19. ALDIZKARIA - 2009ko otsailaren 13a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO UNO DE PAMPLONA

Edicto de notificación. Demanda 852/2008

En el procedimiento de Demanda número 852/2008 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancias de Victoria Astiz Juaniz contra la empresa E. Garallut Moreno y M. González De Carlos, Lacosta Azcarate, Alfredo y Fondo De Garantía Salarial (FOGASA), sobre Despido, se ha dictado resolución en el día de la fecha en cuya parte dispositiva aparece lo siguiente:

Que estimando parcialmente la pretensión contenida en la demanda de despido formulada por doña Victoria Astiz Juaniz contra la empresa E. Garallut Moreno y M. González de Carlos; Lacosta Azcarate, Alfredo y Fondo De Garantía Salarial (FOGASA), debo declarar y declaro improcedente el despido de la demandante acaecido el 20 de octubre de 2008, condenando a Lacosta Azcarate, Alfredo a readmitir a la demandante en iguales circunstancias a las que ostentaba antes del despido o al abono de una indemnización de 1687,50 euros, opción que debe ejercitar la empresa dentro del plazo de cinco días siguientes a la notificación de esta sentencia mediante comparecencia ante este órgano judicial a mediante escrito presentado dentro del mismo plazo ante el mismo, entendiendo que de no hacerla opta por la readmisión, con abono en todo caso de los salarios dejados de percibir por el demandante desde el 20 de octubre de 2008 hasta día 14 de noviembre de 2008,, siendo el salario diario de 50 euros, absolviendo a la Sociedad Irregular E. Garallut Moreno y M. Gonzalez De Carlos de los pedimentos frente a ella actuados. Asi tambien condenar al FOGASA a estar y pasar por esta declaración.

Contra esta sentencia cabe recurso de Suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que se anunciará dentro de los cinco días siguientes a su notificación, bastando para ello la manifestación de la parte, de su Abogado o de su representante en el momento de la notificación pudiendo hacerlo también estas personas por comparecencia o por escrito ante este Juzgado en el mismo plazo.

Se acompañará al anuncio justificante de haber ingresado 150,25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado, Cta.: 0030 8025 90 00 0000 0000 procedimiento 3158 0000 65 0852 08, en BANESTO sito en la calle Cortes de Navarra, número 5 de Pamplona, y justificante de haber ingresado, en operación aparte, aunque en el mismo Banco y Cuenta, esta vez con número 3158 0000 69 0852 08, la cantidad objeto de condena.

Esta última cantidad, podrá ser substituida por aval bancario en el que se hará constar la responsabilidad solidaria del avalista.

Al hacer el anuncio, se designará por escrito o por comparecencia, Letrado que dirija el recurso, y si no lo hace, habrá que proceder al nombramiento de oficio, si se trata de trabajador o empresario con beneficio de justicia gratuita, el cual ostentará también la cualidad de representante a menos que él hubiese hecho designación expresa de éste último.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a E. Garallut Moreno y M. González De Carlos y Lacosta Azcarate, Alfredo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Pamplona, 20 de enero de 2009.-La Secretaria Judicial, Rosa María Valencia Ederra.

Iragarkiaren kodea: J0900910