114. ALDIZKARIA - 2009ko irailaren 16a

4. PROZEDURA JUDIZIALAK

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO DOS DE PAMPLONA

Edicto ejecución 0000102/2008

Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz, Secretaria del Juzgado de lo Social número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en proceso seguido ante este Juzgado de lo Social número Dos, registrado con número 0000102/2008, a instancia de Juan Antonio Gozalo Mañu, contra Alfavinor, S.L., en reclamación sobre cantidad, en resolución de esta fecha he acordado sacar a la venta en pública subasta, los siguientes bienes embargados como propiedad de la parte demandada cuya relación y tasación es la siguiente:

Bienes que se subastan y valoración.

Se acuerda sacar a la venta en pública subasta los bienes embargados en esta ejecución:

1.-Televisión marca HDMI. 3D" aprox. Valorada en 250,00 euros.

2.-Play Station 3 (nueva) (1 unidad) valorada en 420,00 euros.

3.-Play Station 3 (2.ª mano) 3 unidades valoradas en 750,00 euros.

4.-Televisión Marca Philips. 26" valorada en 180,00 euros.

5.-Monitor marca Hyundai (2 unidades) valoradas en 320,00 euros.

6.-Mandos marca Sony para Play Station (4 unidades) valoradas en 400,00 euros.

7.-Máquina expendedora de películas (cajero) Marca Technoware número de matrícula 20167 valorada en 320,00 euros y un lote de 2.551 películas y juegos en DVD almacenadas en las estanterías del local propias para tal menester y valorado en un total de 5.102,00 euros.

Se señala para la celebración de la subasta única, el próximo día el día 30 de septiembre de 2009 a las 12:00 horas, en Sala de Vistas número 14 (planta 1), en la sede de este Juzgado.

Condiciones de subasta.

Tendrá lugar en la sede de este Juzgado sito en Pamplona, señalándose para la celebración de la subasta única, el próximo día el día 30 de septiembre de 2009 a las 12:00 horas, en Sala de Vistas número 14 (planta 1), en la sede de este Juzgado.

Si por causa de fuerza mayor se suspendiese se celebrará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar, exceptuando los sábados.

La subasta se celebrará bajo las condiciones siguientes:

Primera.-Antes de verificarse el remate podrá el deudor liberar sus bienes, pagando principal, intereses y costas.

Segunda.-Los licitadores deberán identificarse de forma suficiente, declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta y presentar resguardo de que han depositado en el Banesto, sucursal de Cortes de Navarra, 5 de Pamplona, en la cuenta 0030.8025 referencia de procedimiento 3159.0000.64.0102/08, de depósitos y consignaciones de este Juzgado, o de que han prestado aval bancario, por el importe del 20 por 100 del valor de tasación de los bienes.

Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo, llevándose a cabo las devoluciones que procedan con arreglo a derecho únicamente a la persona designada.

Tercera.-Desde el presente anuncio hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en pliego cerrado, que contendrá identificación en forma suficiente del postor y declaración de que conoce las condiciones de la subasta, acompañando justificante de haber efectuado el depósito a que se refiere la condición anterior. Los sobres cerrados serán abiertos al inicio de la subasta y las posturas que contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.

Cuarta.-El ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hicieren, sin necesidad de consignar cantidad alguna.

Quinta.-Sólo el ejecutante podrá hacer postura reservándose facultad de ceder el remate a un tercero.

Sexta.-El precio del remate deberá abonarse en el plazo de 20 días siguientes a la aprobación del mismo, artículo 607.1. de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Se exceptúa el caso de que quien hubiera hecho la mejor postura, igual o superior al 50 por 100 del avalúo, fuera el ejecutante, en cuyo caso, aprobado el remate se procederá por el Secretario Judicial a la liquidación de lo que se deba por principal e intereses, y notificada esta liquidación, el ejecutante deberá consignar la diferencia, si la hubiera, en el plazo de diez días a resultas de la liquidación de las costas artículo 650.2.

Séptima.-En la subasta se podrán ofrecer cantidades libremente, si bien, la aprobación directa del remate sólo se producirá si la cantidad más alta de las ofrecidas fuera igual o superior al 50 por 100 del valor de los bienes subastados, sin ofrecimiento de pago aplazado.

No siéndolo, se seguirán los trámites establecidos en el artículo 650.4. de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Octava.-Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por el 30 por 100 de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos.

Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciere uso de esa facultad, se procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado. Artículo 651 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Novena.-Aprobado el remate, se devolverán las cantidades depositadas por los postores excepto la que corresponda al mejor postor, la cual se reservará en depósito como garantía de cumplimiento de su obligación, y, en su caso, como parte del precio de la venta.

Sin embargo, si los demás postores lo solicitan, también se mantendrán a disposición del Tribunal las cantidades depositadas por ellos, para que, si el rematante no entregare en plazo el resto del precio, pueda aprobarse el remate a favor de los que sigan, por el orden de sus respectivas posturas artículo 652.1 Ley de Enjuiciamiento Civil.

Y para que sirva de notificación al público en general y a las partes de este proceso en particular, una vez que haya sido publicado en el Boletín Oficial y en cumplimiento de lo establecido en leyes procesales expido la presente.

Pamplona, 3 de septiembre de 2009.-La Secretaria Judicial, Aránzazu Ballesteros Pérez de Albéniz.

Iragarkiaren kodea: J0921989