19. ALDIZKARIA - 2009ko otsailaren 13a

VI. PROZEDURA JUDIZIALAK

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚMERO DOS DE AÓIZ

Subasta pública

Doña María Ángeles Ruiz de la Cuesta Muñoz, Secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Aóiz.

Hago saber: Que en este órgano judicial se siguen autos de Ejecución, bajo el número 396/2008, en el que se ha acordado sacar a pública subasta los bienes inmuebles que se describen en el cuerpo de este Edicto, señalándose para que tenga lugar el acto en la sala de audiencias de este órgano, el día 16 de abril de 2009, a las diez horas treinta minutos, con los requisitos siguientes:

Primero.-Requisitos para pujar. Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán identificarse. Declarar que conocen las condiciones de la subasta. Presentar resguardo de haber depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones de BANESTO N.º 0030 8025 90 00 00 00 00 00, indicando en observaciones 2380 0000 06 039608 o de haber prestado aval bancario por el 30% del valor por el que los bienes salen a subasta. (Si se realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero se hará constar así en el resguardo). El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, no siendo necesario, en su caso, la consignación de cantidades para intervenir en la subasta. Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero (Art. 647, 669.1.º y 666 L.E.C.)

Segundo.-Posturas por escrito. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado con las condiciones anteriores. Los sobres serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo iguales efectos que las realizadas oralmente (Art. 648 L.E.C.).

Tercero.-Titulación y cargas. Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o que no existe titulación en su caso. Asimismo aceptan que las cargas y gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes, aceptando quedar subrogados en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudica a su favor.

La certificación registral y, en su caso, la titulación de los bienes están de manifiesto en la Secretaría del Juzgado (Art. 668 y 669.2.º L.E.C.).

Cuarto.-Condiciones para la aprobación del remate; posturas admisibles.

1.-Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70% del valor por el que el bien ha salido a subasta se aprobará el remate a favor del mejor postor, quien dentro de los 20 días siguientes deberá consignar la diferencia entre lo depositado y el precio total del remate.

2.-Si sólo se hicieren posturas superiores al 70% del valor por el que el bien sale a subasta, pero ofreciendo pagar en plazos con garantías suficientes bancarias o hipotecarias podrá aprobarse el remate a favor de la mejor de estas posturas, salvo que el ejecutante en los 20 días siguientes pida la adjudicación del inmueble por el 70% del valor de salida.

3.-Si la mejor postura ofrecida en la subasta es inferior al 70% del valor por el que el bien sale a subasta sólo se aprobará el remate a favor del mejor postor siempre que:

-Su postura supere el 50% del valor de tasación o, siendo inferior, cubra al menos la cantidad por la que se haya despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.

-El ejecutado no haya hecho uso de la facultad concedida en el párrafo 4.º del artículo 670 de la L.E.C. (presentar tercero que mejore la postura)

-O no concurriendo la circunstancia anterior, el ejecutante no pida la adjudicación del inmueble por el 70% de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos, siempre que esta cantidad supere la mejor postura (Art. 670 L.E.C.).

Quinto.-Destino de los depósitos constituidos para pujar. Aprobado el remate se devolverá a los postores las cantidades depositadas a excepción de la correspondiente al mejor postor. Los demás postores podrán solicitar que las cantidades por ellos depositadas permanezcan a disposición del Tribunal para que, si el rematante no entregara en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que le sigan, por el orden de sus respectivas posturas. (Art. 652 L.E.C.)

Sexto.-Quiebra de la subasta. Si el rematante no consignara el precio en el plazo señalado o si por su culpa dejara de tener efecto la venta, perderá el depósito que hubiere efectuado. (Art. 653 L.E.C.).

-Número Uno. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 63, finca número 12242.

-Número Dos. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 65, finca número 12244.

-Numero Cuatro. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5,60 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 69, finca número 12248.

-Número Cinco. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5,15 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 71, finca número 12250.

-Número Seis. En jurisdicción de Noain, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5,19 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 73, finca número 12252.

-Número Ocho. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5,15 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 77, finca número 12256.

-Número Nueve. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5,15 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 79, finca número 12258.

-Número Diez. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5,15 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 81, finca número 12260.

-Número Once. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5,15 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 83, finca número 12262.

-Número Doce. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 8 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 85, finca número 12264.

-Número Trece. En jurisdicción de Noáin, local destinado a trastero, sito en la planta baja del inmueble, con una superficie útil de 5,43 metros cuadrados.

Inscrita al Tomo 3069, Libro 181, folio 87, finca número 12266.

Cada finca se subastará de forma independiente, siendo el valor de tasación de cada una de ellas: 6.782,14 Euros.

Aóiz, 21 de enero de 2009.-La Secretaria Judicial, María Ángeles Ruiz de la Cuesta Muñoz.

Iragarkiaren kodea: J0901070