19. ALDIZKARIA - 2008ko otsailaren 11

VIII. IRAGARKIAK

8.1. BESTELAKO IRAGARKI OFIZIALAK

GUESALAZ

Notificación de expediente

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 30/1992, de 26 de noviembre, habiéndose intentado la notificación al interesado don José Miguel Artola Turrillas y doña Sonia Pérez Redín, con domicilio en Irujo, no se ha podido practicar, se publica para su conocimiento y a los efectos legales procedentes la siguiente resolución:

Resolución de la Alcaldía por la cual se ordena la suspensión de la obras en la parcela 6 del polígono 9 de Irujo, promovidas por Beatriz Cornago Garbayo y José Joaquín Delgado Puente.

Visto que esta Alcaldía ha tenido conocimiento, previa inspección de la ORVE, que en la finca situada en la parcela 6 del polígono 9, se están realizando obras en fachadas con apertura de huecos en la planta baja de su fachada sudoeste, realización de nuevos forjados y vigas interiores, así como nueva distribución de ejecución, sin la correspondiente licencia municipal.

Con fecha 23 de junio de 2001, se concedió licencia de obras para arreglar y retejar tejado, únicamente. Para la realización de las obras ejecutadas es necesario presentar la correspondiente solicitud de licencia, siendo necesario la presentación de un proyecto técnico, firmado por técnico competente y visado por el correspondiente técnico profesional, adecuándolo a las determinaciones urbanísticas establecidas en el Plan General Municipal.

A la fecha de hoy, no han presentado en el Ayuntamiento solicitud de licencia, según lo señalado anteriormente.

Considerando que, a la vista de lo dispuesto en el Artículo 199 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo Cuando se estuvieran ejecutando obras o usos sin licencia o contraviniendo las condiciones señaladas en las mismas, la Entidad Local dispondrá la suspensión inmediata de dichos actos y, previa la tramitación del oportuno expediente, adoptará alguno de los acuerdos siguientes:

a) Si las obras o usos fueran total o parcialmente incompatibles con la ordenación vigente, se decretará su demolición, reconstrucción o cesación definitiva en la parte incompatible, a costa del interesado en todo caso.

b) Si las obras o usos fueran compatibles con la ordenación vigente, se requerirá al interesado para que en el plazo señalado en el requerimiento, o en su defecto, de dos meses, solicite la preceptiva licencia o su modificación. En caso de no proceder la legalización, se decretará la demolición, reconstrucción o cesación definitiva de la obra o del uso en la parte pertinente a costa del interesado.

En su virtud, resuelvo:

Primero.-Ordenar a don José Miguel Artola Turrillas y a doña Sonia Pérez Redín Zabala, para que suspenda inmediatamente las obras que están realizando en la finca situada en parcela 4 y 6, polígono 9 del Concejo de Irujo, advirtiéndole que contra el mismo podrá interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el órgano autor del acto en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución.

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la notificación de esta Resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial de este orden que sea competente por razón de la materia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución.

Segundo.-Iniciar expediente de protección de la legalidad urbanística y requerirle para que el plazo de veinte días formule alegaciones y presente los documentos que estime pertinentes en defensa de sus derechos, advirtiéndole que contra el mismo no existe posibilidad de recursos por ser un acto de puro trámite.

Transcurrido el plazo el ayuntamiento resolverá.

Tercero.-Advertirle que, de no ser legalizadas las obras suspendidas, el Ayuntamiento podrá acordar la demolición de las obras a cargo del interesado y proceder a impedir definitivamente los usos a los cuales diere lugar.

Cuarto.-Iniciar expediente sancionador a doña Sonia Pérez Redín y don José Miguel Artola Turrillas, por presunta infracción de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre sobre ordenación del territorio y urbanismo y a quienes resulten responsables durante la tramitación del expediente, advirtiéndole que contra el mismo podrá interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

-Recurso de reposición ante el órgano autor del acto en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución.

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la notificación de esta Resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial de este orden que sea competente por razón de la materia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución.

Lo que se notifica para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer, optativamente, uno de los siguientes recursos:

-Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la notificación de esta Resolución.

-Recurso contencioso-administrativo ante el órgano judicial de este orden que sea competente por razón de la materia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de notificación de esta Resolución.

Se informa al interesado que a todos los efectos se tiene por cumplida la obligación de notificar dentro del plazo, de conformidad con lo establecido en el artículo 58.4 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

Muez, 25 de enero de 2008.-La Alcaldesa-Presidenta, Mariví Goñi Azanza.

Iragarkiaren kodea: L0801362