BOLETÍN Nº 91 - 28 de julio de 2000

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Estella

E D I C T O

La ilustrísima señora doña María Isabel Luri Artola, Magistrado, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Estella y su Partido.

En los autos de juicio de faltas número 66/1999, seguidos en este Juzgado sobre conducción sin seguro, ha dictado sentencia, en cuyos hechos y fallo dice:

"Hechos probados.

Unico: Son hechos probados y así se declara expresamente que el día 8 de noviembre de 1998, Abdellatif Gardidda, circulaba por la carretera NA-134 en dirección a San Adrián, sin poseer el correspondiente seguro obligatorio que le fue requerido por la Guardia Civil, habiendo dejado transcurrir el plazo de cinco días.

Fallo: Que debo condenar como condeno a Abdellatif Gardidda, como autor responsable de una falta del artículo 636 del Código Penal, a la pena de dos meses de multa, con una cuota diaria de 500 pesetas/día, que se hará efectiva en un solo plazo y pago de las costas.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y para que así conste y sirva de notificación a Abdellatif Gardidda, se extiende el presente en Estella, a diecinueve de junio de dos mil. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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