BOLETÍN Nº 14 - 31 de enero de 2000

IV. ADMINISTRACION DEL ESTADO

- Dirección Provincial de Navarra del Instituto Nacional de Empleo

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de contratación al amparo de la Ley 10/94, a la empresa Cámara de Estudios Logísticos de Empresa, S.L. (Camelsa, S.L.), con domicilio en Aizoáin, Carretera San Sebastián, Km. 5,5.

Visto el expediente promovido por don José María Corres Antón, en representación de la empresa "Cámara de Estudios Logísticos de Empresa, S.L.", con domicilio en Aizoáin, Carretera San Sebastián, Km. 5,5, con número patronal en la Seguridad Social 31/101005118 y C.I.F. B31/406432. en relación con la transformación de los contratos temporales en indefinidos con fecha 5 de mayo de 1996 de los trabajadores mayores de 45 años don Rosendo González Centeno y don Antonio Villoslada Benito, al amparo de la Ley 10/1994, de 19 de mayo.

Resultando que con fecha 11 de julio de 1996 esta Dirección Provincial del INEM dicta resolución estimando la solicitud de la empresa y concediéndole una subvención de 1.000.000 de pesetas que fue abonada el 23 de agosto de 1996 y una bonificación del 50 por ciento de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes por la transformación de los contratos temporales en indefinidos de los trabajadores mayores de 45 años don Rosendo González Centeno y don Antonio Villoslada Benito.

Resultando que examinada la vida laboral de los trabajadores subvencionados se comprueba que causaron baja en la empresa el 31 de octubre de 1997 sin que conste que hayan sido sustituidos por otros/as con contratos de la misma naturaleza, por lo que con fecha 27 de agosto de 1999 a través del BOLETÍN OFICIAL de Navarra, se comunica a la empresa que ha incumplido lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 22/92, dándole un plazo de quince días para presentar alegaciones, transcurrido el cual éstas no han sido presentadas.

Considerando que la Disposición Adicional Sexta.Tres de la Ley 10/94 establece: "La transformación de los contratos de duración determinada regulados en esta Disposición en contratos indefinidos dará derecho a la obtención de los beneficios establecidos en la Ley 22/1992, de 30 de julio,...".

Considerando que esta Dirección Provincial es competente para resolver el expediente de conformidad con los artículos 11.b) y 74.2 del Real Decreto Ley 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria en relación con la Ley 22/1992, de 30 de julio, y con el artículo 28.8.b) 4 de la orden de 21 de mayo de 1996 por la que se delegan competencias en los Directores Provinciales del INEM para exigir la devolución de los beneficios concedidos al amparo de la Ley 22/1992 y de la Ley 10/94, a tenor de lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta.Tres de esta última.

Considerando que el artículo 5 de la Ley 22/1992 establece: "Los/as beneficiarios/as de estas ayudas están obligados a mantener la plantilla fija durante tres años. Cuando se produzca el cese de trabajadores/as fijos/as en dicho plazo, la empresa está obligada a cubrir la vacante, en el plazo de un mes, mediante un contrato por tiempo indefinido y al menos con una jornada igual a la del contrato extinguido. Si la vacante afecta a un contrato realizado al amparo de la presente Ley, el/la nuevo/a trabajador/a deberá reunir los requisitos establecidos en esta Disposición".

Considerando que en el presente caso la empresa ha incumplido lo dispuesto en el artículo 5 arriba mencionado ya que se ha producido el cese de los trabajadores por cuya transformación de los contratos temporales en indefinidos percibió la subvención y no los han sustituido por otros/as con contratos de la misma naturaleza que los extinguidos.

Considerando que en la tramitación del expediente se han observado las prescripciones legales.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección Provincial.

Resuelve: Declarar la obligación de la Empresa "Cámara de Estudios Logísticos de Empresa, S.L.", con C.I.F. B31/406432 y domicilio en Aizoáin, Carretera San Sebastián, Km. 5,5, de reintegrar al Tesoro Público, conforme al artículo 81 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, la cantidad de 1.000.000 pesetas en concepto de principal, más los correspondientes intereses de demora desde el pago de la subvención, y a la Seguridad Social el importe de las bonificaciones indebidamente deducidas, como consecuencia del incumplimiento del artículo 5 de la Ley 22/1992.

Notifíquese esta resolución al interesado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 58 y 59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, advirtiéndole que en el plazo de quince días, a partir de la recepción de esta notificación, deberá ingresar la cantidad de 1.000.000 de pesetas en la cuenta de organismos número 20-000067-9 del Banco de España en Pamplona, a nombre del Instituto Nacional de Empleo y en la Tesorería Territorial de la Seguridad Social el importe de las bonificaciones indebidamente deducidas, en el apartado con clave 601, indicando el citado importe con signo negativo; de la mencionada operación deberá enviar justificante fehaciente a esta Dirección Provincial del INEM. En el caso de que estos abonos no se efectuasen en el plazo señalado se iniciará por el INEM el procedimiento de reclamación pertinente en cuanto a la subvención y los intereses de demora y se comunicará a la Tesorería Territorial de la Seguridad Social correspondiente para que por la misma se inicie el procedimiento de reclamación en cuanto a las bonificaciones.

Se advierte, asimismo, al interesado que a tenor de los dispuesto en la Orden de 1 de septiembre de 1995, contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponer recurso de alzada ante el excelentísimo Señor Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, sin que la interposición del recurso suspenda la obligación de realizar el abono de las cantidades debidas en el plazo anteriormente señalado.

Pamplona, treinta de septiembre de mil novecientos noventa y nueve. El Director Provincial, José María Ruiz-Ojeda Moreno.

Por hallarse la empresa en ignorado paradero, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre de 1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal se contará a partir del día siguiente a la inserción de la misma en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a siete de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. El Director Provincial, José María Ruiz-Ojeda Moreno.

4938

Código del anuncio: