BOLETÍN Nº 105 - 23 de agosto de 1999

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

- Otras Disposiciones

RESOLUCION 712/1999, de 16 de julio, del Director General de Educación, por la que se resuelve la Convocatoria de subvenciones a las Escuelas Municipales de Música aprobada por la Orden Foral 68/1999, de 11 de marzo, para el año 1999 y se autoriza el abono de las mismas.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para acogerse a dicha Convocatoria el 27 de mayo de 1999, el Director del Servicio de Financiación de Centros Docentes y Ayudas al Estudio de este Departamento presenta un informe en relación con las subvenciones que procede abonar en orden a sufragar, en parte, los gastos generales de funcionamiento de las Escuelas de Música correspondientes al año 1999, que resuelve la Convocatoria aprobada mediante la Orden Foral 68/1999, de 11 de marzo, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 51 de 26 de abril.

En cumplimiento del apartado 6.º de la convocatoria mencionada y en ejercicio de las atribuciones que tengo delegadas en virtud de la Orden Foral 398/1996, de 30 de septiembre, del Consejero de Educación y Cultura,

RESUELVO:

1.º Aprobar las subvenciones para el año 1999 a los Ayuntamientos titulares de Escuelas de Música, destinadas a sufragar, en parte, los gastos generales de funcionamiento de dichas Escuelas, por una cuantía global de 76.999.274 pesetas, con arreglo a las normas establecidas en la Convocatoria aprobada por la Orden Foral 68/1999, de 11 de marzo, según el siguiente desglose:

ALTSASU/ALSASUA MUNICIPAL 6.898.664 5.801.034 2.689.713

AOIZ M. GARCIA 2.500.000 3.009.600 2.500.000

ARTAJONA 1.173.777 2.199.329 1.173.777

AZAGRA 12.114.483 6.493.049 2.951.278

BERA/VERA BIDASOA I. FAGOAGA 15.890.417 9.782.433 5.974.754

BERRIOZAR MUNICIPAL 37.891.530 16.460.928 6.215.773

BUÑUEL MUNICIPAL 1.034.543 1.096.368 614.035

CARCASTILLO 937.954 8.120.100 937.934

ELIZONDO V. BAZTAN 5.384.988 4.481.400 3.366.210

ETXARRI-ARANATZ MUNICIPAL 3.600.000 4.973.760 3.018.299

EZCAROZ V. SALAZAR 850.000 1.199.929 850.000

HUARTE MUNICIPAL 8.772.808 3.615.150 1.804.236

LEKUNBERRI ARALAR 10.027.776 10.855.743 9.668.499

LESAKA MUNICIPAL 7.040.884 5.115.000 3.613.085

LODOSA A. ARRASTIA 1.527.509 1.749.000 1.527.509

LUMBIER 4.369.476 2.749.201 1.501.593

MARCILLA MUNICIPAL 2.389.111 4.899.091 2.389.111

OLAZAGUTIA MUNICIPAL 12.965.251 5.368.781 1.704.305

OLITE J. GARCIA 4.071.600 4.982.349 3.819.124

PERALTA 5.700.000 8.445.195 5.700.000

PUENTE LA REINA MUNICIPAL 5.325.750 4.247.364 4.209.848

SAN ADRIAN 2.400.000 4.031.940 2.400.000

ZIZUR MAYOR MUNICIPAL 14.456.585 14.466.978 8.370.171

2.º Denegar la subvención solicitada por el Ayuntamiento de Castejón porque la Escuela de Música de la que es titular carece de autorización y en consecuencia no esta inscrita en el Registro Específico de Escuelas de Música y Danza.

Denegar la subvención solicitada por el Patronato de la Escuela de Música Orreaga, de Garralda, por haber presentado la solicitud el 31 de mayo de 1999, es decir fuera de plazo.

Denegar la subvención solicitada por el Ayuntamiento de Cintruénigo por haber presentado su solicitud el 4 de junio de 1999, es decir fuera de plazo.

3.º Obligaciones del beneficiario.

Las Administraciones Locales y las entidades vinculadas o dependientes de las mismas que sean titulares de las Escuelas de Música beneficiarias de estas subvenciones, de acuerdo con el apartado 7.º de la Convocatoria, deberán aplicar los fondos percibidos a la finalidad para la que se concede la subvención mencionada en el apartado 3.º de la Orden Foral 68/1999, de 11 de marzo.

A tal fin, el Secretario del órgano competente de la entidad titular, con el visto bueno del Alcalde o del Presidente de dicho órgano, certificará que los fondos percibidos se han incorporado al presupuesto de ingresos de la Escuela de Música y no han sido transferidos a otras partidas presupuestarias que no estén destinadas a la financiación de los gastos de la Escuela de Música. Dicha certificación se presentará al Servicio de Financiación de Centros Docentes y Ayudas al Estudio de este Departamento antes del 1 de marzo del año 2000.

En caso de no presentar dicha certificación, los beneficiarios deberán reintegrar a la Hacienda Foral los fondos percibidos y no aplicados a la finalidad de la subvención concedida.

4.º Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la misma.

5.º Aprobar el abono de las subvenciones para el año 1999 a los Ayuntamientos que se relacionan a continuación y por las cuantías expresadas, por una cuantía global de 76.999.274 pesetas.

AYUNTAMIENTO ESCUELA DE MUSICA ABONO AÑO 1999

ALTSASU/ALSASUA MUNICIPAL 2.689.713

AOIZ MARIANO GARCIA 2.500.000

ARTAJONA 1.173.777

AZAGRA 2.951.278

BERA/VERA DE BID. ISIDORO FAGOAGA 5.974.754

BERRIOZAR MUNICIPAL 6.215.773

BUÑUEL MUNICIPAL 614.035

CARCASTILLO 937.954

ELIZONDO VALLE DE BAZTAN 3.366.210

ETXARRI-ARANATZ MUNICIPAL 3.018.299

EZCAROZ VALLE SALAZAR 850.000

HUARTE MUNICIPAL 1.804.236

LEKUMBERRI ARALAR 9.668.499

LESAKA MUNICIPAL 3.613.085

LODOSA ANGEL ARRASTIA 1.527.509

LUMBIER 1.501.593

MARCILLA MUNICIPAL 2.389.111

OLAZTI/OLAZAGUTIA MUNICIPAL 1.704.305

OLITE JESUS GARCIA LEOZ 3.819.124

PERALTA 5.700.000

PUENTE LA REINA MUNICIPAL 4.209.848

SAN ADRIAN 2.400.000

ZIZUR MAYOR MUNICIPAL 8.370.171

6.º Interesar del Departamento de Economía y Hacienda la extensión de los libramientos oportunos, con cargo a la partida 41110-4600-4229, línea 13230-2, del vigente Presupuestos de Gastos, en favor de los Ayuntamientos interesados, por un importe total de 76.999.274 pesetas.

7.º Ordenar la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.º Trasladar la presente Resolución a los Ayuntamientos interesados, al Interventor-Delegado del Departamento de Economía y Hacienda en el de Educación, a los Servicios de Financiación de Centros Docentes y Ayudas al Estudio y de Inspección Técnica y de Servicios, y a los Negociados de Gestión Económica y Conciertos y Subvenciones, a los efectos oportunos.

Pamplona, dieciséis de julio de mil novecientos noventa y nueve.-El Director General de Educación, Santiago Arellano Hernández.

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