BOLETÍN Nº 146 - 4 de diciembre de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Otras Disposiciones

RESOLUCION 3646/2000, de 20 de noviembre, del Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo, por la que se convoca la participación de las entidades y centros colaboradores de este Servicio en la programación anual de cursos del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, correspondientes al año 2001.

El artículo 3.4 del Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, establece que la convocatoria a entidades y centros colaboradores para participar en la correspondiente programación de cursos, deberá realizarse durante el trimestre anterior al comienzo del ejercicio anual, indicando los plazos y términos en que las solicitudes deben presentarse.

De acuerdo con lo anterior y con lo dispuesto en el artículo 7.1 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 13 de abril de 1994, por la que se dictan normas de desarrollo del citado Real Decreto, la presente convocatoria se dirige a los centros, instituciones, organizaciones y empresas que soliciten impartir cursos de formación profesional ocupacional como centros colaboradores del Servicio Navarro de Empleo.

Transferidas a Navarra, por Real Decreto 1319/1997, de 1 de agosto, las competencias y servicios que ejercía el INEM en la gestión del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, y asumidas aquéllas por el Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo del Gobierno de Navarra, corresponde a éste la convocatoria de acciones del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional.

Por Decreto Foral 148/1998, de 29 de abril, se crea el Organismo Autónomo Servicio Navarro de Empleo y, entre otras funciones, se le encomienda la gestión y coordinación de la Formación Ocupacional, atribuyendo a la Dirección-Gerencia del citado organismo la competencia para conocer y resolver en esta materia.

Visto lo anterior y, con el fin de establecer el procedimiento y plazos de programación, el Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo,

Ha resuelto:

1.º Convocar a los centros colaboradores en Navarra del Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional, a fin de que presenten las solicitudes de inclusión de sus acciones formativas en la programación de cursos de Formación Ocupacional para el año 2001, en las condiciones que establece el Real Decreto 631/1993, de 3 de mayo y las Ordenes Ministeriales de desarrollo que regulan el Plan Nacional de Formación e Inserción Profesional.

2.º Las entidades con contrato-programa en vigor, a la fecha de esta Resolución, deberán presentar sus solicitudes de programación de cursos en el plazo que se establece en esta convocatoria.

3.º Los centros homologados a la fecha de la publicación de esta convocatoria podrán solicitar homologación de ampliación de especialidades y solicitud de cursos para las mismas. Estas solicitudes podrán entrar en programación cuando se produzca resolución positiva de la homologación correspondiente. Aquellos centros que, habiendo presentado solicitud de homologación como centro colaborador con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria y ésta no hubiera sido resuelta, podrán solicitar programación de cursos, pero éstos no podrán ser concedidos hasta que se produzca resolución positiva de la homologación correspondiente.

4.º Los cursos que se incluyan en la citada programación irán dirigidos a trabajadores desempleados, con las prioridades que establece el artículo 1.º, apartados 2 y 3, del Real Decreto de 3 de mayo de 1993 y las Ordenes Ministeriales que lo desarrollan.

5.º Los cursos objeto de esta convocatoria deberán incluir en sus contenidos un módulo de sensibilización medioambiental, en la forma que se determine.

6.º Las solicitudes se formalizarán en los modelos que, al efecto, facilitará el Servicio Navarro de Empleo, y se presentarán en los servicios centrales del citado Servicio.

7.º El plazo para la presentación de solicitudes de programación será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Las solicitudes de cursos que conlleven compromiso real de empleo podrán unirse a la programación ordinaria en cualquier momento. No obstante, a lo largo del año 2001, podrán realizarse convocatorias extraordinarias, en función de las necesidades que detecte el Servicio Navarro de Empleo.

8.º Las subvenciones que se concedan en base a esta convocatoria se abonarán con cargo a las partidas que se habiliten en los Presupuestos Generales de Navarra para el año 2001, equivalentes a las partidas del Presupuesto de 2000 denominadas "Programas formativos del Plan F.I.P." y "Contratos-Programa del Plan FIP".

9.º Las solicitudes no aprobadas ni denegadas expresamente podrán quedar en reserva durante el año natural, para sucesivas programaciones complementarias.

10. Aquellas entidades que suscriban un Convenio de colaboración con el compromiso de contratación de los alumnos, de acuerdo con la normativa del Plan FIP, podrán solicitar programación de cursos en el plazo de quince días, a partir de la fecha de la firma del Convenio.

11. El riesgo de accidente derivado de la asistencia a los cursos contemplado en el Real Decreto 631/1993 antes citado, estará cubierto por una póliza siempre sin franquicia o en su defecto, la carta de garantías del mismo, y tendrá al menos la siguiente cobertura:

-Asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria por cuantía ilimitada de cualquier accidente durante el horario del desarrollo del curso, incluyendo las salidas-visitas autorizadas y el tiempo necesario para el desplazamiento del alumno desde su residencia habitual al lugar de la impartición (el desplazamiento deberá cubrir cualquier medio de locomoción).

-Indemnización mínima de 5 millones de pesetas por fallecimiento y mínima de 10 millones por invalidez permanente derivadas ambas situaciones de un accidente en el curso, en salidas-visitas y en el desplazamiento.

La entidad colaboradora a la que corresponda estará obligada a mantener la cobertura del seguro de accidentes durante todo el periodo lectivo en el que cada alumno permanezca de alta en el curso o en la realización de prácticas en empresas.

12. Publicar esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, veinte de noviembre de dos mil.-El Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo, Angel Luis Rodríguez San Vicente.

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