BOLETÍN Nº 74 - 19 de junio de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

- Otras Disposiciones

ACUERDO del Gobierno de Navarra por el que se declara Proyecto Sectorial e Incidencia Supramunicipal la construcción de una celda de seguridad para depósito de residuos industriales en Lodosa, y se somete a información pública, juntamente con el Estudio de Impacto Ambiental, por plazo de un mes.

La Compañía Mercantil Inabonos, S.A. ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda para su tramitación y aprobación el "Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal (PSIS) para la construcción de una celda de seguridad en Lodosa" que incluye el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) preceptivo.

El proyecto tiene su origen en el encargo realizado por el Gobierno de Navarra a la Sociedad Estatal EMGRISA, encaminado a inventariar y caracterizar suelos afectados por contaminación derivada de procesos industriales. Entre los suelos inventariados se encuentran los terrenos pertenecientes a la mercantil Inabonos, S.A., sitos en Lodosa.

A consecuencia de ello, se firma un Acuerdo entre el Gobierno de Navarra y la empresa Inabonos, S.A., por el que Inabonos, S.A., se compromete a trasladar su factoría de Pamplona a Lodosa, ampliando esta última, y a sanear los terrenos contaminados de la escombrera de la antigua fábrica de ácido sulfúrico de Lodosa, estipulándose, además, que la empresa Inabonos, S.A. contratará los servicios técnicos de la empresa pública NAMAINSA, para la redacción de los proyectos técnicos de ejecución necesarios para la descontaminación de los suelos. El Acuerdo establece como plazo para la finalización de los trabajos, la fecha del 31 de diciembre de 2000.

El expediente está integrado por el propio documento del Proyecto Sectorial (memoria y planos), un Estudio de Impacto Ambiental y un Estudio Hidrogeológico de la zona. El contenido del mismo está completo, a efectos del artículo 64 de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

El proyecto presentado justifica su interés público y utilidad social, en que se trata de una operación tendente a la recuperación y adecuación ambiental de suelos degradados como consecuencia de antiguos procesos productivos, mediante la adopción de soluciones técnicas seguras y sin afecciones medioambientales.

El emplazamiento elegido se encuentra situado en el paraje de "El Viso", término municipal de Lodosa, distando unos 2,5 kilómetros del núcleo urbano y unos 900 metros de la planta de Inabonos, S.A. El volumen de residuos a depositar es de aproximadamente 134.000 metros cúbicos. Las tareas de preparación de la celda, excavación y control de lixiviados, impermeabilización, transporte del residuo y depósito del mismo, sellado de la celda y tareas de acabado definitivo, se realizarán en un periodo aproximado de entre 8 y 10 meses. El Proyecto estima, incluidos beneficios y tasas, un coste total de 324.850.037 pesetas.

Las vigentes Normas Subsidiarias de Lodosa clasifican los suelos afectados por la infraestructura como suelo no urbanizable, categorizando una parte de ellos como suelo forestal y otra como suelo de mediana productividad. El régimen de protección de tales categorías queda remitido en dichas Normas Subsidiarias al establecido por la Ley Foral 6/1987 (derogada por la Ley Foral 10/94), por lo que, de acuerdo con los artículos 31 y 33 de la Ley Foral 10/94, se puede considerar el conjunto de la actuación como una actividad autorizable.

En las proximidades de la celda se encuentra el yacimiento arqueológico "El Viso I en Lodosa". La Dirección General de Cultura-Institución "Príncipe de Viana", ha resuelto (Resolución 10/2000) autorizar la instalación de la celda, condicionada a la aplicación de una serie de medidas correctoras y preventivas para la protección del Patrimonio Arqueológico, y que el documento incorpora.

El Estudio de Impacto Ambiental presentado para iniciar la tramitación del procedimiento de Evaluación de Impacto, simultáneamente a la tramitación del Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal, está completo en cuanto a los apartados que contempla. Los principales impactos ambientales, derivados de las distintas fases de la actuación, son la emisión de partículas y la generación de lixiviados durante las fases de construcción y llenado de la celda, y el impacto paisajístico una vez clausurada la misma, ya que la celda se elevará en algún punto 10 metros sobre la cota del terreno natural. Se han previsto las medidas correctoras oportunas y se incluye el correspondiente programa de vigilancia ambiental.

A la vista de lo expuesto, habiendo sido informado el expediente por la Comisión de Ordenación del Territorio, en sesión celebrada el día 26 de mayo de 2000, y vista la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo y demás normas de aplicación, procede declarar la construcción de una celda de seguridad en Lodosa, Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal, por tratarse de una instalación de interés público y utilidad social. Al tiempo, procede tramitar la evaluación de impacto ambiental, según lo previsto en el Real Decreto 1131/88, y someter a información pública el Estudio de Impacto Ambiental.

En su virtud el Gobierno de Navarra, a propuesta del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ACUERDA:

1.º Declarar Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal la construcción de una celda de seguridad en Lodosa, a los efectos previstos en la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

2.º Someter el expediente por plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación del presente Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los trámites simultáneos de información pública y de audiencia a la Entidad Local cuyo término queda afectado por la instalación objeto del Proyecto.

3.º Someter, asimismo y por el mismo plazo, a información pública el Estudio de Impacto Ambiental, de conformidad con el artículo 15 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo de Evaluación de Impacto Ambiental.

A tales efectos, los expedientes estarán de manifiesto en el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda (Calle Alhóndiga, número 1-2.º, de Pamplona), pudiéndose presentar por escrito, durante dicho plazo, cuantas alegaciones se consideren oportunas.

4.º Publicar este Acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y notificarlo al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, a Inabonos, S.A. y al Ayuntamiento de Lodosa, a los efectos oportunos.

Pamplona, cinco de junio de dos mil.-El Secretario General de Presidencia, Joaquín Gortari Unanua.

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