73. ALDIZKARIA - 2019ko apirilaren 15a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
NÚMERO NUEVE DE PAMPLONA

Juicio ordinario 607/2018

Se hace saber que en este Juzgado se sigue el procedimiento Juicio Ordinario 607/2018 habiendo recaído sentencia de fecha veintisiete de marzo de dos mil diecinueve dictada por la Juez Ana José Añón Montón, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

Que estimando sustancialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales señora Goñi Jiménez en nombre y representación del Patronato Municipal Residencia de Ancianos Virgen de Jerusalén contra los herederos de Severino Usunariz Hurtado, en situación de rebeldía procesal:

Debo declarar y declaro que el inmueble inscrito en el Registro de la Propiedad de Pamplona número 2, Finca número 21.732 al Folio 41 del Libro 472, Tomo 1.200 del Archivo, 1.ª Inscripción con fecha 21 de julio de 1971, (piso sito en Calle Estafeta número 41, 1.º dcha de Pamplona) pertenece en copropiedad indivisa por mitades e iguales partes al actor y a la parte demandada.

Se declara y acuerda la división judicial de la expresada comunidad proindiviso de la propiedad de los litigantes, declarándose el carácter indivisible de la finca, cuyo valor será tasado en ejecución de sentencia.

La división de la comunidad se efectuará en ejecución de sentencia procediendo la adjudicación del inmueble a aquel de los copropietarios que la acepte por dicha tasación, con condición suspensiva de pagar a los demás en dinero la compensación correspondiente. Dentro del plazo de seis días, a contar desde la adjudicación, cualquiera de los copropietarios podrá pedir que se le adjudique la cosa, consignando el precio de la tasación judicial mejorado en una sexta parte, por lo menos. Caso de ser varios lo que hubieren ejercido este derecho, dentro de los cuatro días siguientes se celebrará entre todos los copropietarios una subasta cuyo remate será definitivo. En el caso de que la adjudicación no fuere posible a favor de un copropietario, el juez procederá a la venta de la cosa en pública subasta conforme a la Ley 575 del Fuero Nuevo.

Se condena a la parte demandada al pago de las costas del presente procedimiento.

Contra esta sentencia puede interponerse recurso de apelación ante este Juzgado, previa la consignación legalmente establecida, mediante escrito que se presentará dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a su notificación, en el que se deberá exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna, para su resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Navarra, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para que sirva de notificación a los herederos de Severiano Usunariz Hurtado, hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 28 de marzo de 2019.–La Letrada de la Administración de Justicia, Resurrección Ganuza Jacoisti.

Iragarkiaren kodea: J1904636