BOLETÍN Nº 16 - 4 de febrero de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

- Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL 267/1999, de 31 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se crea el Negociado de Oficina Territorial de Tudela, adscrito a la Sección de Información y Oficinas Territoriales del Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente.

Mediante Decreto Foral 152/1999, de 10 de mayo, se modificó el Decreto Foral 427/1996, de 30 de septiembre, que estableció la estructura orgánica del Departamento de Economía y Hacienda, creándose el Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente en el cual queda integrada la Oficina Territorial de Tudela. Esta Oficina ejerce sus funciones atendiendo fundamentalmente a los contribuyentes de su área geográfica de influencia disponiendo para ello de sus propios medios materiales y humanos, configurándose, de hecho, como una unidad organizativa diferenciada.

Las tareas desarrolladas por la mencionada Oficina hacen aconsejable dotarla de un Negociado con el fin de lograr la necesaria coordinación de sus funciones.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50, apartado 2, de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, que establece que corresponde a los Consejeros la creación, modificación y supresión de los Negociados de sus respectivos Departamentos,

ORDENO:

Artículo 1.º Se crea el Negociado de Oficina Territorial de Tudela, adscrito a la Sección de Información y Oficinas Territoriales del Servicio de Asistencia e Información al Contribuyente.

Artículo 2.º El Negociado ejercerá las siguientes funciones:

-La asistencia e información presencial y telefónica al contribuyente en relación a consultas y reclamaciones en sus aspectos administrativos referentes a los tributos cuya exacción corresponde a la Hacienda de Navarra.

-La recepción y el registro de entrada de documentos dirigidos al Departamento de Economía y Hacienda.

-La recepción de declaraciones tributarias, venta y entrega de formularios.

-La recepción de soportes magnéticos con información tributaria y verificación de su contenido cuando se trate de disquetes.

-La expedición de certificados, autenticación y compulsa de documentos.

-Las altas, modificaciones y bajas en los ficheros de personas físicas, personas jurídicas y censo de entidades, derivadas de consultas administrativas.

-La emisión de tarjetas de N.I.F. y C.I.

-El diligenciado de libros registro exigidos por la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

-La coordinación necesaria para el desarrollo de las Campañas del I.R.P.F. y del Patrimonio.

-Las demás funciones que le atribuyan las disposiciones en vigor y cualquier otra relacionada o derivada de las anteriores.

Pamplona, treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.-El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco Iribarren Fentanes.

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