BOLETÍN Nº 112 - 15 de septiembre de 2000

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Disposiciones Generales. Decretos Forales

DECRETO FORAL 283/2000, de 31 de julio, por el que se modifican los artículos 8 y 36 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.

El vigente Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra se aprobó por Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre, habiendo sufrido diversas modificaciones a lo largo de su vigencia.

En el Acuerdo suscrito entre la Administración y los sindicatos el día 4 de abril de 2000, sobre condiciones de empleo del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para los años 2000-2001, se recoge la supresión del requisito de haber completado un periodo de servicios en el destino para participar en los concursos de traslado, cuya exigencia venía establecida en el artículo 8.2 del vigente Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, quedando obligada la Administración a elevar en cada caso al rango normativo que corresponda los distintos apartados del citado Acuerdo.

Asimismo, las organizaciones sindicales han mostrado su conformidad a la modificación del artículo 36 del citado Reglamento, en el sentido de aprobar y publicar directamente la lista definitiva de admitidos y excluidos en los concursos de méritos cuando no existan aspirantes excluidos.

El contenido del Acuerdo de 4 de abril de 2000 y la conveniencia de agilizar en el referido supuesto el procedimiento establecido para los concursos de méritos, motiva las citadas modificaciones del Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.

La Comisión Foral de Régimen Local, en su sesión celebrada el 27 de junio de 2000, ha informado favorablemente el contenido del presente Decreto Foral.

Asimismo, la Comisión Permanente del Consejo de Navarra, en su sesión del 18 de julio de 2000, ha emitido dictamen favorable respecto al presente Decreto Foral, al considerar que su contenido se ajusta al ordenamiento jurídico.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día treinta y uno de julio de dos mil,

DECRETO:

Artículo 1.º Se suprime el apartado 2 del artículo 8 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.

Artículo 2.º Se introduce un nuevo apartado 4 en el artículo 36 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra, con la siguiente redacción:

"4. Si no existen aspirantes excluidos, se aprobará directamente la lista definitiva de admitidos y excluidos y se ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra."

DISPOSICION TRANSITORIA

Unica.-Los concursos de méritos cuya convocatoria haya sido publicada antes de la entrada en vigor del presente Decreto Foral se regirán por la normativa anterior.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-Se faculta al Consejero de Presidencia, Justicia e Interior para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación de este Decreto Foral.

Segunda.-Este Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, treinta y uno de julio de dos mil.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Rafael Gurrea Induráin.

Código del anuncio: A0008229