BOLETÍN Nº 146 - 4 de diciembre de 2000

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

L O D O S A

Relación de infracciones a la Ley de Tráfico. (Resoluciones)

No habiendo podido ser notificadas las resoluciones dictadas por esta Alcaldía por infracciones a la Ley de Tráfico, Seguridad Vial y Circulación de Vehículos a Motor, que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo y demás legislación aplicable, se publica el siguiente edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra:

Propietario: Ricardo León Expósito. Motivo: Orinarse. Lugar: Ayuntamiento. Día: 31-10-99. Hora: 04,00. Importe: 5.000. Expediente: 118/99.

Propietario: Nagore Eceiza Múgica. Matrícula: SS-0486-Z. Lugar: C. Parroquial. Día: 12-12-99. Hora: 09,50. Importe: 10.000. Infracción: RGC 154. Expediente: 24/00.

Propietario: María Carmen Martínez Frías. Matrícula: LO-1036-P. Lugar: C. Parroquial. Día: 23-01-00. Hora: 01,40. Importe: 10.000. Infracción: RGC 154.1. Expediente: 40/00.

Propietario: María Carmen Uriarte Fernández. Matrícula: BI-5390-AU. Lugar: C. Parroquial. Día: 06-02-00. Hora: 02,30. Importe: 10.000. Infracción: RGC 154. Expediente: 50/00.

La multa deberá hacerse efectiva dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de su firmeza. Vencido dicho plazo de ingreso sin que se hubiese satisfecho la multa, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de apremio.

Contra la imposición de tales sanciones, desde el día siguiente a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra cabe interponer cualquiera de estos recursos:

1.-En el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (Ley 30/1992, de 25 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Si se presenta el recurso de reposición, no se pueden interponer ni el de alzada ni el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de reposición.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

2.-En el plazo de un mes desde la notificación, el de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta recurso de alzada, no se podrá interponer el contenciosos administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

3.-En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación, el contencioso administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998 de 13 de julio).

Lodosa, a veinticinco de octubre de dos mil. El Alcalde-Presidente, Jesús María García Antón.

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