BOLETÍN Nº 16 - 4 de febrero de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

- Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 498/1999 de 20 de diciembre, del Consejero de Educación y Cultura, por la que se modifica la autorización con la que cuentan varias Escuelas Municipales de Música de Navarra por ampliación de las especialidades instrumentales que imparten o ampliación de las materias que ofertan.

Visto el expediente incoado ante las solicitudes recibidas para que se autorice la ampliación de las especialidades instrumentales y de la oferta de las materias que imparten varias escuelas específicas de música de titularidad municipal, lo que supone la modificación de la autorización con la que actualmente cuentan las mismas, según el articulo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre (BOLETIN OFICIAL de Navarra del 22 de enero de 1993), por el que se establecen las normas básicas por las que se regirá la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Foral de Navarra, en las que se impartirán las enseñanzas establecidas en el artículo 39.5 de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo, no conducentes a la obtención de un título con validez académica.

Vistos los informes emitidos por el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios.

En virtud de las facultades que me confiere el artículo 36.2.c) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, reguladora del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio,

ORDENO:

1.º Se modifica, con efectos del inicio del curso 1999/2000, la autorización con la que cuentan varias Escuelas Municipales de Música de Navarra por ampliación de las especialidades instrumentales que, dentro de la oferta de materias básicas, imparten las mismas; tal como se indica a continuación:

-Escuela de Música "Isidoro Fagoaga" de Bera/Vera de Bidasoa: "Violín".

-Escuela de Música de Carcastillo: "Saxofón".

-Escuela de Música "Aralar" de Lekunberri: "Percusión" y "Saxofón".

-Escuela de Música de Lesaka: "Guitarra".

-Escuela de Música de Peralta: "Txistu".

-Escuela de Música de San Adrián: "Tuba-Bombardino".

2.º Se modifica, asimismo, con efectos del inicio del curso 1999/2000, la autorización con la que cuenta la Escuela Municipal de Música "Aralar" de Lekunberri por la impartición de las enseñanzas de "Lenguaje Musical Infantil" (para el alumnado de 4 a 6 años), lo que supone la ampliación de las materias ofertadas por la Escuela.

3.º Las enseñanzas que impartirán a partir de este momento las Escuelas citadas en los Apartados anteriores son las siguientes:

-Escuela de Música "Isidoro Fagoaga" de Bera/Vera de Bidasoa:

a) Especialidades dentro del ámbito instrumental de la oferta básica a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992: Acordeón, Clarinete, Flauta Travesera, Gaita, Guitarra, Percusión, Piano, Saxofón, Trompeta, Txistu y Violín.

-Escuela de Música de Carcastillo:

a) Especialidades dentro del ámbito instrumental de la oferta básica a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992: Acordeón, Guitarra, Piano y Saxofón

-Escuela de Música "Aralar" de Lekunberri:

a) Especialidades dentro del ámbito instrumental de la oferta básica a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992: Acordeón, Flauta Travesera, Guitarra, Percusión, Piano, Saxofón, Trikitrixa y Txistu.

b) Oferta de materias complementarias (Artículo 9.º 2. del Decreto Foral 421/1992): Lenguaje Musical Infantil (alumnado de 4 a 6 años).

-Escuela de Música de Lesaka:

a) Especialidades dentro del ámbito instrumental de la oferta básica a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992: Acordeón, Clarinete, Flauta Travesera, Guitarra, Piano, Saxofón, Trompeta, Txistu y Violín.

-Escuela de Música de Peralta:

a) Especialidades dentro del ámbito instrumental de la oferta básica a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992: Acordeón, Canto, Clarinete, Flauta, Gaita, Guitarra, Oboe, Percusión, Piano, Saxofón, Trompeta, Trombón, Trompa, Tuba, Txistu y Violín.

-Escuela de Música de San Adrián:

a) Especialidades dentro del ámbito instrumental de la oferta básica a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992: Acordeón, Clarinete, Flauta travesera, Gaita, Guitarra, Piano, Saxofón, Trompeta, Tuba-Bombardino y Violín.

4.º Cualquier modificación (supresión o ampliación) de las enseñanzas citadas en los Apartados anteriores deberá ser autorizada por este Departamento.

5.º Se advierte que, de conformidad con el artículo 20 del Decreto Foral 421/1992, la entidad titular asumirá el sostenimiento económico de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden Foral.

6.º Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación.

7.º La presente Orden Foral se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.º Se traslada la presente Orden Foral a los titulares de las escuelas interesadas; al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios, al de Enseñanzas de Régimen Especial y Nuevas Tecnologías y al de Centros y Ayudas al Estudio; a la Sección de Centros y de su Financiación y al Negociado de Financiación de Centros Públicos y al de Autorización y Registro de Centros.

Pamplona, veinte de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.-El Consejero de Educación y Cultura, Jesús Laguna Peña.

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