19. ALDIZKARIA - 2009ko otsailaren 13a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO TRES DE PAMPLONA

Juicio de faltas inmediato 37/2008

Se hace saber que en este juzgado se sigue Juicio de faltas inmediato 37/2008 por hurto habiéndose dictado auto aclaratorio, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Auto. En Pamplona, a 11 de agosto de 2008.

Hechos:

Único.-En las presentes actuaciones se dictó sentencia, la cual fue notificada a la denunciante, quien dentro del plazo legal, solicitó que se aclararan los siguientes extremos:

Según se establece en el Fundamento de Derecho Segundo ambos denunciados deberán indemnizar conjunta y solidariamente al establecimiento Decathlon en la cantidad de 107,60 euros. Sin embargo, en el fallo de la mencionada sentencia no aparece recogido dicho extremo.

Parte Dispositiva.

Dispongo: Que debo aclarar y aclaro la sentencia antes citada añadiendo en el fallo de la misma que en materia de responsabilidad civil, los denunciados deben responder conjunta y solidariamente en la cantidad de 107,60euros. Llévese testimonio de esta resolución a los autos, quedando el original en el libro de sentencias y tras la que refiere.

Así lo dispongo, mando y firmo doña M.ª Paz Benito Osés, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona.

Y para que sirva de notificación a Juan José Jaurrieta Ibánez yJavier Merino Somovilla hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 26 de agosto de 2008.-La Magistrado-Juez, María Paz Benito Osés.

Iragarkiaren kodea: J0901134