BOLETÍN Nº 91 - 28 de julio de 2000

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Tudela

Cédula de emplazamiento

En el procedimiento de cognición número 77/2000, a instancias de Hispamer Servicios Financieros, Establecimiento Financiero de Crédito, S.A., representado por el Procurador señor Arregui Salinas, contra don Santos Moral Gálvez y esposa, conforme al artículo 144 R.H., se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

"...Para el emplazamiento del demandado Santos Moral Gálvez y esposa, conforme al artículo 144 R.H., concédase a los demandados un plazo de nueve días para comparecer y contestar a la demanda por escrito con firma de Letrado, bajo apercibimiento que de no verificarlo serán declarados en situación legal de rebeldía procesal, dándose por contestada la demanda, siguiendo el juicio su curso".

Y como consecuencia del ignorado paradero de don Santos Moral Gálvez, se extiende la presente para que sirva de cédula de emplazamiento.

En Tudela, a doce de junio de dos mil. La Secretaria, firma ilegible.2674

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