19. ALDIZKARIA - 2009ko otsailaren 13a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ALBACETE DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Edicto

Administración de Almansa 02/02.

Se pone en conocimiento de los trabajadores/empresas que a continuación se relacionan que, habiéndose intentado la notificación en el domicilio consignado, no ha sido posible practicar la misma, y a efectos de lo previsto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" de 27/11/92), se ha procedido por esta Administración de la Seguridad Social a dictar la resolución citada respecto a las reclamaciones de deuda/providencias de apremio referentes a los trabajadores/empresas que se mencionan:

Nombre: Abdelghani, El Kilani. Domicillio: Calle Molino, 17-1.º I. Localidad: Cintruénigo. Régimen: 0611. Número Documento: 02/07/017107885, 02/07/017933196, 02/07/018616843, 02/07/019231175. Periodo: 06/2007 a 09/2007. Resolución: Anulación de oficio.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora de la Administración de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del día 27).

Transcurridos el plazo de tres meses desde la interposición de dicho recurso sin que recaiga resolución expresa, el mismo podrá entenderse desestimado, lo que se comunica a efectos de lo establecido en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, antes citada.

Almansa, 5 de diciembre de 2008.-La Directora de la Administración, Pilar Calero Egido.

Iragarkiaren kodea: E0901856