciativa social relacionada con la gestión cultural. Por cada año 2 puntos. Máximo de 4 puntos.

c) Titulaciones oficiales, idiomas de algún país de la C.E.E., excepto castellano o euskera. Se concederán 4 puntos por cada idioma, con un máximo de 8 puntos.

6.2. Fase oposición:

La fase de oposición que se valorará con un máximo de 95 puntos, quedando eliminados/as los/as que no alcancen las puntuaciones que parcialmente se señalan.

Previa a la fase de oposición los candidatos deberán acreditar el conocimiento de Euskara (Nivel EGA) para lo cual se deberán de realizar dos pruebas una escrita y otra oral, que en conjunto tendrán la calificación de Apto o no apto. Esta prueba será realizada por personal de la Mancomunidad de Sakana.

Una vez cumplimentada esta prueba y quienes hayan obtenido la calificación de apto pasarán a las pruebas de oposición.

Las pruebas de estas fase serán las siguientes:

1.ª Ejercicio teórico escrito en el que se desarrollarán dos temas: uno de los relacionados en el Anexo II y otro en el Anexo III de la presente convocatoria, que serán escogidos al azar. La duración máxima del ejercicio será de tres horas; la puntuación máxima que podrá obtenerse será de 25 puntos, quedando eliminados quienes no alcancen la puntuación de 15 puntos.

2.ª Ejercicio práctico escrito sobre un supuesto de planificación, coordinación y gestión municipal cultural, escogido por el Tribunal con una puntuación de 40 puntos, a desarrollar en un máximo de tres horas, quedando eliminados quienes no alcancen la puntuación de 25 puntos.

Ambos ejercicios serán leídos en acto público por los propios concursantes, con eliminación en caso de no hacerlo.

3.ª Prueba práctica de los aspirantes que demuestre su conocimiento de programas de tratamiento de texto, hoja de cálculo y bases de datos más comunes. Esta prueba será valorada hasta un máximo de 15 puntos, quedando eliminada quien no obtenga un mínimo de 5 puntos. La prueba será corregida por técnicos de la sociedad municipal ANIMSA.

En la lectura, el Tribunal podrá solicitar aclaraciones de los concursantes.

4.ª Entrevista personal que no podrá ser eliminatoria y con una valoración máxima de 15 puntos, será llevada a cabo por el Tribunal y versará sobre los ejercicios realizados, programas de actuación, visión general de la función a realizar y cuantos extremos se estimen convenientes por el Tribunal, con una duración máxima de quince minutos.

Cada uno de los miembros del Tribunal efectuará las calificaciones por separado y la media aritmética de todas las calificaciones será la puntuación del ejercicio o prueba correspondientes.

Las pruebas se realizarán mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provisto del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes que no comparezcan a las mismas serán eliminados.

La puntuación final se obtendrá mediante la suma total de las puntuaciones obtenidas en todas las fases por los aspirantes que hubieran superado las calificaciones mínimas necesarias.

7.-Puntuación total.

El Tribunal confeccionará la lista de aprobados y excluidos/as con puntuación y por orden de la misma.

8.-Relación de aprobados y presentación de documentos.

Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en el lugar de celebración del último ejercicio, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios proponiendo el nombramiento de quien hubiera obtenido mayor puntuación y dará traslado de la misma al Pleno del Ayuntamiento.

9.-Presentación de documentos.

Los/as designados/as deberán aportar la documentación exigida antes de la toma de posesión. Esta será necesariamente dentro del plazo de treinta días naturales desde el siguiente a la notificación del nombramiento.

Los documentos a aportar son:

a) Certificados de nacimiento.

b) Documentos acreditativo de la titulación exigida en la base 2.b).

c) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

d) Informe acreditativo de la aptitud física, expedido por el colegiado competente mediante certificado médico.

El no cumplimiento, en el plazo señalado, supondrá la pérdida total de los derechos, sin perjuicio, si procediera, de acciones por responsabilidades por falsedades en las declaraciones de presentación de pruebas.

En el supuesto previsto en el apartado anterior la Alcaldesa cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados.

10.-Recursos.

Contra la presente convocatoria cabe interponer, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su notificación, recurso de alzada, directamente ante el Tribunal Administrativo del Gobierno de Navarra, o en el de dos meses ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

Altsasu-Alsasua, La Alcaldesa, Camino Mendiluze Arregi.

Don/doña ......................, mayor de edad, provisto de Documento nacional de identidad número .......... y nacido el día ........ de ...... de 19..., natural de ........... (..........), con domicilio en ............ (..........), código postal ........., teléfono ..............

Ante VI comparece y como mejor procede dice:

-Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante concurso oposición, de un puesto de trabajo de Coordinador o Técnico de Cultura del Ayuntamiento de Altsasu-Alsasua.

-Que no padece enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio del cargo.

-Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

-Que no ha sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de cualquier Administración Publica, ni está inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

-Que está en posesión de la titulación señalada en la base 2 de la convocatoria.

-Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas ala fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto,

Suplico se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición, de un puesto de trabajo de Coordinador o Técnico de Cultura del Ayuntamiento de Altsasu-Alsasua.

Altsasu-Alsasua, a ... de ....... de ......

(Firma)

ANEXO 2

Temas específicos relacionados con la gestión cultural

Tema 1.-La evolución de las políticas culturales europeas a partir de los años 60: Líneas generales. Las declaraciones de la Unesco y del Consejo de Europa sobre políticas culturales: Orientaciones programáticas.

Tema 2.-La cultura en el desarrollo socio-económico de la sociedad y del municipio. El patrimonio cultural como factor de desarrollo territorial.

Tema 3.-Diseño de políticas culturales. Elementos y estrategias de intervención. Criterios y tendencias.

Tema 4.-Estructura y funcionamiento de las organizaciones culturales. Forma jurídica de estas organizaciones.

Tema 5.-La organización y funciones de un Servicio Municipal de Cultura y de un Centro Cultural. Distintos modelos de planificación del desarrollo de los recursos culturales en el municipio.

Tema 6.-Actualidad cultural en el municipio de Altsasu-Alsasua.

Tema 7.-La música en la cultura contemporánea. Situación en Navarra.

Tema 8.-La infraestructura cultural de Altsasu-Alsasua. Importancia. Descripción e inventario.

Tema 9.-Economía de la cultura. El marketing cultural.

Tema 10.-Interrelación entre la política cultural municipal y los agentes u organismos culturales que existen en el municipio de Altsasu-Alsasua . La vida asociativa y el desarrollo cultural. Funciones y actividades que los organismos culturales de Altsasu-Alsasua pueden desempeñar en el Centro Cultural.

Tema 11.-El teatro y las artes escénicas en la cultura contemporánea. Situación en Navarra.

ANEXO 3

Temas sobre instituciones, normativas y procedimiento

Tema 1.-Las instituciones Forales de Navarra. El Parlamento Foral, la Cámara de Comptos, el Gobierno de Navarra. La Administración del Estado en Navarra.

Tema 2.-El Municipio, concepto y elementos. Las entidades locales de Navarra. Organización y competencias. Las Asociaciones de Municipios. (Referencia de la Ley foral Municipal y de la legislación básica del estado).

Tema 3.-La ley de Procedimiento Administrativo 30/1992. Principios y ámbitos de aplicación. Las fases de Procedimiento Administrativo. El silencio administrativo. Los recursos administrativos y jurisdiccionales en el ámbito de la Administración Local de Navarra.

Tema 4.-Los presupuestos Municipales de Navarra. Estructura y clasificación de Ingresos y Gastos. Aprobación y Modificación. Fases de Ejecución, tramitación e intervención. Referencia a los recursos económicos en las Haciendas Locales de Navarra.

Tema 5.-Contratos con las administraciones públicas, normativa aplicable en Navarra. Clases de contratos administrativos. Actuaciones preparatorias. Procedimientos y formas de adjudicación.

Tema 6.-El personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra. Clases; régimen y normativa aplicable.

Tema 7.-La Ley reguladora del régimen tributario de las fundaciones y de las actividades de patrocinio. (Ley Foral 10/1996 de 2 de junio).

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