BOLETÍN Nº 91 - 28 de julio de 2000

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

- Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Juzgado de Familia)

Cédula de notificación

Doña Elena Gutiérrez Serrano, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona (Juzgado de Familia), por medio del presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de divorcio contencioso bajo el número 981/99, a instancia de Fabiola García Román, frente a Serapio Vázquez Sánchez, en los que con fecha 12 de junio de 2000, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

"En Pamplona, a doce de junio de dos mil. Vistos por doña Margarita Pérez Salazar Resano, Magistrado, Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Pamplona y su Partido, los presentes autos de divorcio, seguidos en este Juzgado con el número de procedimiento 981/1999, a instancias de doña Fabiola García Román, representada por la Procuradora doña Carmen Muñoz Machado y defendida por su Letrado, siendo parte demandada don Serapio Vázquez Sánchez, que ha sido declarado en rebeldía, habiendo sido parte el Ministerio Fiscal, y...

Fallo: Estimando en parte la demanda interpuesta por la Procuradora señora Muñoz, en representación de doña Fabiola García Román, frente a don Serapio Vázquez Sánchez, en rebeldía procesal, debo decretar y decreto la disolución por divorcio del matrimonio que ambos contrajeron en Pamplona, el 27 de noviembre de 1987, con los efectos inherentes a tal declaración y los previstos en el convenio regulador judicialmente aprobado por sentencia de fecha 17 de octubre de 1997, procediendo a la revalorización de la pensión que queda fijada en 41.656 pesetas, que se revalorizará del modo y forma pactados, y desestimando la pretensión de modificación de la cláusula octava del convenio relativo al régimen de visitas.

No procede hacer expresa imposición de costas.

Firme la presente resolución, líbrese exhorto al Registro Civil que proceda para llevar a cabo la anotación correspondiente.

Póngase en las actuaciones certificación de la resolución e inclúyase la presente en el Libro de Sentencias.

Contra esta resolución, cabe recurso de apelación que se interpondrá por escrito ante este Juzgado, en el término del quinto día.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo".

Y como consecuencia del ignorado paradero de Serapio Vázquez Sánchez, se extiende la presente para que sirva de de notificación.

Pamplona, a diecinueve de junio de dos mil. La Secretaria, Elena Gutiérrez Serrano.

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