BOLETÍN Nº 146 - 4 de diciembre de 2000

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A B A R Z U Z A

Tipos de gravamen para el año 2001

El Pleno del Ayuntamiento en sesión celebrada el 10 de noviembre de 2000, de conformidad con lo establecido en la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

-Fijar en el 0,739 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial rústica.

-Fijar en el 0,25 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial urbana.

-Aplicar el índice 1 a las tarifas del Impuesto de Actividades Económicas.

-Fijar en el 3 por ciento el tipo de gravamen para la exacción del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

-Fijar en el 10 por ciento la cuota del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos. Para hallar la base imponible de este impuesto se aprueban los porcentajes mínimos establecidos en el artículo 175 de la Ley Foral de Haciendas Locales.

Estos acuerdos entrarán en vigor el 1 de enero del año 2001.

Contra dicho acuerdo se podrá interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto,, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación de este anuncio.

c) Recurso contencioso administrativo ante el juzgado o la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Abárzuza, catorce de noviembre de dos mil. El Alcalde, firma ilegible.

Código del anuncio: A0010627