49. ALDIZKARIA - 2009ko apirilaren 24a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
NÚMERO UNO DE ESTELLA

Ejecución número 72/2008

Carlos Javier Asín Basarte, Secretario Judicial.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Ejecución, bajo el número 72/2008, en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la sala de audiencias de este órgano, el día veintisiete de mayo de dos mil nueve a las doce horas:

Bienes que se sacan a subasta y su valoración:

-Urbana en jurisdicción de Oteiza de la Solana, polígono 1, parcela 132, casa y huerto sito en la calle Mendía, número 30. Tiene una superficie de doscientos cuarenta y un metros y seiscientos cuarenta y cinco centímetros cuadrados, de los cuales la casa ocupa cien metros cuadrados y el resto corresponde al huerto. Linda tomando como frente la calle Mendía; frente con dicha calle derecha entrando e izquierda con Pablo Monte y fondo con Gabriela Echavarri Bengoechea. Inscrita en el Registro de la Propiedad número 1 de Estella, Tomo 3064, Libro 56, Folio 102, Finca 5267.

El valor de la subasta es de 85.000 euros.

Condiciones de la subasta

1.-Los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.º Identificarse de forma suficiente.

2.º Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.

3.º Presentar resguardo de que han depositado en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banesto número 3146 0000 06 0072 08 o de que han prestado aval bancario por el 30 por 100 del valor de tasación de los bienes. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de los dispuesto en el apartado 2 del artículo 6652 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

2.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.

3.-Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones expresadas anteriormente.

4.-Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la LECn.

5.-La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

6.-Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes, y que por el sólo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicare a su favor.

Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un Domingo o día festivo y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil, a la misma hora, exceptuando los sábados.

Estella, 6 de abril de 2009.-El Secretario, Carlos Javier Asín Basarte.

Iragarkiaren kodea: J0914071