BOLETÍN Nº 146 - 4 de diciembre de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Ordenes Forales

ORDEN FORAL de 23 de noviembre de 2000, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, por la que se modifica parcialmente la Orden Foral de 23 de noviembre de 1999, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo que regula el procedimiento de concesión de ayudas para acciones de formación ocupacional dirigidas a personas en desempleo, previstas en el nuevo Objetivo 3 del Fondo Social Europeo y en el Plan de Empleo de Navarra.

Con fecha 29 de septiembre de 2000, la Comisión Europea ha aprobado el Marco Comunitario de Apoyo para España, correspondiente al Objetivo 3 del Fondo Social Europeo para el periodo 2000-2006, en el que se integra el Programa Operativo presentado por la Comunidad Foral.

En el citado Programa Operativo, no se contempla la medida de formación para parados de larga duración, que sí estaba incluida en la Orden Foral de regulación, de 23 de noviembre de 1999, lo que aconseja su modificación, excluyendo la medida de la aplicación de la norma.

Visto lo cual, tras el informe favorable del Consejo de Dirección del Servicio Navarro de Empleo, la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo,

ORDENA:

Artículo único.-1. Se modifican los artículos 1.º y 2.º de la Orden Foral de 23 de noviembre de 1999, de la Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo que regula el procedimiento de concesión de ayudas para acciones de formación ocupacional dirigidas a personas en desempleo, previstas en el nuevo Objetivo 3 del Fondo Social Europeo y en el Plan de Empleo de Navarra, que tendrán la siguiente redacción:

"Artículo 1.º El Servicio Navarro de Empleo ejecutará este programa orientado a fomentar la formación ocupacional, mediante la concesión de ayudas a las acciones de formación de los colectivos en desempleo prioritarios que a continuación se detallan, con el objeto de lograr su capacitación y cualificación técnica y facilitar su inserción laboral:

1.-Postgraduados universitarios y titulados de FP2 y de los ciclos formativos de grado medio o superior, menores de 30 años, dando prioridad a las mujeres.

2.-Colectivos de difícil inserción laboral: discapacitados, drogadictos en rehabilitación y reclusos.

3.-Mujeres, a fin de promover la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en el mercado laboral, mediante:

-Formación para la inserción o reinserción laboral de mujeres en desempleo.

-Acciones técnicas que favorezcan la inserción laboral de las mujeres.

Artículo 2.º Serán consideradas acciones prioritarias para la concesión de la subvención:

En el colectivo 1:

-Las acciones que conduzcan a una inserción laboral inmediata mediante un compromiso de empleo, y más, si este compromiso es de al menos el 50% de los participantes.

-Las acciones que faciliten la implantación de nuevas tecnologías, así como la polivalencia en los puestos de trabajo de las empresas y que colaboren a la calidad del proceso productivo y comercialización del producto.

-Las acciones que preparen para perfiles profesionales con mayor demanda en el mercado de trabajo, como sucede con las Nuevas Tecnologías de la Información.

-En acciones formativas similares, aquellas cuyos costes sean inferiores y cuyo número de participantes sea más elevado.

En el colectivo 3, además de las prioridades citadas:

-Las acciones formativas que se refieran a profesiones u oficios donde la presencia de la mujer esté subrepresentada, en especial, en el área de las Nuevas Tecnologías de la Información.

-Las acciones dirigidas a mujeres a las que se ofrecen pocas oportunidades formativas y contemplen medidas que faciliten el acceso al mercado de trabajo de las mismas".

2.-En consonancia con la modificación efectuada, las remisiones que en los artículos 4.º y 5.º se hacen a los colectivos 3 y 4, respectivamente, deben entenderse hechas a los colectivos 2 y 3.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a veintitrés de noviembre de dos mil.-La Consejera de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, Nuria Iturriagagoitia Ripoll.

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