BOLETÍN Nº 11 - 24 de enero de 2001

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Tudela

E D I C T O

En los autos de menor cuantía número 161/2000, se ha dictado la siguiente resolución:

"Auto. Doña Eva María Atares García. En Tudela, a veintiocho de noviembre de dos mil.

Hechos.

Primero: La Comunidad de Propietarios de la calle Camino de Caritat número 19 de Tudela, presentó demanda contra Promotora Edificio de la Salud, S.A., en reclamación de cuotas impagadas por un total de 214.885 pesetas, acompañando la certificación del acuerdo de la Junta, acreditativa de la deuda.

Segundo: Requerido el deudor por medio de edictos para que pagase la deuda o diese razones para no abonarla, dejó transcurrir el plazo de veinte días sin atender el requerimiento.

Razonamientos jurídicos.

Unico: Transcurrido el plazo concedido al deudor sin que haya abonado la deuda ni dado razones de su falta de pago, conforme a los apartados 5 y 6 del artículo 21 de la Ley de Propiedad Horizontal, embárguense bienes suficientes del deudor para cubrir la deuda hasta conseguir su efectivo abono.

Parte dispositiva.

Doña Eva María Atarés García, Magistrado, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Tudela, ante mi, la Secretaria, acuerda: Embárguense bienes suficientes del deudor Promotora Edificio de la Salud S.A., hasta cubrir la cantidad de 214.885 pesetas en concepto de cuotas impagadas, más 70.000 pesetas calculadas para intereses y costas, sin perjuicio de ulterior liquidación, devengando la deuda desde la fecha de esta resolución el interés legal incrementado en dos puntos.

Conforme a lo solicitado en el II otrosí digo, se acuerda el embargo sobre el sobrante existente a favor de la demandada en los autos de juicio de menor cuantía número 145-96, del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Tudela, líbrese el correspondiente exhorto, y notifíquese esta resolución a la demandada por medio de edictos que se publicaran en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Estrados de este Juzgado.

Lo acuerda y firma la Magistrado, Juez, doy fe. La Magistrado, Juez. El Secretario".

Y para que sirva de notificación y citación a Promotora Edificio de la Salud, S.A., cuyo domicilio se ignora, se expide la presente en Tudela, a veintiocho de noviembre de dos mil. El Secretario, firma ilegible.4614

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