46. ALDIZKARIA - 2008ko apirilaren 11

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

PAMPLONA

Anulación tarjetas de residente

De conformidad con lo establecido en los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública la notificación de anulación de tarjeta de residente a los interesados que se relacionan en el Anexo.

Contra la citada resolución podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del T.S.J. de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes desde siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Pamplona, 12 de marzo de 2008.-La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

ANEXO

Interesada: Marta Amaya Esquisábel. Resolución: RMS 7-NOV-07 (142/SC). Motivo: Anulación tarjeta de residente, sector 1.

Interesado: César Manuel Llivi Tituaña: Resolución: RMS 30-ENE-08 (46/SC). Motivo: Anulación tarjeta de residente, sector 3.

Iragarkiaren kodea: L0804113