BOLETÍN Nº 74 - 19 de junio de 2000

VI. ADMINISTRACION DE JUSTICIA

- Juzgado de lo Social número Dos de Navarra

Cédula de notificación

Doña Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número Dos de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento demanda 161/2000 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancias de doña Uxua Peralta Irisarri, contra la empresa Talleres Burlada, S.A. y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado el siguiente:

"Fallo: Que estimando la demanda interpuesta por doña Uxua Peralta Irisarri, frente a la empresa Talleres Burlada, S.A. y el Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la actora la cantidad de 1.547.510 pesetas, cantidad que devengará el diez por ciento de interés por mora, debiendo el Fondo de Garantía Salarial, estar y pasar por este pronunciamiento.

Diligencia. Notifíquese a las partes la sentencia dictada, con la advertencia de que contra la misma, cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante al notificarle aquélla. También podrán hacerlo estas personas por comparecencia o por escrito en el indicado plazo. En el momento del anuncio deberá asimismo la parte recurrente, designar Letrado que le dirija el recurso.

Se advierte a la empresa que si recurre, deberá acompañar al anuncio, justificante de haber ingresado 25.000 pesetas en la cuenta de depósitos y consignaciones, abierta por este Juzgado de lo Social en el Banco de Bilbao-Vizcaya, sucursal de la calle Monasterio de Urdax, número 45, de Pamplona, cuenta número 3159, procedimiento número 3159-0000-65-016100.

Deberá, igualmente, acompañar justificante de haber ingresado en operación aparte, aunque en el mismo banco y cuenta, esta vez con el número de procedimiento 3159-0000-67-016100, la cantidad objeto de la condena.

Esta última cantidad podrá ser sustituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista. Enterados, firman, doy fe".

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los Estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Talleres Burlada, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

En Pamplona, a veintidós de mayo de dos mil. La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.2390

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