BOLETÍN Nº 91 - 28 de julio de 2000

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

- Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Estella

E D I C T O

La ilustrísima señora doña María Isabel Luri Artola, Magistrado, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Uno de Estella y su Partido.

En los autos de juicio de faltas número 133/1999, seguidos en este Juzgado por una falta de amenazas y lesiones, ha dictado sentencia, en cuyos hechos y fallo dice:

"Hechos probados.

Unico: Son hechos probados y así se declara expresamente que el día 17 de julio de 1999, don José Antonio Arjona Reina, Guardia Civil, vestido de paisano, se hallaba en la cafetería de la localidad de Azagra, cuando el denunciado Alí Abdelkader se le acercó y después de empujarle le insultó con frases como "cabrón" e "hijo de puta". A la salida de la cafetería al intentar parar una patada que le daba el denunciado, el denunciante cayó al suelo, resultando lesionado. En el caso del juicio el denunciante renunció a todo tipo de indemnizaciones civiles que pudieran corresponderle.

Fallo: Que debo condenar como condeno a don Alí Abdelkader, como autor de una falta de injurias del artículo 620,2 del Código Penal, a la pena de 15 días de multa, a razón de 1.000 pesetas día y arresto sustitutorio en caso de impago, así como autor de una falta de lesiones del artículo 617,1.º del Código Penal a la pena de multa de 2 meses a 1.000 pesetas/día y arresto en caso de impago.

La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos en este Juzgado, para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Navarra, en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y para que así conste y sirva de notificación a don Alí Abdelkader, se extiende el presente en Estella, a diecinueve de junio de dos mil. La Secretaria Judicial, firma ilegible.

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