BOLETÍN Nº 14 - 31 de enero de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

- Otras Disposiciones

ORDEN FORAL 1503, de 20 de diciembre 1999, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que la que se cancela la acreditación al laboratorio de ensayos I.C.T. y se concede la acreditación de laboratorio de ensayos, para el control de calidad en edificación, al mismo laboratorio con la denominación Laboratorio de edificación, en el Area de control de hormigón en masa o armado y sus materiales constituyentes: Cemento, áridos, agua, acero para armaduras, adiciones y aditivos (HA).

Navarra, en virtud del artículo 44.1 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, tiene competencia exclusiva en materia de vivienda y de obras públicas que no tengan la calificación legal de interés general del Estado o cuya realización no afecte a otros territorios del mismo.

Como consecuencia de lo anterior, se formalizó el traspaso de competencias en materia de control de calidad de la edificación del Estado a Navarra por Real Decreto 1484/1985, de 1 de agosto.

El Real Decreto 1230/1989, de 13 de octubre, reguló las normas de acreditación de Laboratorios de Ensayo para el Control de la Calidad en la Edificación.

Por Decreto Foral 157/1990, de 21 de junio, se estableció que el procedimiento para la acreditación de tales laboratorios fuera el señalado en dicho Real Decreto y se designó como organismo acreditador al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente. Por Decreto Foral 366/1991, de 30 de septiembre, se atribuyeron al Departamento de Bienestar Social, Deporte y Vivienda las competencias en materia de control de calidad en la edificación y, por Decreto Foral 221/1995, de 11 de agosto, al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, que finalmente ostenta las competencias que inicialmente tuvo el Departamento designado como organismo acreditador.

Por todo lo cual, visto el informe propuesta del Servicio de Vivienda y habiéndose cumplido lo establecido al efecto en el Real Decreto 1230/1989, de 13 de octubre, tras actuar en coherencia con el Acuerdo de Colaboración de 3 de junio de 1992 entre el Ministerio de Obras Públicas y Transportes y el Gobierno de Navarra en esta materia.

En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido atribuidas por la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y Administración de la Comunidad Foral de Navarra,

ORDENO:

1.º Cancelar la acreditación al laboratorio de ensayos I.C.T. otorgada mediante Orden Foral 426/1993, de 2 de julio.

2.º Conceder la acreditación de laboratorio de ensayos para el control de la calidad en la edificación, al laboratorio Laboratorio de edificación, situado en la calle Carretera del Sadar s/n, de Pamplona, en el Area de control de hormigón en masa o armado y sus materiales constituyentes: Cemento, áridos, agua, acero para armaduras, adiciones y aditivos (HA).

3.º Contra la presente Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.º Trasladar esta Orden Foral a la Dirección General para la Vivienda, el Urbanismo y la Arquitectura del Ministerio de Fomento para efectuar su oportuna inscripción en el Registro General de Laboratorios de Ensayos Acreditados en el área citada, al laboratorio Laboratorio de Edificación, y al Servicio de Vivienda.

5.º Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, veinte de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.-El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, Jesús Javier Marcotegui Ros.

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