BOLETÍN Nº 11 - 24 de enero de 2001

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL de 22 de enero de 2001, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se modifica por segunda vez el artículo 29 de la Orden Foral de 6 de septiembre de 2000, por la que se convocan elecciones para la renovación o constitución de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad alimentaria del ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

Por Orden Foral de 11 de diciembre de 2000, se modificó el artículo 29 de la Orden Foral de 24 de julio de 2000, por la que se convocan elecciones para la renovación o constitución de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad alimentaria del ámbito territorial de Navarra, en el sentido de exigir a las personas físicas que ejerzan el derecho de sufragio en nombre y representación de las entidades jurídicas, con o sin personalidad, y de las comunidades de bienes, determinados requisitos acreditativos que en algunos casos pueden ser de difícil consecución en el corto espacio de tiempo establecido.

En consecuencia, y con objeto de facilitar al máximo el derecho al sufragio, manteniendo a la vez la seguridad jurídica, procede la derogación de la Orden Foral de 11 de diciembre de 2000.

En su virtud, a propuesta del Servicio de Industrias Agroalimentarias y Alimentación,

ORDENO:

Artículo 1.º Queda derogada la Orden Foral de 11 de diciembre de 2000, por la que se modifica el artículo 29 de la Orden Foral de 24 de julio de 2000, por la que se convocan elecciones para la renovación o constitución de los Consejos Reguladores de las denominaciones de calidad alimentaria del ámbito territorial de Navarra.

Artículo 2.º Se añadirá un segundo párrafo al artículo 29 de la Orden Foral de 24 de julio de 2000, con el siguiente contenido: "En el caso de que el elector ostente la representación de una persona jurídica, será necesario, además, presentar un documento original que acredite su actuación en nombre de la misma. Este documento quedará en poder del Presidente de la Mesa, que lo adjuntará al acta de escrutinio."

DISPOSICION FINAL

Esta Orden Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintidós de enero de dos mil uno.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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