19. ALDIZKARIA - 2009ko otsailaren 13a

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

BERRIOZAR

Notificación de denuncia

No habiendo podido ser notificadas las denuncias formuladas por Policía Municipal por infracciones a la normativa vigente sobre tráfico que figuran en la siguiente relación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación aplicable, se publica el presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra así como en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento o Concejo de residencia de los denunciados.

Normativa aplicable: LSV: Ley sobre tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo. RGC: Reglamento General de Circulación. Real Decreto 13/1992. OMT: Ordenanza Municipal de Tráfico.

1. Por Decreto de Alcaldía, ha sido designado Instructor de este expediente, el Interventor del Ayuntamiento.

2. El órgano competente para la resolución de este expediente es la Alcaldía, de conformidad con el artículo 15 del RD 320/94 y artículo 68.2 del RDL 339/94.

3. La multa podrá ser pagada con una reducción del 30% durante los 30 días naturales siguientes a aquel en que tenga lugar la publicación la Notificación de la Denuncia.

Formas de pago:

a) Transferencia bancaria al siguiente número de cuenta: 2054 - 0222 - 51 - 3010003503.

b) Personándose en la Oficina Gestora del Ayuntamiento sita en calle Iñigo Arista, 16 bajo de Pamplona.

c) Giro postal en el que consten nombre y apellidos, número de expediente y matrícula.

4. El abono de la multa con la reducción anteriormente señalada, salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso o licencia de conducir, implicará únicamente la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes (artículo 67.1 de la Ley sobre Tráfico).

5. En todo caso el denunciado si no está de acuerdo con la denuncia, y no ha renunciado a formular alegaciones mediante el abono de la multa con la reducción del 30%, tiene un plazo de 15 días hábiles contados desde el siguiente a la notificación de la denuncia, para alegar cuanto considere conveniente para su defensa y proponer las pruebas que estime oportunas, debiendo hacerlo mediante presentación de escrito en el Registro General del Ayuntamiento, en las oficinas de Geserlocal, sitas en la calle Iñigo Arista, 16 bajo de Pamplona o en alguno de los lugares previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 72.3 del R.D. Legislativo 339/90 de 2 de marzo se requiere expresamente al Titular del vehículo para que proceda a la identificación del conductor responsable de la infracción. Dicha identificación deberá realizarla en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación, mediante escrito presentado a tal efecto en la Oficina Gestora sita en la calle Iñigo Arista, 16 bajo de Pamplona; en el Registro General del Ayuntamiento o en alguno de los lugares señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en el cual deberá constar el nombre, dos apellidos, DNI y domicilio completo del conductor identificado. En caso de no realizar dicha identificación se sancionará al titular del vehículo como autor de una infracción Muy Grave con multa de 600 euros.

7. Responderá en los mismos términos si, por causa que le sea imputable, no es posible notificar la denuncia al conductor que identifique, conforme a lo dispuesto en el artículo 72.3 del RDL 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial (LSV).

8. Si el denunciado no presenta escrito de alegaciones ni propone prueba alguna, la presente notificación se considerará Propuesta de Resolución y se elevará a Alcaldía, que es el órgano competente para sancionar. Los hechos que se consideran probados, la infracción que constituyen, su calificación, la persona responsable de los mismos y la sanción que se propone, son los que figuran en las casillas correspondientes con las leyendas de "hecho denunciado", "precepto infringido", "calificación", "denunciado" e "importe". Se señala así mismo, que el expediente se encuentra a su disposición en la oficina gestora sita en calle Iñigo Arista, 16 bajo de Pamplona de 8:30 a 14:00 horas y en días laborables podrán examinarlo y solicitar las copias que desee de los documentos en él obrantes.

9. En las infracciones graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción por el tiempo mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de infracciones muy graves, en todo caso, la sanción de suspensión por el tiempo mínimo de un mes y máximo de tres meses. (Artículo 67.1 de la Ley sobre Tráfico).

10. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 79 de Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo y en los artículos 11 y 12 del Real Decreto 320/1994 de 25 de febrero, se notifica la denuncia al titular del vehículo como presunto infractor.

11. El expediente se encuentra a disposición del denunciado en la oficina gestora sita en calle Iñigo Arista, 16 bajo de Pamplona.

12. Si no hubiere recaído resolución sancionadora transcurrido un año desde la iniciación del procedimiento se producirá la caducidad de éste.

13. Una vez que la sanción adquiera firmeza en vía administrativa se procederá a la detracción de puntos de su permiso o licencia de conducción, en aquellos casos en que se imponga la sanción por la comisión de una infracción grave o muy grave aparejada la pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecido en el Anexo II de la Ley 17/2005, de 19 de julio.

Berriozar, 19 de enero de 2009.-El Instructor, Interventor.

00941/2008 ABIOL SKOGLER, AINARA NA2986AF LEKOARTEA, 20 02/11/2008 11:31 LSV-39.2.A RGC-91.1 210,00 0

01048/2008 AYESA VILCHES, RICARDO 9528DJG ETXABURUA, 5 07/12/2008 22:18 LSV-39.2.F RGC-94.2.F 60,00 0

01051/2008 CAFES DELUXE SL 8449CFC ARTEKALE, 3 04/12/2008 08:15 LSV-39.2.F RGC-91.2.C 96,00 0

00974/2008 CISNEROS DEL MORAL, JUAN ALONSO 1192BNJ ARTEKALE, S/N 23/11/2008 04:00 LSV-39.2.E RGC-91.2.M 96,00 0

01043/2008 ESPARZA ALVARADO, ROMEL GUSTAVO 7012BMR ETXABURUA 02/12/2008 19:55 LSV-39.2.G RGC-91.2.H 96,00 0

01032/2008 LOPEZ DE ZUBIRIA ROS, JESUS MARIA 2557FNH IRUÑALDE, 4 04/12/2008 05:00 LSV-53.1 RGC-132.1 96,00 0

00930/2008 LOPEZ DAROCA, SARA NA8655AS PARKING CENTRO DE SALUD 15/11/2008 06:45 LSV-39.2 RGC-94.2 96,00 0

01038/2008 MONTIEL CELESTINO, ROBERTO 7636DGC ARTEKALE, S/N 04/12/2008 20:50 LSV-53.1 RGC-132.1 96,00 0

00998/2008 NAVASCUES ALLUE, EDUARDO NA2714BC SAN AGUSTIN, 17 19/11/2008 23:25 LSV-38.3 RGC-92.2 96,00 0

00949/2008 SAMPER,DURAN,MIKEL 7725FLH SAN AGUSTIN, 12 12/11/2008 15:45 LSV-53.1 RGC-146 150,00 4

00931/2008 SLIMANI ANTAR 6986BTS PARKING CENTRO DE SALUD 15/11/2008 06:50 LSV-39.2 RGC-94.2 96,00 0

01014/2008 URIZ RON, MARIA TERESA 6215DMH ETXABURUA 27/11/2008 20:20 LSV-53.1 RGC-132.1 96,00 0

01061/2008 VILLANUEVA DOMEZAIN, JUAN LUIS NA9010AH ETXABURUA, 19 02/12/2008 18:11 LSV-39.2.E RGC-94.2.E 60,00 0

Iragarkiaren kodea: L0900809