BOLETÍN Nº 16 - 4 de febrero de 2000

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

- T A F A L L A

Aprobación provisional y definitiva de modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana

En la Sesión que la Comisión de Gobierno celebró con carácter de Ordinaria el día 21 de diciembre de 1999, entre otros, se adoptó el siguiente acuerdo:

Habiéndose aprobado inicialmente en sesión extraordinaria del Pleno del muy ilustre Ayuntamiento de fecha 14 de octubre de 1999, la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, en relación a las alineaciones en entreplanta, sección 2 artículo 26, punto 8 de la Unidad UAO-9, promovida por Azulejos y Cerámicas Ros, S.A.

Sometido el expediente a información pública mediante anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 145 de fecha 19 de noviembre, y transcurrido el plazo sin que se haya presentado alegación alguna al expediente.

Considerando el informe emitido por los Servicios Técnicos Municipales y la no previsión de celebración de Pleno, órgano competente para la aprobación provisional y definitiva, pero dada la urgencia de este tramitación, con el fin de conceder las oportunas licencias urbanísticas pendientes de este trámite.

En aplicación de lo dispuesto en los artículos 52 del Decreto Foral 85/95 y 127 g) de la Ley Foral 10/94 de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se acuerda:

Primero.-Aprobar, por razones de urgencia, provisional y definitivamente la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, promovida por Azulejos y Cerámicas Ros, S.A., en lo relativo a las alineaciones de entreplantas, en la Unidad UAO-9, incluyendo: "con carácter general, la redacción del artículo 26.8 permanecerá igual a la existente en la normativa vigente. Con carácter de excepcionalidad, se permitirá la construcción de la entreplanta primera propuesta en la documentación gráfica de la presente Modificación", debiendo ratificarse el acuerdo en el primer Pleno que celebre este Ayuntamiento.

Segundo.-Ordenar la publicación del acuerdo de aprobación provisional y definitivamente, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Tercero.-Notificar el acuerdo al interesado, a fin de que en el plazo de quince días, a partir de su recepción, presente el texto refundido de la modificación, coincidente con el acuerdo adoptado.

Cuarto.-Una vez presentado el texto refundido, ordenar la remisión del expediente, debidamente diligenciado, al Departamento de Ordenación del Territorio y Urbanismo del Gobierno de Navarra, a efectos de su conocimiento.

Lo que notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que contra dicho acuerdo cabrá interponer:

-Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado o la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, o

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Tafalla, veintisiete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. El Alcalde, firma ilegible.

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