BOLETÍN Nº 32 - 14 de marzo de 1997

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

Obras y Servicios Públicos

DECRETO FORAL 63/1997, de 3 de marzo, por el que se declara de utilidad social y se aprueba la desafectación de parte de dos parcelas de terreno comunal pertenecientes al Ayuntamiento de Mués, para su posterior venta directa.

El Ayuntamiento de Mués solicita la declaración de utilidad social y la desafectación de 45 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de las parcelas catastrales número 60 y 61, polígono número 1, paraje "Murillo", para su posterior venta directa al vecino don José Javier Sainz Alecha, con el objeto de unirlo al terreno ocupado por un pequeño almacén y, de esta forma, construir una vivienda para residencia habitual.

Por el Ayuntamiento de Mués se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto del presente expediente en la Ley Foral 6/1990, de Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día tres de marzo de mil novecientos noventa y siete,

DECRETO:

Artículo 1.º Se declara de utilidad social y se aprueba la desafectación de 45 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Mués, correspondientes a parte de las parcelas catastrales número 60 y 61, ambas del polígono número 1.

Artículo 2.º El motivo de la desafectación solicitada es proceder a la venta directa de dicho terreno a don José Javier Sainz Alecha, para la construcción de una vivienda para residencia habitual.

La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se de fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado por el Ayuntamiento de Mués en sesión de 16 de agosto de 1996, en especial a la cláusula de reversión a favor del patrimonio comunal en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación. Dicha cláusula deberá ser reflejada en el documento público que formalice el contrato e inscrita en el Registro de la Propiedad.

Por el Ayuntamiento de Mués deberá realizarse el deslinde de los terrenos objeto del presente expediente y se reflejará en la cartografía catastral oficial, dándose cuenta de la modificación al Departamento de Economía y Hacienda (Servicio de Riqueza Territorial) y al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación (Sección de Comunales).

DISPOSICION FINAL

El presente Decreto Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, tres de marzo de mil novecientos noventa y siete.-El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma.-El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ignacio Javier Martínez Alfaro.

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