23. ALDIZKARIA - 2019ko otsailaren 4a

6. BESTELAKO IRAGARKIAK

6.1. JAKINARAZPEN EDIKTUAK

DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y POLÍTICA FINANCIERA

Anuncio de enajenación mediante adjudicación directa
de bien inmueble

La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva de Hacienda Tributaria de Navarra,

Hace saber: Que en el expediente administrativo de apremio que se instruye frente a la “Toll Servicios Económicos y Fiscales, S.L”. CIF: B31661119, por medio de Resolución del pasado 11 de abril de 2018 el Director del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra acordó la venta mediante subasta del bien inmueble hipotecado, resolviendo la celebración de la misma.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 139 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra y en la citada Resolución, se publica el presente anuncio de venta mediante adjudicación directa y se advierte a las personas que deseen participar en la misma de lo siguiente:

1.º La venta mediante adjudicación directa se celebrará el día 13 de febrero de 2019, a las 12:00 horas, en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra, avenida de Carlos III, número 4 (entrada por Cortes de Navarra), 4.º nivel, de Pamplona.

2.º La venta mediante adjudicación directa se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación del bien si se justifica adecuadamente el pago de la deuda, intereses de demora y costas del procedimiento.

3.º Bien objeto de la venta mediante adjudicación directa:

–Lote único.

“Registral: única: finca número 6230, al tomo 1119, libro 120, folio 175, del Registro de la Propiedad número 4 de Pamplona.

CRU: 31013000363884.

Descripción: Local comercial, oficina, en la planta primera del edificio ubicado en la confluencia entre la ronda de Barañain y la avenida de los Rascacielos, en jurisdicción de Barañain señalado actualmente con el número siete de la ronda de Barañain. Tiene una superficie construida de veintiocho metros y sesenta y cuatro decímetros cuadrados, sin incluir la parte proporcional de elementos comunes. Linda: por derecha, entrando, local segregado y vendido a señor Arrondo; izquierda, local de la misma planta vendido a “Aquila, S.L.”; frente, paso de acceso a planta; y fondo, Ronda de Barañain.

Catastral: En Barañain. Parcela 571, polígono 1, subárea 2, unidad urbana 210.

Titularidad: Consta a nombre de Bilbil Publicaciones, S.L., con NIF B92366038, el 100% del pleno dominio.

Valor de tasación: 63.000,00 euros.

Cargas preferentes:

Cargas preferentes (Contribución urbana): 70,00 euros.

Cargas preferentes (Comunidad de propietarios): 1.678,42 euros.

En el caso de existir, el bien a enajenar mediante adjudicación directa está afecto por las cargas y gravámenes señaladas anteriormente y que constan en el expediente, las cuales quedarán subsistentes, entendiéndose que el rematante las acepta quedando subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate. Dado el tiempo transcurrido, el importe de las cargas ha podido variar.

4.º Carga a ejecutar:

Hipoteca otorgada el 10 de marzo de 2014 en protocolo número 204 del notario de Pamplona don Matías Ruiz Echeverría que se inscribió en el Registro de la Propiedad número 4 de Pamplona el 16 de febrero de 2015 como inscripción 7.ª de la finca 6230 de Pamplona.

5.º Desarrollo de la enajenación mediante adjudicación directa:

La oferta mínima será de 15.312,90 euros, no admitiéndose ofertas inferiores.

–Pueden tomar parte como licitadores todas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo a derecho, que no tengan impedimento o restricción legal, siempre que se identifiquen con el Documento Nacional de Identidad o Pasaporte y con documento que justifique, en su caso, la representación que ostente.

–Los licitadores podrán participar en la enajenación mediante adjudicación directa de la siguiente forma:

Participación mediante sobre cerrado: Se podrán presentar las ofertas en las dependencias del Servicio de Recaudación de Hacienda Tributaria de Navarra, avenida de Carlos III número 4 (entrada por Cortes de Navarra), 6.º nivel, de Pamplona hasta las 14:30 horas del día 12 de febrero de 2019, procediéndose a la apertura de las mismas a las 12:00 horas del día 13 de febrero de 2019 en las mismas dependencias en el 4.º Nivel. El sobre cerrado deberá incluir en su interior:

En caso de que el sobre cerrado se remita por correo postal, las condiciones de presentación serán las siguientes:

  • Una vez remitido el sobre cerrado por correo postal, se enviará ese mismo día comunicación escrita a la dirección recaudacion.ejecutiva@cfnavarra.es informando de la presentación de la oferta por correo postal y adjuntando escaneado el resguardo de realización de oferta debidamente firmado y sellado por la oficina de presentación.
  • Remitir el sobre cerrado mediante servicio de correo que asegure la entrega del mismo en la dirección señalada de nuestras dependencias, en horario de oficina (lunes a viernes, de 9:00 horas a 14:30 horas), y siempre antes de las 14:30 horas del día anterior a la celebración de la adjudicación directa.
  • Sin la concurrencia de ambos requisitos no será aceptada la oferta enviada.

Las ofertas tendrán el carácter de máximas.

La presentación de ofertas en sobre cerrado no impedirá la participación presencial de los licitadores con posturas superiores a las del sobre.

Una vez abiertos los sobres, se partirá de la oferta más alta pudiendo los postores presentes mejorar sus ofertas en tramos de 200 euros.

–No se admitirán depósitos en metálico.

–Se apercibe a los licitadores que la constitución del depósito supone la presentación de oferta.

–El adjudicatario queda obligado a entregar en el acto de adjudicación o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de la adjudicación. De no efectuarse en plazo, dicho depósito de garantía se ingresará en firme en la Tesorería de la Comunidad Foral sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirían por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación.

–La Hacienda Tributaria de Navarra se reserva el derecho a pedir la adjudicación para la Comunidad Foral del bien que no hubiera sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el artículo 147 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.

6.º Cuando los bienes enajenados mediante adjudicación directa sean susceptibles de inscripción en Registros públicos, los licitadores habrán de conformarse con los títulos de propiedad aportados en el expediente, no teniendo derecho a exigir otros.

7.º Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en los registros públicos y de la tramitación del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes serán por cuenta del adjudicatario. Los bienes no serán entregados en tanto no se acredite el pago, exención o no sujeción a dichos tributos. Dado que el deudor tiene la condición de empresario, la transmisión del inmueble se gravará de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente reguladora del Impuesto sobre el Valor Añadido.

8.º Consta en el expediente que el inmueble objeto de enajenación se encuentra arrendado con contrato vigente a día de hoy.

9.º El adjudicatario exonera expresamente a Hacienda Tributaria de Navarra, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por la Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificación sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo de los mismos los gastos que queden pendientes de pago.

10.º Este órgano de recaudación desconoce si el inmueble subastado dispone de certificado de eficiencia energética. A los efectos del Real Decreto 235/2013 de 5 de abril sobre Procedimiento Básico para la Certificación de Eficiencia Energética de los Edificios, la parte compradora exonera expresamente a la parte vendedora de su exhibición y puesta a disposición.

11.º En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales y reglamentarias que regulen el acto.

Para cualquier información adicional podrán comunicarse con el personal de la Sección de Recaudación Ejecutiva (Teléfono 848-428693 correo electrónico: recaudacion.ejecutiva@navarra.es).

Pamplona, 22 de enero de 2019.–La Jefa de la Sección de Recaudación Ejecutiva, Juana Larumbe Sola.

Iragarkiaren kodea: F1901004